Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 03/02/2000

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 16 de noviembre de 1999, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas m ximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Plaza de Armas de Sevilla. (PP. 3519/99).

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Don Germ n Salvador Pérez, en nombre y representación de la entidad mercantil Damas, S.A., concesionaria de la explotación de la Estación de Autobuses de Plaza de Armas de Sevilla, con fecha 22 de octubre de 1999, solicita para el año 2000 la revisión de las tarifas m ximas de aplicación de la indicada Estación, en base a lo dispuesto en el artículo.º del Reglamento de Régimen Interior, aprobado por esta Dirección General para dicha Estación, que prevé la variación anual de las tarifas en el porcentaje de aumento del IPC, referido a los

12 meses naturales precedentes.

Las tarifas actualmente en vigor para 1999 se encuentran aprobadas por Resolución de esta Dirección General de fecha 3 de septiembre de 1999 (BOJA núm. 115, de 2 de octubre de 1999).

La empresa Damas, S.A., propone un cuadro de tarifas para el año 2000, obtenido de aplicar a la tarifa actualmente en vigor la subida del IPC habida desde julio de 1998 a julio de 1999, que consiste en un 2,2%, según se desprende del certificado del Instituto Nacional de Estadística que adjuntan.

Comparadas las tarifas solicitadas con las actualmente en vigor, se observa que todos los conceptos tarifarios se encuentran incrementados con el 2,2%.

A la vista de lo anterior, teniendo en cuenta que la subida aplicada del 2,2% se corresponde con el incremento experimentado por el IPC durante el período de julio de 1998 a julio de 1999, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

19, 127 a 132 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y 183 a 187 de su Reglamento de aplicación, de 28 de septiembre de 1990, así como del artículo

4.º del Reglamento de Régimen Interior, se considera procedente incrementar las tarifas vigentes en un 2,2% como propone la empresa concesionaria Damas, S.A.

Por todo ello, esta Dirección General, haciendo uso de las competencias que le confiere el Decreto número 30/82, de fecha

22 de abril, de la Presidencia de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el cuadro de tarifas m ximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Plaza de Armas de

Sevilla sin redondeo, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habr n de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Tarifas m ximas

Conceptosin redondeo

TARIFA 1

Por entrada o salida de un autobús con viajeros, al finalizar o iniciar viaje o bien escala (entrada y salida) de autobús en tr nsito, en servicios regulares ordinarios y permanentes de uso general o especial:

1.1. Con recorrido de 0 a 15 km 22,97 ptas.

1.2. Con recorrido de 16 a 25 km 29,25 ptas.

1.3. Con recorrido de 26 a 50 km 39,69 ptas.

1.4. Con recorrido de 51 a 100 km 52,22 ptas.

1.5. con recorrido de 101 a 200 km 128,48 ptas.

1.6. Con recorrido superior a 200 km 255,90 ptas.

TARIFA 2

2.1. Por uso de la Estación de Autobuses

de un autocar de servicio discrecional2.446,18 ptas.

TARIFA 3

Utilización por los viajeros de los servicios generales de la Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden viaje en la misma en servicios regulares ordinarios y permanentes de uso general o especial:

3.1.Viajeros de recorrido comprendido

entre 0 y 15 km2,08 ptas./billete

3.2.Viajeros de recorrido semicorto:

De 16 a 25 km4,18 ptas./billete

3.3.Viajeros de recorrido corto:

De 26 a 50 km 7,31 ptas./billete

3.4.Viajeros de recorrido medio:

De 51 a 100 km9,40 ptas./billete

3.5.Viajeros de largo recorrido:

De 101 a 200 km19,85 ptas./billete

3.6.Viajeros de recorrido

superior a 200 km 39,69 ptas./billete

Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables aquellos viajeros que se encuentren en tr nsito, a través de servicios de transporte cuyo tiempo de permanencia en la Estación sea inferior a 60 minutos.

La percepción de las tarifas de la Estación a los viajeros se har por los concesionarios de las líneas de transporte simult neamente a la venta del billete de transporte,

haciéndose constar en éste que en el importe del mismo est incluida la tarifa correspondiente a la Estación de Autobuses.

TARIFA 4

Por utilización de los servicios de consigna:

4.1. Bulto 50 kg 24 horas o fracción 26,11 ptas.

4.2. Bulto > 50 kg 24 horas o fracción 39,69 ptas.

4.3. Por cada día de demora77,29 ptas.

TARIFA 5

Facturación de equipajes por la estación (sin incluir el precio del transporte ni seguros de la mercancía):

5.1.Por cada 10 kg o fracción de peso

en equipajes y encargos sin incluir

el precio del transporte39,69 ptas.

5.2.Mínimo de percepción191,14 ptas.

TARIFA 6

Por alquiler de la zona de taquillas:

6.1.Por cada taquilla/despacho

de expedición de billetes32.006,13 ptas./mes

Los servicios de electricidad, aire acondicionado, agua y an logos ser n por cuenta del usuario.

TARIFA 7

Servicio de aparcamiento de autobuses:

7.1.Aparcamiento de un autobús de servicio regular ordinario y permanente de uso general o especial desde las 8 a las 20 horas del mismo día, por hora255,90 ptas.

7.2.Aparcamiento de un autobús de servicio regular ordinario y permanente de uso general desde las 20 a las 8 horas del día siguiente, sin fraccionamiento por razón de tiempo dentro del indicado1.023,59 ptas.

7.3.Aparcamiento de un autobús de servicio discrecional, o bien servicio regular no comprendido en el apartado anterior, desde las 20 a las 8 horas del día siguiente, sin fraccionamiento por razón de tiempo dentro del indicado2.561,07 ptas.

Segundo. Las anteriores tarifas podr n redondearse a la peseta, tanto por exceso como por defecto, una vez aplicado el

correspondiente IVA. Las tarifas aprobadas sin redondeo y sin IVA servir n de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deber obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas m ximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Plaza de Armas de Sevilla entrar n en vigor el día

1 de enero del año 2000, previa su publicación en el BOJA.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podr interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su

notificación.

Sevilla, 16 de noviembre de 1999.- El Director General, Miguel Durb n S nchez.

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