Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 1/10/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 18 de septiembre de 1998, por la que se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen Montes de Granada.

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Vista la solicitud formulada por los productores de aceite de oliva de los Montes de Granada.

Considerando necesario proteger unos aceites con características diferenciales derivadas del medio y de las variedades de aceitunas cultivadas, es conveniente que dichos aceites cuenten con una reglamentación especial y un Consejo Regulador que se encargue tanto de la vigilancia del cumplimiento del Reglamento de la Denominación como de la materia prima utilizada, de los sistemas de extracción y de su promoción en el mercado.

Vistos los informes de la Oficina Española de Patentes y Marcas y del Registro Mercantil Central, en virtud de las competencias asignadas a esta Consejería de Agricultura y Pesca, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, la Ley 25/1970, de

2 de diciembre (BOE de 5 de diciembre), y su Reglamento aprobado por Decreto 835/1972, de 23 de marzo (BOE de 11 de abril), y el Reglamento (CEE) núm. 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992 (L-208 de 24 de julio de 1992), relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios,

DISPONGO

Primero. Se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen «Montes de Granada¯ para los aceites de oliva vírgenes tradicionalmente obtenidos en la zona.

Segundo. Se delega en el Director General de Industrias y Promoción Agroalimentaria la facultad para designar un Consejo Regulador de carácter provisional, encargado de formular el proyecto de Reglamento particular de la Denominación de Origen «Montes de Granada¯.

Tercero. La indicación «Denominación de Origen¯ no podrá ser mencionada en las etiquetas, publicidad y documentación hasta la aprobación definitiva del Reglamento y la constitución de su Consejo Regulador.

Cuarto. La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de septiembre de 1998

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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