Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 24/03/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 2 de marzo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera, resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Manuel Moreno Navarro, contra la Resolución que se cita. Procedimiento sancionador núm. SC-32/96-M.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Manuel Moreno Navarro, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva,, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a tres de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

Visto el recurso ordinario interpuesto y a tenor de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por el Ilmo. Sr. Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas se dictó con fecha 3 de diciembre de 1996 Resolución en el procedimiento sancionador arriba referenciado, por la que se impuso a don Manuel Moreno Navarro una multa de 150.000 ptas., como responsable de una falta grave al Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

Segundo. Notificada la misma el día 20 de diciembre de 1996, según consta en el expediente por el acuse de recibo, se interpuso por el interesado recurso ordinario con fecha 28 de enero de 1997, según consta en el sello del registro de entrada.

FUNDAMENTO JURIDICO

UNICO

De acuerdo con lo previsto en el artículo 114.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición del recurso será de un mes. Y, según lo dispuesto en el art. 48, apartados 2 y

4, de la citada Ley, el cómputo se realiza a partir de la fecha en que tenga lugar su notificación.

A la vista de la fecha de notificación de la Resolución recurrida, el 20 de diciembre de 1996, que consta en el expediente administrativo, y de la de presentación del escrito del recurso ordinario, que lo fue el día 28 de enero de 1997, se constata que éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene en firme la Resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, resuelvo no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo, confirmando la Resolución recurrida.

Contra la presente resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones-, que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Viceconsejero de Gobernación y Justicia, P.D. (Orden 29-7-85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova¯.

Sevilla, 2 de marzo de 1998.- La Secretaria General Técnica, Presentación Fernández Morales.