Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 09/05/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTA. E INSTRU. Nº 3 DE MARBELLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 206/2001. (PD. 1355/2002).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

N.I.G.: 2906941C20013000237.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 206/2001. Negociado: De: Don Manuel Moreno Valenzuela.

Procuradora: Sr. M.ª José Cabellos Menéndez. Letrado: Sr. Sergio Ruiz Pastor.

Contra: Promociones y Lares, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 206/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Marbella, a instancia de don Manuel Moreno Valenzuela, contra Promociones y Lares, S.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NUM. 106/02

En la ciudad de Marbella a trece de marzo de dos mil dos. Vistos los precedentes autos por la Ilma. Sra. doña María José Rivas Velasco, Magistrada-Juez de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Marbella y su partido, Autos de Juicio Ordinario registrados al número 206/01, seguido entre partes, de una como demandante don Manuel Moreno Valenzuela, representado por la Procuradora doña María José Cabellos Menéndez y dirigida por el Letrado don Sergio Ruiz Pastor, y de otra como demanda la mercantil Promociones y Lares, S.A.

F A L L O

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de don Manuel Moreno Valenzuela frente a Promociones y Lares, S.A., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.016.600 pesetas (6.109,74 euros) más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la interposición de la demanda, y la cantidad de 639.850 pesetas (3.845,48 euros) más el interés legal de dicha cantidad incrementado en dos puntos desde el 25 de julio de 1994, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Póngase esta resolución en el libro de sentencias de este Juzgado, y llévese certificación de la misma a las actuaciones.

Contra la presente resolución, que se notificará a las partes en legal forma, podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de conformidad con el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia la pronuncio, mando y firmo.¯

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Promociones y Lares, S.A., extiendo y firmo la presente en Marbella a nueve de abril de dos mil dos.- El Secretario.

Descargar PDF