Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 27 de septiembre de 2002, de la Delegación del Gobierno de Huelva, por la que se aprueba la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva en concepto de Planes Provinciales de Obras y Servicios para el ejercicio 2002.

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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su artículo 8 los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los Planes Provinciales de Obras y Servicios de competencia municipal.

Con base a dichos criterios, la Orden de 28 de junio de 2002, de la Consejería de Gobernación (BOJA núm., de 27 de julio) establece la distribución entre las Diputaciones Provinciales de Andalucía de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 2002, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En virtud y en uso de las facultades que me confiere el artículo 2 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 28 de junio de 2002,

RESUELVO

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva por importe de un millón trescientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta y nueve euros con quince céntimos (1.338.359,15 E), correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al Plan Provincial de Obras y Servicios para 2002.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

76512.81 A0, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se compromete con carácter plurianual, y se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, con cargo al ejercicio

2002, librándose el 25% restante, con cargo al ejercicio 2003, una vez haya sido justificado el primer pago.

Tercero. Los ingresos de las transferencias deberán justificarse en el plazo de tres meses a partir de la fecha de materialización de cada pago ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, mediante una certificación con indicación del número y fecha del correspondiente asiento contable, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de 28 de junio de 2002.

La presente Resolución, que se dicta por delegación del Consejero de Gobernación, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición ante este órgano administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente o podrá interponer contra la misma directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 27 de septiembre 2002.- El Delegado del Gobierno, Juan Ceada Infantes.

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