Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 6/7/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de junio de 1995, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se presta conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Benalup (Cádiz) por otra propiedad de los Hermanos Ruiz Montero.

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Por el Ayuntamiento de Benalup se remite expediente sobre permuta de una parcela de propiedad municipal sita en los terrenos del Convenio Urbanístico Las Canteras II, por otra de propiedad de las Hermanas Ruiz Montero. En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Benalup, en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno municipal de fecha 15 de marzo de 1995, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD MUNICIPAL

Parcela de terreno de 588,46 m2, segragada de la parcela ubicada en Las Canteras II, proveniente de un Convenio Urbanístico con los Hermanos Vela de la Flor, con los siguientes linderos: Al Norte, con calle designada provisionalmente con el núm. 8; Sur, con terrenos propiedad de doña María Espina García y espacio libre de uso público; Oeste, con resto de parcela edificable de propiedad municipal y espacio libre de uso público y Este, calle designada provisionalmente con el núm. 2. Inscrita la finca matriz en el Inventario Municipal de Bienes y en el Registro de la Propiedad de Medina Sidonia al Tomo 585, Libro 309, Folio

109, inscripción 1.a, finca núm. 11.630.

El valor urbanístico de la parcela que se segrega y permuta es de 13.000 ptas./m2, lo que resulta un total de 7.650.000 ptas.

PROPIEDAD PARTICULAR

Parcela de terrenos sito en Benalup, de 450 m2 de superficie y cuyos linderos son: Norte y Este, con C/ Cantera y propiedad de los Hermanos Montiano Vela; Sur, calle si nombre; Oeste, calle 28 de Febrero. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Medina Sidonia al Tomo 593, Libro 2, Folio

43, Finca 134.

El valor urbanístico de la parcela que se segrega y permuta es de 17.000 ptas./m2, lo que resulta un total de 7.650.000 ptas.

En virtud de todo ello he resuelto:

1º Prestar conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Benalup por otra parcela de propiedad de las Hermanas Ruiz Montero.

2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 26 de junio de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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