Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 22/05/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 11 de mayo de 2001, por la que se convoca el VII Premio Andaluz de Investigación en materia de Drogodependencias.

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La necesidad de un planteamiento integral del fenómeno de las drogodependencias se ha puesto de manifiesto a lo largo de todos los años de desarrollo del Plan Andaluz sobre Drogas. Son múltiples y diversos los problemas relacionados con esta situación: Sanitarios, sociales, de seguridad pública, económicos y políticos. Es necesaria, por tanto, la implicación de numerosos profesionales en la búsqueda de respuestas globales y unitarias que aborden el problema desde sus diferentes perspectivas. Por otro lado, el consumo de drogas es un fenómeno en continuo cambio y evolución que requiere, consecuentemente, un estudio y valoración permanente.

Con el objeto de impulsar y estimular a los profesionales interesados en este campo, y para fomentar y consolidar equipos y líneas de trabajo en drogodependencias, dado el notable éxito obtenido en las anteriores convocatorias, la Consejería de Asuntos Sociales, a través del Comisionado para las Drogodependencias, propone la séptima edición de premios para el trabajo de investigación que, por su nivel científico y técnico, resulte de especial relevancia en el tratamiento de las drogodependencias dentro del ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y a propuesta del Comisionado para las Drogodependencias,

DISPONGO

Artículo Unico. Objeto.

Se convoca el VII Premio Andaluz de Investigación en materia de Drogodependencias, que se regirá por las bases que se publican como Anexo a la presente Orden.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de mayo de 2001

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

ANEXO

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL VII PREMIO ANDALUZ DE INVESTIGACION EN MATERIA DE DROGODEPENDENCIAS

Primera. Finalidad.

El VII Premio Andaluz de Investigación en materia de Drogodependencias tiene por objeto galardonar el trabajo realizado durante el año 2001, que se corresponda con alguna de las siguientes áreas de actuación:

- Prevención de las drogodependencias.

- La asistencia de los drogodependientes.

- La incorporación de los drogodependientes.

- Trabajos de investigación sobre cualquier aspecto no recogido en las áreas anteriores que verse sobre drogodependencias.

Segunda. Participantes.

La participación en esta convocatoria podrá efectuarse tanto a título individual como colectivo. Podrá optar a este premio toda persona física o jurídica que realice sus actividades en el Estado español. No obstante, se valorarán con preferencia los trabajos realizados en Andalucía y/o referidos a la problemática del consumo de drogas en la Comunidad Autónoma Andaluza.

No pueden optar a este premio los trabajos realizados o subvencionados por la Junta de Andalucía u otra Administración Pública, o los realizados por empresas de participación pública o privada, que se dediquen a estudios de esta naturaleza.

No se admitirán los trabajos que hayan sido presentados en anteriores convocatorias.

Tercera. Requisitos.

Los originales deberán ser inéditos y estar redactados en castellano.

Se valorarán especialmente aquellos trabajos cuyas conclusiones signifiquen una aportación valiosa para la aplicación práctica en la actuación de los problemas derivados del consumo de drogas, o de las drogodependencias en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Los trabajos deberán presentarse en las siguientes condiciones:

a) Se presentarán mecanografiados y tendrán una extensión mínima de 50 folios DIN A-4, excluyendo de ellos tablas, gráficos, esquemas, dibujos, etc.

b) El/los autor/es se presentará/n bajo seudónimo.

c) Se enviarán 5 copias por cada trabajo. Cada copia irá acompañada de un resumen, no superior a cinco folios DIN A-4, en el que se explicará de forma abreviada el contenido del mismo.

d) Los trabajos y los resúmenes irán encabezados por el título, el seudónimo empleado y el área de participación temática de las expresadas en la base primera.

Cuarta. Presentación de los trabajos y documentación.

Los trabajos (copias, resúmenes y sobre de identificación) se enviarán cerrados, en paquete o sobre, donde conste

literalmente: "VII Premio Andaluz de Investigación en materia de Drogodependencias". Se presentarán ante el Comisionado para las Drogodependencias, Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, sito en C/ Hytasa, núm., Edificio Junta de Andalucía, 41071, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Los trabajos se acompañarán de un sobre cerrado, en el que figurará exteriormente el seudónimo del autor/es y el título del trabajo. El citado sobre contendrá en el interior los siguientes datos referidos a todos los firmantes:

a) Nombre y apellidos, DNI, profesión, domicilio, municipio y código postal, provincia, teléfono, fax y dirección de correo electrónico.

b) Centro de trabajo y cargo que ocupa.

c) Breve reseña curricular.

d) En caso de ser varios los autores, se reflejará claramente el nombre del director del trabajo.

Quinta. Premio.

Se concederá un premio de 1.000.000 de ptas.

Este premio irá con cargo a la aplicación presupuestaria

1.1.21.00.18.00.226.08.22G.5.

Sexta. Plazo de presentación de trabajos.

El plazo para la recepción de los trabajos terminará el 30 de junio de 2001.

Séptima. Selección de los trabajos.

El examen y selección de los trabajos recibidos se hará por un Jurado, cuya composición será:

Presidente: El Comisionado para las Drogodependencias de la Junta de Andalucía o la persona en la que éste delegue. Vocales:

- Dos técnicos en drogodependencias, uno de los cuales

actuará de Secretario del Jurado.

- Un profesor universitario perteneciente a un departamento directamente relacionado con las drogodependencias.

- Un representante de los Colegios Profesionales relacionados con las drogodependencias.

Los Vocales serán designados por el Comisionado para las Drogodependencias.

La relación definitiva de los designados como integrantes del Jurado se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo máximo de 3 meses, desde la entrada en vigor de la presente Orden.

El Jurado podrá recabar, si lo estima oportuno, asesoramiento entre personalidades del mundo profesional para la valoración de los trabajos presentados cuando éstos revistan un alto índice de complejidad.

Una vez constituido, el Jurado ajustará su actuación a lo establecido para los órganos colegiados en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El acuerdo del Jurado se producirá en el plazo máximo de 6 meses contados a partir del último día de presentación de los trabajos, y será hecho público en el BOJA mediante Resolución de la Consejería de Asuntos Sociales.

Octava. Propiedad de los trabajos.

Los trabajos presentados quedarán en propiedad de la Consejería de Asuntos Sociales, que, a través del Comisionado para las Drogodependencias, podrá dar al trabajo que resulte premiado la difusión y empleo que estime convenientes.

En casos excepcionales, el Jurado podrá valorar el interés de los trabajos no premiados y proponer la publicación de éstos.

Los derechos de autor del trabajo premiado pasarán a ser propiedad de la Consejería de Asuntos Sociales, sin derecho alguno por parte del/los participante/s a percibir

indemnización o compensación por tal motivo.

Novena. Consideraciones generales.

La presentación de los trabajos supone la plena aceptación por parte de los participantes del contenido de las presentes bases.

Las incidencias derivadas de la aplicación de las presentes bases serán resueltas por la Consejería de Asuntos Sociales.

No serán admitidos a concurso los trabajos que no reúnan los requisitos especificados en estas bases.