Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 18/4/2000

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre notificación que se cita.

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Por esta Delegación Provincial se tramita expediente de desahucio administrativo por infracción de la causa sexta y séptima (no ocupación y cesión ilegal de la vivienda sita en Bda. Huerta de la Palma, Calle Arlanzón, núm. 5 - 4.º A, de Málaga), y no habiéndose podido notificar al interesado por encontrarse en paradero desconocido, se remite el presente, a fin de que sirva de notificación en forma de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Teniendo conocimiento esta Delegación en virtud de Informe y Denuncia de que don Joaquín Santiago Amador, adjudicatario de la vivienda sita en Bda. Huerta de la Palma, Calle Arlanzón, núm. 5 - 4.º A, de Málaga, ha procedido a la no ocupación y cesión ilegal y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, arts. 138 al

144, Causas Sexta y Séptima, procede a la Incoación de Expediente de Desahucio.

Esta Delegación Provincial, en uso de las facultades que le otorga el Decreto 86/1984, de 3 de abril, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, designa respectivamente Instructora y Secretario del mismo a doña M.ª Angeles Romero Muñoz y don Félix Palomeque Sánchez.

Málaga, 8 de marzo de 2000.

Núm. Ref. MA-13, Cta.: 411.

Sec. Patrimonio MAR/mmg.

Asunto: Notificación Pliego de Cargos De acuerdo con lo previsto en los artículos 138 al 142 del Decreto núm.

2114/1968, de 24 de julio, para la aplicación del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.

NOTIFICO: A don Joaquín Santiago Amador, los siguientes Cargos: No ocupación y cesión ilegal de la vivienda sita en Bda. Huerta de la Palma, Calle Arlanzón, núm. 5 - 4.º A, de Málaga.

Que constituyen motivos de Desahucio a tenor de lo previsto en las causas sexta y séptima del artículo 138 del citado Reglamento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del referido Reglamento, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días, a partir de la fecha de su publicación, formule por escrito, las alegaciones y en su caso, proponga las pruebas que considere oportunas para su descargo, significándole que transcurrido el plazo concedido sin cumplimentarlo se declarará decaído en derecho al referido trámite conforme al artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley, 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre) continuándose la tramitación del Expediente.

Málaga, 8 de marzo de 2000.- El Delegado, Carlos Morales Cabrera.