Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 13/11/2006

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Consejería de Gobernación

Anuncio de 26 de octubre de 2006, de la Secretaría General Técnica, Servicio de Legislación, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don José Torres Guirado, en nombre y representación de Urcitel, S.L., contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Almería, recaída en el expediente 04-000114-05-P.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a don José Torres Guirado, en nombre y representación de Urcitel, S.L., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso administrativo interpuesto contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a tres de octubre de dos mil seis.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería se dictó resolución en el expediente arriba referenciado.

Segundo. Notificada la misma el día 13 de mayo de 2005, por don José Torres Guirado, como representante legal de la entidad mercantil expedientada, se interpuso recurso de alzada el día 6 de junio del mismo año.

Tercero. Mediante oficio de 16 de febrero del presente año, debidamente notificado, se requirió a don José Torres Guirado para que, en un plazo máximo de diez días, remitiera la acreditación de la representación que manifestaba ostentar de la citada entidad, significándole que, en caso de no recibir dicha acreditación en el plazo indicado, se le consideraría que desistía de su derecho.

Cuarto. La acreditación de la representación no ha sido presentada ni dentro del plazo concedido para ello ni hasta la presente fecha.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación de la Consejera realizada por la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El artículo 71.1 de la LRJAP-PAC establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 70 y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Así pues, al no haber cumplimentado la persona que interpone el recurso la acreditación de la representación de la entidad sancionada, presupuesto necesario y exigido por el artículo 32 de la citada Ley 30/1992, procede el archivo por desistimiento del recurso interpuesto.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación,

RESUELVO

Archivar por desistimiento el recurso de alzada interpuesto.

Notifíquese a la interesada, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico, Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de octubre de 2006.- El Jefe de Servicio, Manuel Núñez Gómez.

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