Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A propuesta de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, visto el expediente instruido en virtud de la solicitud formulada por la S.C.A. 3. Grado «Oleoespaña¯ de Torredonjimeno (Jaén) y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2796/1986, de 19 de diciembre, y Reglamentos (CEE) 136/66, de 22 de septiembre, 2261/84, de 17 de julio y Orden de esta Consejería de Agricultura y Pesca de 10 de junio de
1987, he tenido a bien resolver:
1.º Reconocer a la entidad S.C.A. 3. Grado «Oleoespaña¯ con domicilio en Torredonjimeno (Jaén), C/ San Antonio, 3, como Organización de Productores de Aceite de Oliva, con los derechos, obligaciones y cometidos establecidos en la citada normativa nacional y comunitaria.
2.º La Región económica de la que es representativa es la XII, Jaén Campiña Sur, con la delimitación territorial que se establece en la Orden de esta Consejería de 10 de junio de 1987.
3.º El reconocimiento como Organización de Productores de Aceite de Oliva surtirá efectos para la gestión de la ayuda a la producción de aceite de oliva que concede la Comunidad Económica Europea a partir de la próxima campaña 1996-97, siempre que la Entidad continúe reuniendo los requisitos exigidos por la Legislación Comunitaria y Española y cumpla asimismo los compromisos asumidos y los cometidos que dicha Legislación establece.
Sevilla, 15 de octubre de 1996
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca
Descargar PDF