Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 11/08/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 24 de julio de 2006, por la que se concede modificación de las enseñanzas al Centro docente privado extranjero "Lycée Français de Málaga", de Málaga.

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Visto el expediente presentado por doña Yolande Medina, como representante de la Asociación para el Desarrollo del Liceo Francés, titular del Centro docente privado extranjero "Lycée Français de Málaga", sito en Málaga, C/ Los Flamencos,, Urb. Cerrado de Calderón, con código número 29009855, solicitando modificación de las enseñanzas por incremento de dos unidades del Cycle des Apprentissages Premiers y una unidad del Cycle des Apprentissages Fondamentaux, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España.

Resultando que, por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 28 de mayo de 2003 (BOJA de 17 de junio), el Centro cuenta con autorización para impartir las enseñanzas del Sistema Educativo Francés a alumnado español y extranjero de Ecole Primaire: Cycle des Apprentissages Premiers (2.º année), Cycle des Apprentissages Fondamentaux (1.º, 2.º, 3.º année), y Cycle de Approfondissements; CollÞge, y Lycée.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de Centros docentes extranjeros en España.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del Consejero Cultural Adjunto de la Embajada de

Francia en España y del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, la modificación de las enseñanzas para impartir Ecole Primaire, CollÞge, y Lycée, del Sistema Educativo Francés, para alumnado español y extranjero, al Centro docente privado extranjero "Lycée Français de Málaga", de Málaga y, como consecuencia de ello, establecer la siguiente configuración:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: "Lycée Français de Málaga".

Titular: Asociación para el Desarrollo de Liceo Francés.

Domicilio: C/ Los Flamencos, 36, Urb. Cerrado de Calderón.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código: 29009855.

Composición resultante:

- Ecole Primaire.

Cycle des Apprentissages Premiers (1.º, 2.º année) (1.º y 2.º del Segundo Ciclo de Educación Infantil): 4 unidades para 103 puestos escolares.

Cycle des Apprentissages Fondamentaux (1.º, 2.º, 3.º année) (3.º del Segundo Ciclo de Educación Infantil, y 1.º y 2.º de Educación Primaria): 7 unidades para 172 puestos escolares.

Cycle des Approfondissements (3.º a 5.º de Educación Primaria): 6 unidades para 159 puestos escolares.

- CollÞge (6.º de Educación Primaria y 1.º a 3.º de Educación Secundaria Obligatoria): 8 unidades para 214 puestos escolares.

- Lycée (2.º a Terminale) (4.º de Educación Secundaria Obligatoria y 1.º y 2.º de Bachillerato): 6 unidades para 132 puestos escolares.

Capacidad total del Centro: 780 puestos escolares.

Segundo. El Centro privado extranjero "Lycée Français de Málaga", de Málaga, deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de Lengua Española deberá impartirse con el mismo diseño y horario que establecen los Decretos de enseñanzas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulados en los Decretos 107/1992, de 9 de junio, 105/1992, de 9 de junio, y 106/1992, de 9 de junio, modificado por el Decreto 148/2002, de 14 de mayo, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente, y en el Decreto 126/1994, de 7 de junio, modificado por el Decreto 208/2002, de 23 de julio, que regula el Bachillerato.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las Areas de Conocimiento del Medio y de Ciencias Sociales y Geografía e Historia, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización a instancias del Consejero Cultural Adjunto de la Embajada de Francia en España, tendrá autorización plena.

Quinto. La presente modificación se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 24 de julio de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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