Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 24/10/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 28 de septiembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Alcalá de Guadaira, dimanante de Procedimiento Verbal 17/2006. (PD. 4504/2007).

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Número de Identificación General: 4100442C20060000038 Procedimiento: J.VERBAL (N) 1712006. Negociado: 21

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Alcalá de Guadaira.

Juicio: J. Verbal (N) 17/2006.

Parte demandante: Juegomatic, S.A.

Parte demandada: Consolación Moreno Castillo.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTEnCIA NUm.

En Alcalá de Guadaira a veinticuatro de febrero de dos mil siete.

La Sra. doña Inmaculada Donate Valera, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Alcalá de Guadaíra y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal 17/2006 promovidos a instancia del Procurador de los Tribunales Sr. Barrios Sánchez, en nombre y representación de Juegomatic, S.A., asistida de la Letrada Sra. María José Mendoza, contra doña Consolación Moreno Castillo en situación de rebeldía procesal por esta causa, sobre reclamación de cantidad, y constando como

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Barrios Sánchez, en nombre y representación de Juegomatic, S.A., contra doña Consolación Moreno Castillo, y, en consecuencia, condenar a la demandada al pago de la cantidad de 1.656,69 euros más intereses legales, debiendo, abonar, asimismo, las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455, L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA.

En Alcalá de Guadaira (Sevilla), a veintiocho de septiembre de dos mil siete. El/La Secretario/a Judicial.

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