Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 11/12/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION Y TURNO DE PROMOCION INTERNA

Base primera. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la selección para la provisión en propiedad de dos plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario, Oferta de Empleo Público de 2003, que seguidamente se relaciona, a saber:

Plaza: Administrativo.

Grupo: C.

Escala/subescala: Admón. General/Administrativa. Sistema: Concurso-oposición.

Turno: Promoción interna.

Las plazas convocadas están dotada con las retribuciones establecidas en la RPT Municipal.

Base segunda. Requisitos de los aspirantes. Los aspirantes a participar en la presente convocatoria deberán reunir, a último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos

a) Estar en posesión del titulo exigible, a saber: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

b) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Isla Cristina, ocupando plaza de la Subescala de Auxiliar, Escala de Administración General, con una antigüedad de al menos dos años y encontrarse respecto del Ayuntamiento en situación de Servicio Activo, Servicios Especiales, Servicio en otra Administración o en cualquier otra situación administrativa que comporte reserva de plaza o de destino.

Base tercera. Solicitudes.

1.º Los aspirantes presentarán solicitud, en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base 2.ª, así como comprometerse a prestar juramento o promesa, en caso de resultar seleccionado, de conformidad con el RD 707/1979, de 5 de abril.

2.º Se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.

3.º Podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.º A la solicitud se acompañará: los documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados.

5.º Los derechos de examen para tomar parte en las pruebas selectivas se fijan en doce euros, que los aspirantes habrán de satisfacer al presentar la instancia. Cuando se realice el pago mediante giro postal o telegráfico, habrá de figurar como remitente el aspirante, indicando en la solicitud el lugar, la fecha y el número de giro, acompañando fotocopia del resguardo.

Base cuarta. Lista de admitidos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución, en el término máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como el día, hora y lugar de inicio de las pruebas. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP se concederá un término de diez días hábiles para subsanación y posibles

reclamaciones. Las alegaciones presentadas se resolverán en el término de los treinta días siguientes al de finalización del plazo para su presentación. Transcurrido este término sin que se haya dictado resolución, las alegaciones se entenderán desestimadas.

Si no presentasen reclamaciones, se considerará elevada a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose los anuncios sucesivos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Base quinta. Procedimiento de selección.

El procediemnto de selección es el de concurso-oposición, que constará de dos fases:

a) Fase del concurso: El Tribunal valorará los méritos

alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, con arreglo al baremo que a continuación se establece. La puntuación que se obtenga en esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni podrá ser tenida en cuenta para superar los ejercicios de la oposición.

- Por servicios prestados al Ayuntamiento de Isla Cristina en plaza de Auxiliar administrativo, 0,6 puntos por año completo.

- Por asistencia a Cursos y Seminarios de Formación

relacionados con la plaza correspondiente, impartidos por Organismos Públicos, a razón de 0,05 puntos por cursos de 10 a

20 horas de duración; de 21 a 40 horas de duración 0,30 puntos, de 40 a 100 en adelante 0,75 puntos.

La fase de concurso será previa a la de oposición, y la puntuación obtenida en esta fase se sumará a la obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden

definitivo de aprobados. En ningún caso la valoración de los méritos podrá ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición.

b) Fase de oposición: De carácter obligatorio y eliminatorio, constará de dos pruebas que se desarrollan de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas de conocimiento sobre el bloque uno del programa que figura en el Anexo correspondiente a cada plaza con tres respuestas alternativas, siendo correctas sólo una de ellas, durante un periodo máximo de 60 minutos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor.

Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un caso práctico relacionado con las funciones de los distintos puestos de trabajo a que se refiere la presente convocatoria, pudiendo cada aspirante seleccionar uno entre aquéllos que presente el Tribunal, con un tiempo máximo de 60 minutos.

Base sexta. Calificación de la oposición.

Cada ejercicio, de la fase de oposición, será puntuado con un máximo de 10 puntos, precisándose un mínimo de cinco para superar cada uno de ellos.

La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios, se obtendrá por la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, no teniéndose en cuenta, a estos efectos, las de mayor y menor puntuación de las otorgadas. La puntuación final de los aspirantes se determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios. A la suma anterior se le añadirá la obtenida en la fase de concurso. La puntuación final determinará el orden de prelación en la selección de la plaza convocada, cuando ello proceda.

En caso de empate en la calificación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal.

Base séptima. Tribunal calificador.

1.º El Tribunal que juzgará la oposición estará integrado por los siguientes miembros:

- Presidente, el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

- Vocales:

Teniente de Alcalde del Area de personal.

Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Un Representante de los delegados de personal.

Un Funcionario del Ayuntamiento de Isla Cristina.

- Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz.

2.º Para todos lo miembros se designarán suplentes, debiendo ostentar todos ellos, salvo el Presidente, titulación igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada. Deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre. La composición del Tribunal se hará pública junto con la lista de admitidos a que se refiere la base 4.ª, pudiendo los interesados recusarlos, de concurrir aquéllas, en el plazo de diez días a contar de la publicación.

3.º El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la

asistencia de la mitad de sus miembros, incluido el

Secretario, sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría.

4.º Los miembros del Tribunal percibirán, en concepto de asistencia las establecidas para la Categoría Segunda, según Anexo IV del RD 462/2002, 24 de mayo.

Base octava. Relación de aprobados.

Finalizadas las pruebas de selección, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de su puntuación, no pudiendo ser superior al número de plazas convocadas y elevará la citada relación al Sr. Alcalde, a los efectos del

nombramiento. En dicha propuesta, que se publicará en el tablón de edictos municipal, constará expresamente el derecho que asiste a los interesados de interponer recurso de alzada ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de

finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del Tribunal en el tablón de este Ayuntamiento, y sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que tuviera por conveniente.

Base novena. Presentación de documentos.

1.º El aspirante seleccionado presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días

naturales, contados desde el día siguiente de publicación en el tablón de edictos Municipal de la propuesta a que se refiere la base anterior, y sin previo requerimiento, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base 2.ª.

2.º Quien tuviera la condición de empleado público quedará exento de aportar la documentación que ya se hubiera aportado por tal motivo, debiendo presentar únicamente certificación de las circunstancias, expedida por la Administración u organismo en el que preste sus servicios.

3.º Quienes dentro del plazo señalado no presentasen la documentación o no reunieren los requisitos exigibles, y salvo caso de fuerza mayor, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, y sin perjuicio de las

responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo.

Base décima. Nombramiento definitivo.

La Alcaldía, agotado el término de presentación de documentos, nombrará funcionarios, de las plazas convocadas, a los

aspirantes propuestos por el Tribunal, en el término de un mes. Este nombramiento será notificado al interesado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

El aspirante nombrado habrá de tomar posesión en el término de un mes a contar desde que se le notifique su nombramiento.

Base undécima. Impugnaciones e incidencias.

1.º La convocatoria, sus bases y los actos administrativos que se deriven, podrán ser impugnados por los interesados en las formas y casos establecidos en la Ley 30/92, de 26 de

noviembre y demás legislación aplicable.

2.º El Tribunal queda facultado para resolver cuantas

incidencias se presenten en el desarrollo de la oposición, y hasta la propuesta de nombramiento, y resolver lo conveniente para el buen orden del proceso selectivo.

3.º En lo no previsto en las presentes bases será de

aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; RDL 781/86, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; RD 896/91, de 7 de junio, que establece las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los

funcionarios de Administración Local; RD 364/95, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de los Funcionarios de la Administración General del Estado; y demás normativa aplicable. En aplicación del art. 77 del RD

364/1995, se establece la exención de los conocimientos acreditados en las pruebas de ingreso en la Subescala de Auxiliar, para el concurso-oposición de la promoción interna.

A N E X O

T E M A R I O S

Bloque I

Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. Organización.

Tema 2. La Constitución Española de 1978. Principios

Generales.

Tema 3. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

Tema 4. La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 5. El Gobierno y la Administración. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. La

Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 6. El Poder Judicial.

Tema 7. El municipio: Concepto y Elemento. El Término

Municipal. La Población. Competencias Municipales.

Tema 8. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.

Tema 9. La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Clases de Administraciones Públicas.

Tema 10. Principios de Actuación de la Administración Pública: Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, colaboración y cooperación, eficacia y servicio a los

ciudadanos.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus Clases. El Reglamento: Sus Clases.

Tema 12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de Elaboración y Aprobación.

Tema 13. El Gasto Público Local: Régimen Jurídico. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de los Ingresos. Ordenanzas Fiscales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 14. La Función Pública Local y su Organización.

Bloque II

Tema 1. El Acto Administrativo. Conceptos y elementos. La Forma de los Actos Administrativos. Motivación, notificación y publicación. El silencio Administrativo.

Tema 2. Principios Generales del Procedimiento Administrativo. Cómputo de plazos. Recepción y Registro de documentos.

Referencia especial al ámbito Local.

Tema 3. Iniciación. Ordenación e instrucción del Procedimiento Administrativo: La Prueba. Participación de los interesados. Terminación del Procedimiento: La Resolución. Terminación Convencional. Otros tipos de terminación: Desistimiento, Renuncia y caducidad.

Tema 4. El Administrado. Concepto y clases. Actos Jurídicos del Administrado. Colaboración y participación de los

ciudadanos en las funciones administrativas. El Principio de Audiencia del Interesado.

Tema 5. La Teoría de la invalidez del acto Administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

Tema 6. Los Recursos Administrativos: Concepto. Clases y Principios Generales de su regulación. Recurso de Reposición. Recurso de Revisión. Recurso de alzada. Reclamación económico- administrativo. Reclamaciones Previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

Tema 7. Los contratos de las Administraciones Públicas: Clases y Régimen Jurídico. Los requisitos de los contratos. Los requisitos para contratar con la Administración.

Tema 8. El Procedimiento de contratación de las

Administraciones Públicas: Expediente Administrativo.

Garantías. Procedimientos y formas de adjudicación, la

perfección y formalización.

Tema 9. La modificación de los contratos administrativos. La Resolución de los Contratos Administrativos. La

Subcontratación y la cesión de contrato. La Revisión de Precios.

Tema 10. El Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por RDL 1/92 de 26 de junio. Legislación Urbanística en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 11. Formas de Intervención de la Administración en uso del suelo y la Edificación. La Licencia y las órdenes de ejecución.

Tema 12. Protección de la Legalidad urbanística. Infracciones urbanísticas. Personas Responsables. Sanciones Urbanísticas. Procedimiento sancionador. Restablecimiento de la legalidad urbanística.

Tema 13. Formas de la acción administrativa con especial referencia a la Administración Local. La actividad de fomento. La actividad de Policía. Las Licencias.

Tema 14. El Servicio Público en la Esfera Local. La Gestión de los Servicios Públicos. Consideración especial de la

concesión.

Tema 15. La Responsabilidad de la Administración Pública. El Procedimiento Administrativo en materia de Responsabilidad.

Tema 16. Los bienes de las Entidades Locales. El Dominio Público. El Patrimonio Privado de los mismos.

Tema 17. La Función Pública Local. Plantillas. Registro Administrativo de Personal. La Oferta Pública de Empleo.

Tema 18. El personal al Servicio de las Entidades Locales. Clases de Personal. Grupo en que se integran, formas de selección.

Tema 19. Derechos y Deberes de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas.

Tema 20. El Presupuesto de las entidades locales. Concepto. Estructura. formación y aprobación. Documentación del

Presupuesto. Los Anexos del Presupuesto General.

Tema 21. Fases de ejecución del Presupuesto.

Tema 22. La liquidación del presupuesto. Confección y

aprobación. Los Remanentes de créditos. El resultado

presupuestario. El remanente de Tesorería.

Tema 23. La modificación presupuestaria.

Tema 24. La Contabilidad de las entidades locales y sus entes dependientes. La Cuenta General.

Tema 25. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 26. El Gasto Público Local. Ejecución de los Gastos Públicos. Contabilidad y cuentas.

Isla Cristina, 24 de noviembre de 2003.- El Alcalde, Francisco Zamudio Medero.

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