Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 05/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 71/2001, de 6 de marzo, mediante el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura.

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El objeto de este Decreto es actualizar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura, al objeto de dotar a cada uno de los centros directivos que la integran de unas estructuras administrativas más acordes con la índole de las competencias que tienen atribuidas para que, de esta forma, puedan cumplir más eficazmente los objetivos asumidos.

Esta actualización se materializa, de una parte, en un cambio en la adscripción orgánica de determinadas unidades y puestos de trabajo, que pasan a depender de otros centros directivos, con lo que se consigue una optimización en el aprovechamiento de los recursos humanos disponibles. En este sentido, se ven afectadas la propia Viceconsejería, la Secretaría General Técnica y la Dirección General de Bienes Culturales. De otra parte, se produce un incremento neto de puestos de trabajo en otros centros directivos, donde la estructura administrativa y de puestos de trabajo se ha revelado claramente insuficiente, dadas la importancia y complejidad de las funciones asumidas. En el caso de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio, que asume la promoción y la gestión de las instituciones del patrimonio histórico y la divulgación de las artes plásticas, y que se ve potenciada con la incorporación de una estructura especializada en cada una de las grandes áreas cuya tutela y/o gestión corresponde al citado centro directivo: Archivos y Bibliotecas; Museos y Conjuntos Monumentales. En este mismo sentido, ven también incrementada su estructura de puestos de trabajo algunos centros dependientes de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio, especialmente el Centro de Documentación Musical de Andalucía, a los que se incorporan los puestos de auxiliar de instituciones culturales.

De una forma más puntual, ven también reforzadas sus estructuras las Direcciones Generales de Bienes Culturales y de Fomento y Promoción Cultural, así como las Delegaciones Provinciales de la Consejería, donde se potencian dos estructuras especializadas, una en la gestión de las instituciones y otra en la protección y conservación del patrimonio.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1999, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 8.3.d) del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del citado Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2, letra

g), de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Justicia y Administración Pública, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de marzo de

2001,

DISPONGO

Artículo único. Actualización parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura.

Se aprueba la actualización parcial de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura en los términos

expresados en el Anexo 1 a este Decreto.

Disposición adicional primera. Personal afectado por la modificación de la relación de puestos de trabajo.

Por las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Cultura se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición adicional tercera. Modificación puesto de trabajo de Director del Archivo Central en todas las Consejerías. Conforme a lo que establece en el presente Decreto respecto del puesto de Director del Archivo Central de la Secretaría General Técnica, y atendiendo a criterios de igualdad en la definición de los puestos de trabajo respecto de funciones idénticas, se asigna el nivel de complemento de destino 24 a los puestos de Director del Archivo Central, que, asimismo, tendrán asignado el complemento específico por los factores de responsabilidad, dificultad, dedicación e incompatibilidad valorado en 1.276.944 pesetas anuales, según lo que se especifica en el Anexo 2 de este Decreto.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de marzo de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]