Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 24/04/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. OCHO DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 839/2004. (PD. 1395/2006).

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NIG: 4109100C20040021331.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 839/2004. Negociado: 5.º

De: Doña María Auxiliadora Pérez Blanco.

Procuradora: Sra. Lucía Suárez-Barcena Palazuelo244.

Contra: CC.PP. Los Lagos del Serrano-La Madroña y Lagos del Serrano, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 839/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Sevilla a instancia de María Auxiliadora Pérez Blanco contra CC.PP. Los Lagos del Serrano-La Madroña y Lagos del Serrano, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia y auto de aclaración que coffiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En nombre de S.M. el Rey y en la ciudad de Sevilla, a 27 de enero de dos mil seis.

Vistos por Ilma Sra. doña Carmen Pérez Guijo, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de esta ciudad y su partido, los Autos de Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado bajo núm. 839/2004 por condena de hacer.

Son partes en este procedimiento, doña María Auxiliadora Pérez Blanco con domicilio en Montequinto y con DNI 28.605.535 asistida de Letrado Sr. Lima Gallego y representada por la Procuradora Sra. Suárez Barcena Palazuelo como demandante, contra la entidad Lagos del Serrano, S.A., con domicilio social en Bilbao y con CIF no consta, como demandada en rebeldía y la CC.PP. Los Lagos del Serrano, La Madrona Fase, con domicilio social en Gillena y con CIF E41035734, como demandada y allanada, representada por la Procuradora Sra. Sillero Fernández y asistida de Letrado Sr. Sillero Fernández. De todos ellos sus datos de filiación quedan reflejados en Autos.

F A L L O

Debo estimar y estimo la demanda promovida por la Procuradora Sra. Suárez Barcena Palazuelo en nombre y representacion acreditada en la causa.

Debo condenar y condeno a la entidad Lagos del Serrano, S.A. y CC.PP. Urbanización Lagos del Serrano Fase a que, con la mayor brevedad posible y, en todo caso en plazo de 20 días desde la notificación de esta Resolución, otorguen escritura pública de compraventa sobre la finca objeto de este procedimiento a favor de doña María Auxiliadora Pérez Blanco y su esposo, con apercibimiento que, transcurrido este plazo, se otorgará de oficio y su costa. Una vez realizada la dicha escritura pública, líbrese mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad núm. Ocho de Sevilla a fin que por el Sr Registrador se inscriba la segregación de la parcela B5, de la finca matriz núm. 3.420, inscrita al tomo 518, libro 64, folio 58 de ese registro y se proceda a la inmatriculación de la parcela B5 tal y como aquí se ha ordenado, cancelándose las inscripciones que resulten contradictorias con lo que aquí se dispone.

Debo condenar y condeno a la entidad Lagos del Serrano, S.A., a que abonen las costas de este procedimiento.

Notifíquese esta Resolución a las partes personadas con apercibimiento de los recursos que contra la misma proceden conforme al art. 248.4 LOPJ.

Llévese testimonio de esta Resolución a los autos principales y el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta, mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior Sentencia ha sido leída y publida por la Sra. Magistrado-Juez que en la misma se expresa, estando celebrando Audiencia Pública en el día de su fecha, de todo lo cual como Secretario doy fe.

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