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Con objeto de llevar a cabo la implantación de la nueva ordenación del sistema educativo en los Centros Docentes Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten enseñanzas de régimen especial, así como de acometer la planificación en la escolarización prevista en esta enseñanzas para el próximo curso, teniendo en cuenta los informes facilitados por las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto.
Primero. Música.
1. Autorizar a los Conservatorios Elementales de Música que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden a impartir las especialidades, que, asimismo se recogen; a partir del curso escolar 2002/03.
2. Autorizar a los Conservatorios Profesionales de Música que se relacionan en el Anexo II de la presente Orden a impartir las especialidades, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2002/03.
Segundo. Artes Plásticas y Diseño.
Autorizar a las Escuelas de Arte que se relacionan en el Anexo III de la presente Orden a impartir los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2002/03.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Aplicación.
Se autoriza a las Direcciones Generales de la Consejería de Educación y Ciencia a dictar cuantas normas sean precisas para la aplicación de la presente Orden, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos a partir del curso académico 2002/03.
Tercera. Recursos.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 17 de mayo de 2002
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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