Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 11/8/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE CARMONA

EDICTO de 23 de julio de 2001, sobre Aprobación Definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución El Pilar. (PP. 2160/2001).

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La Comisión Municipal de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Carmona, en sesión ordinaria celebrada en fecha 13 de julio de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Punto 4.º Aprobación Definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución "El Pilar". Habiendo sido aprobado inicialmente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución El Pilar mediante acuerdo adoptado al punto 18.º del Orden del Día de la sesión ordinaria de la Comisión Municipal de Gobierno celebrada el 3 de diciembre de 1999, redactado por el Ingeniero Industrial don Estanislao Fernández Herrera.

Considerando que dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 22, de 22 de febrero de

2000, en el Correo de Andalucía de 12 de enero de 2000, así como publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento y notificado en legal forma a los interesados, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia número 30, de 6 de febrero de

2001, respecto de aquellos propietarios a los que, intentada la notificación del referido acto en el último domicilio conocido, la misma no se pudo practicar.

Considerando que en el referido trámite de información pública no se han producido alegaciones.

Considerando que atendiendo a una muy reiterada jurisprudencia, la aprobación de los instrumentos de planeamiento, gestión y ejecución de aquél constituyen actos administrativos complejos, en los que los actos de aprobación inicial son actos de trámites no resolutorios (STS, Sala 4.ª, de 30.10.87, STS, Sala

4.ª, de 14.6.1988, entre otras), permitiendo ello la tramitación simultánea del presente Proyecto de Urbanización y de la delimitación de la Unidad de Ejecución y Proyecto de Reparcelación.

Considerando que la Comisión Municipal de Gobierno aprobó definitivamente el Proyecto de Delimitación de la Unidad de Ejecución y el Proyecto de Reparcelación, en sesión celebrada el 25 de mayo de 2001.

Considerando que emitido informe por el Arquitecto Municipal no se ve inconveniente alguno en aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización por cumplir con las determinaciones establecidas en el artículo 92 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, vigente en Andalucía mediante la Ley 1/97, así como las establecidas en los artículos 67 y siguientes del Real Decreto 2159/78, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, y por cumplir con las Condiciones Mínimas de Urbanización previstas por las vigentes Normas Subsidiarias.

Considerando que se han presentado dos copias visadas del referido Proyecto de Urbanización, así como que en el presente acto de aprobación definitiva se recoge el convenio suscrito entre la Comunidad de Propietarios y el Ayuntamiento para el desarrollo de la Unidad de Ejecución.

Considerando que es competencia de la Comisión Municipal de Gobierno la adopción del presente acuerdo en virtud de la delegación de competencias realizada por el Sr. Alcalde mediante Decreto número 505/99.

Por todo cuanto antecede, la Comisión de Gobierno, por unanimidad y en votación ordinaria, acuerda:

1. Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución de El Pilar, redactado por el Ingeniero Industrial don Estanislao Fernández Herrera.

2. Notificar el acuerdo a todos los propietarios comprendidos en el ámbito de la Unidad de Ejecución, con advertencia de los recursos oportunos, publicar el mismo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de edictos de la Casa Consistorial.¯

Se informa que contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de

reposición, según lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de RJAP y PAC, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente notificación, ante el órgano que dictó aquél o bien, si así lo considera conveniente a su derecho, recurso

contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de tal

naturaleza en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo previsto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Carmona, 23 de julio de 2001.- El Alcalde, Sebastián Martín Recio.

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