Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº2 DE SAN ROQUE

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía núm. 196/1999. (PD. 531/2004).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1103341C19992000017.

Procedimiento: Menor Cuantía 196/1999. Negociado: JB.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Antonio Martín Narváez y Ana María Rocha Mota.

Procuradora: Sra. María Teresa Hernández Jiménez y María Teresa Hernández Jiménez.

Letrada: Sra. María Montero González y María Montero González.

Contra: Juan José Farrés Ruiz, Manuel Pro Oliva y Promociones Tesorillo, S.A.

Procuradora: Sra. María José Ramos Zarallo.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 196/1999 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de San Roque a instancia de Antonio Martín Narváez y Ana María Rocha Mota contra Juan José Farres Ruiz, Manuel Pro Oliva y Promociones Tesorillo, S.A. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En San Roque, a 29 de septiembre del año 2001.

Vistos por mí, Pedro Fernández Mora, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta ciudad, los presentes autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, número 196/1999, seguidos entre don Antonio Martín Narváez y doña Ana María Rocha Mota, ambos con domicilio en San Martín del Tesorillo, C/ Ronda del Secanillo, núm. 6-2.º B, como demandantes, representados por la Procuradora doña Teresa Hernández Jiménez y asistidos por la Letrada doña María Montero González y la Entidad Mercantil Promociones Tesorillo, S.A., don Juan José Farrés Ruiz, con domicilio en Estepona, Urb. Don Pedro, Avda. del Fuego, C/ La Tierra, núm. 74 y don Manuel Pro Oliva, con domicilio en San Martín del Tesorillo, C/ San José núm. 6, éstos como representantes mancomunados de dicha sociedad, como demandados, representado el Sr. Farrés por la Procuradora doña María José Ramos Zarallo y asistido por el Letrado don Francisco J. Fernández Sánchez, y en situación procesal de rebeldía los otros dos, sobre solicitud de elevación a escritura pública de contrato privado de compraventa.

F A L L O

Que estimando la demanda promovida por la Procuradora Sra. Hernández Jiménez, en nombre y representación de don Antonio Martín Narváez y doña Ana María Rocha Mota contra la Entidad Mercantil Promociones Tesorillo, S.A., don Juan José Farrés Ruiz y don Manuel Pro Oliva, éstos últimos en calidad de representantes mancomunados de dicha sociedad, debo declarar y declaro el derecho de los demandantes al otorgamiento de escritura pública sobre su propiedad, conforme al contrato privado suscrito que se ha reseñado en el antecedente de hecho primero de esta resolución, y debo condenar y condeno a los codemandados a dicho otorgamiento, con imposición de las costas a los codemandados.

Asimismo, y para el caso de que la parte demandada no efectuase dicha elevación a escritura pública dicho otorgamiento se efectuará por este Organo Judicial.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella, cabe preparar recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Llévese testimonio literal de esta Sentencia a los autos principales, archivando el original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Manuel Pro Oliva y Promociones Tesorillo, S.A., extiendo y firmo la presente en San Roque a cinco de febrero de dos mil tres.- El/La Secretario.

Descargar PDF