Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 25/5/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Huelva, notificando Acta- Pliego de Cargos formulado en el expediente sancionador que se cita.

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IntentadA sin efecto la notificación de las Actas-Pliegos de Cargos formulados en los expedientes sancionadores que se detallan, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de la prevenido en el art.59.4 y 61 de la Ley

30/92 (L.R.J.A.P. y P.A.C.), de 26-11-92, se publica el presente, para que sirva de notificación de los mismos significándole que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquel en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente, en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación de Gobernación, Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva; pudiendo formular los descargos que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de las pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en el art. 55.2. del R.M.R.A.

Expediente: H- 55/96-M.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Guillelia, S.L., c/ Puerto Rico, núm. 4. Sevilla.

Hechos denunciados: El día 7 de marzo de 1996, a las 13,35 horas se personó la Inspección de Juego y Apuestas de la Delegación de Gobernación de Huelva en el establecimiento público Bar «Casanova¯, sito en Bda.Andalucía, s/n de Calañas, del que es titular doña Lucía Pérez Romero y en presencia de don Julián Casanova Díaz en calidad de esposo de la titular se pudo comprobar que se encontraba instalada la máquina recreativa tipo B,modelo Cirsa Tutti Fruti, núm. de guía --- núm. de autorización

--- núm. de Fabricante B-82; núm. de Modelo B-1977, serie núm.

96-937 por lo que al amparo del procedimiento sancionador establecido en el título VIII de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (R.M.R.A.), aprobado mediante Decreto 181/1987, de 29 de julio se formalizó el acta-pliego de cargos al observarse que la citada máquina carecía del Guía de circulación sin diligenciar,núm.

13126722, según la cual pertenecía a Guillelia, S.A.(EJA-014570) cancelada su inscripción del Registro de Empresas Operadoras de la Junta de Andalucía por Resolución del Ilmo. Sr. Director General con fecha 2 de abril de 1992, firmando el acta-pliego de cargos el Instructor,el Secretario y el titular del DNI

29.377.522 quien recibió en el momento un ejemplar del mismo.

Infracción: Arts. 10 y 11 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tipificación: Muy Grave según los arts. 28.1 de la Ley anterior y 45.3 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Sanción Propuesta: De acuerdo con el art. 48.1 del R.M.R.A., las infracciones calificadas como muy graves serán sancionadas con multas de 5.000.001 ptas. hasta

Expediente: H- 56/96-M.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Recreativos Colombo, S.A., Avda. Uno de Mayo, 176 de Pedrera (Sevilla).

Hechos denunciados: El día 7 de marzo de 1996, a las 12,40 horas se personó la Inspección de Juego y Apuestas de la Delegación de Gobernación de Huelva en el establecimiento público Bar «El Tejón¯, sito en Calleja Troyano a Real de Calañas, del que es titular doña Antonia Reyes Fernández, y en presencia de don José García López en calidad de esposo de la titular se pudo comprobar que se encontraba instalada la máquina recreativa tipo B, modelo Jocker Chip, núm. de guía 1048202, núm. de autorización SE-002590, núm. de Fabricante M-12; núm. de Modelo B-1844, serie núm. 92-5531, por lo que al amparo del procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 181/1987, de 29 de julio se formalizó el acta-pliego de cargos al observarse que la citada máquina no estaba explotada por Empresa operadora, toda vez que a la Empresa Recreativos Colombo, S.A., (EJA-001850) con domicilio en Avda. Uno de Mayo,núm. 176 de Pedrera, titular de la misma, le fue cancelada su inscripción del Registro de Empresas Operadoras de la Junta de Andalucía con fecha 27 de enero de 1995. Según lo dispuesto en el art. 49 del R.M.R.A. el Instructor acuerda la colocación de 4 precintos, advirtiéndose que queda depositada en el establecimiento reseñado, así como de que el titular del mismo responderá solidariamente junto con la empresa operadora del quebrantamiento de los precintos, firmando el acta-pliego de cargos el Instructor, el Secretario y don José García López con DNI 29.765.520 quien recibió en el momento un ejemplar del mismo. Infracción: Arts. 10 y 19 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tipificación: Muy Grave según los arts. 28.1 de la Ley anterior y 45.3 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Sanción Propuesta: De acuerdo con el art. 48.1 del R.M.R.A. las infracciones calificadas como muy graves serán sancionadas con multas de 5.000.001 ptas. hasta 50.000.000 ptas.

Huelva, 17 de abril de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.

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