Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAEZA

EDICTO de 2 de diciembre de 2003, sobre promoción para cubrir por concurso, como funcionario interino, el puesto de trabajo de Interventor/a. (PP. 4583/2003).

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El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén), Hace saber:

Que se promueve por este Ayuntamiento concurso para cubrir, con Funcionario Interino, por el tiempo que dure la situación de vacante de la plaza, el puesto de trabajo de Interventor/a de este Excmo. Ayuntamiento, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

Cubrir, interinamente, dicho puesto de trabajo, perteneciente a la escala de habilitados nacionales, subescala: Intervención- Tesorería, Grupo A, nivel de complemento de destino 28.

Se constata que con este procedimiento sólo se persigue la finalidad de proponer a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, conforme al art. 34 del R.D.

1732/94, de 29 de julio, un candidato, para ser nombrado interinamente titular de la Intervención, por el Centro Directivo indicado, que haya acreditado convenientemente su capacidad y mérito para dicho menester.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

Además de los señalados en el art. 135 del R.D. Legislativo

781/86, de 18 de abril, conforme al artículo 22.1.b) del R.D.

1174/87, de 18 de septiembre, el aspirante ha de acreditar que ostenta la condición de Doctor o Licenciado en Derecho, en Administración y Dirección de Empresas, en Economía o Ciencias Actuariales y Financiera el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, debiendo acreditar fehacientemente los aspirantes que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en esta convocatoria.

La acreditación de los méritos del concurso se hará mediante aportación del documento original o fotocopia compulsada o certificación expedida por el órgano competente que acredite convenientemente que aquéllos se poseen el día en que finaliza el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documento.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de esta Corporación o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de la publicación del presente edicto en el BOJA.

Quinta. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán ingresar, en concepto de derechos de examen, la cuantía de 30 euros en la Tesorería municipal o en la cuenta de este Ayuntamiento en cualquier Entidad de crédito o ahorro que tenga oficina abierta en esta ciudad.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as y fecha de comienzo de las pruebas.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as y fijando la fecha de reunión del Tribunal para valorar los méritos del Concurso. En su caso, en dicha Resolución, que se publicará en el B.O. de esta provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, se indicará el plazo de subsanación de errores de 10 días naturales y la composición del Tribunal.

Séptima. Procedimiento de selección de los aspirantes.

A) En el supuesto de habilitados nacionales, que tendrán prevalencia sobre los demás aspirantes, el de categoría superior tiene preferencia sobre el de entrada, y la puntuación del escalafón nacional publicado últimamente, por orden decreciente, determina la preferencia en ambas categorías.

B) En el resto de aspirantes, no habilitados nacionales, el mayor tiempo de servicios efectivos prestados en la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior o de entrada, determina la preferencia para la propuesta. A este efecto, los tiempos de servicios en la categoría superior se valoran el doble de los prestados en la categoría de entrada. Se exige un mínimo de un año de tiempos de servicios como responsable de una Intervención municipal de categoría superior o de entrada para ser valorado por este apartado.

C) Caso de aspirantes no encuadrables en los apartados

anteriores, el Presidente de la Corporación, tomando en consideración el expediente académico y el curriculum

profesional de los mismos, puede optar o no por hacer la propuesta a que se ha aludido.

Caso de empate, en día distinto, el Tribunal mediante preguntas breves, relacionadas con el régimen local y Ley de Haciendas Locales, proveerá lo conveniente para deshacerlo.

Octava. Tribunal Calificador.

Conforme al art. 11 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, todos los Vocales habrán de ser funcionarios de carrera, y además habrán de estar en posesión de título habilitante para las pruebas de acceso a la subescala de Intervención-Tesorería.

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Secretario/a: Un funcionario de carrera de la Corporación.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un técnico superior que designe el Sr. Alcalde.

- Un funcionario designado por el Sr. Alcalde a propuesta de la Junta de Personal.

- El Secretario General de la Corporación.

En lo no previsto en estas bases se estará a las previsiones de la legislación atinente en vigor sobre selección de aspirantes en procedimientos de concurrencia colectiva.

Baeza, 2 de diciembre de 2003.- El Alcalde, Javier

Calvente Gallego.

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