Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 11/01/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre propuesta de resolución dirigida a doña Araceli González Gálvez, por no ocupación de la vivienda sita en calle Verano núm. 14-1.ºA, de Vélez-Málaga (Málaga), Expte.: MA-976, CTA- núm. 89.

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Visto el Expediente de Desahucio Administrativo incoado por esta Delegación Provincial a doña Araceli Gálvez González, por no ocupación de la vivienda de forma habitual y permanente, de la vivienda sita en calle Verano núm. 14-1.º A de Vélez-Málaga (Málaga), (Expte.: MA-976, CTA. núm. 89), y,

Resultando: Que la expresada vivienda es propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucia, construida al amparo del Expediente MA-976, para su adjudicación en calidad de arrendamiento por lo que la misma se halla sujeta al Régimen propio vigente por el que se rigen las viviendas de Protección Oficial, así como a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Resultando: Que por denuncia formulada ante esta Delegación Provincia¡ se tuvo conocimiento de la situación de ilegalidad en que se encontraba la citada vivienda procediéncose a la incoación de Expediente de Desahucio, así como a formular el Pliego de Cargos con fecha 9 de febrero de 2000, siendo notificado a través del Ayuntamiento de Vélez-Málaga el 5 de abril de 2000, sin que por el momento haya formulado ninguna alegación al respecto.

Considerando: Que quedan más que probados los cargos que se le imputan a doña Araceli Gálvez González, titular de la vivienda sita en calle Verano núm. 14-1.º A de Vélez-Málaga (Málaga), por no ocupación de la vivienda de forma habitual y permanente, en base a los siguientes supuestos:

- De los distintos informes y escntos remitidos por el Ayuntamiento de Vélez-Málaga, donde pone en conocimiento de esta Delegación Provincial la situación de ilegalidad en que la vivienda se encuentra, constando incluso una propuesta de adjudicación a favor de otra persona.

Considerando: Que queda probado en el Considerando anterior, que la ocupante de la vivienda incurre en las circunstancias previstas en la Causa Sexta (6.ª) art. 138 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968.

Considerando: Que se ha tenido en cuenta en la tramitación del expediente lo dispuesto en los arts. 138 al 144 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de 24 de julio de 1968, de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones que son de aplicación.

En base a lo expuesto se formula la siguiente Propuesta:

Que se proceda a la resolución de¡ contrato de la vivienda en cuestión, otorgándole un plazo de ocho (8) días para que haga entrega de las llaves, conforme a lo dispuesto en el art. 142 del Reglamento citado, y se concede a la expedientada un plazo de cuatro (4) días para que formule cuanto considere conveniente a su defensa, transcurridos los cuales se elevará el Expediente a Resolución del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Málaga, 14 de noviembre de 2000.- La Instructora.