Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 14/08/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 25 de julio de 2006, de las Direcciones Generales de Ordenación y Evaluación Educativa y de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se hace pública la relación de centros seleccionados en los que se desarrollarán los ciclos formativos biling³es de Formación Profesional.

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El artículo 12 de la Orden de 8 de marzo de 2006, por la que se convocan proyectos educativos para la selección de ciclos formativos biling³es de Formación Profesional para el curso 2006/2007, establece que el Director General de Ordenación y Evaluación Educativa y la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente, a la vista de la propuesta de la Comisión de Selección, procederán a dictar la Resolución definitiva de la convocatoria.

En virtud de ello, una vez finalizados los trabajos de la Comisión de Selección, estas Direcciones Generales han resuelto lo siguiente:

Primero. Hacer pública, en el Anexo de la presente Resolución, la relación de Institutos de Educación Secundaria que han sido seleccionados para impartir ciclos formativos biling³es de Formación Profesional. Dichos Institutos aparecen relacionados por orden alfabético de provincia y localidad, y con indicación del idioma por el que se les selecciona.

Segundo. Los Institutos de Educación Secundaria seleccionados adaptarán su Proyecto de Centro a los ciclos formativos biling³es de Formación Profesional, y, en su caso, el proyecto biling³e, a lo establecido en el Acuerdo de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Fomento del Pluriling³ismo en Andalucía y a las disposiciones que lo desarrollan.

Tercero. Las Direcciones Generales de Ordenación y Evaluación Educativa y de Formación Profesional y Educación Permanente llevarán a cabo un seguimiento de los proyectos autorizados para verificar su realización, la calidad de la misma y los resultados logrados.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante estas Direcciones Generales, de conformidad con lo previsto en los artículos.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 25 de julio de 2006.- El Director General de Ordenación y Evaluación Educativa, Casto Sánchez Mellado; la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente, M.ª José Vázquez Morillo.

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