Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 06/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 12 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se adjudican las ayudas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, reguladas en la Orden de 29 de mayo de 2001 y convocadas por Resolución que se cita.

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Al amparo de la Orden de 29 de mayo de 2001, por la que se regula la concesión de ayudas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, se convocaron 5 becas para la realización de tesis doctorales que versasen sobre temas turísticos, mediante Resolución de 26 de marzo de 2007.

Reunida la Comisión de Selección prevista en la Orden citada, el día 18 de julio de 2007, se procedió a evaluar y a relacionar por orden de puntuación los expedientes personales de los solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden mencionada.

A la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Selección, por Resolución de 30 de julio de 2007 se establecen los beneficiarios provisionales y suplentes, concediendo un plazo de 5 días hábiles para la presentación de las alegaciones oportunas.

Vistas y analizadas las alegaciones presentadas, de acuerdo con lo contemplado en la base novena de la misma, a propuesta de la Comisión de Selección, y en uso de las atribuciones que la normativa le confieren, esta Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística,

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar cinco becas para la realización de tesis doctorales en materia de turismo, con la dotación que igualmente se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.01.00.481.00.75D a los siguientes adjudicatarios:

- Doña Eva María Agudo Gutiérrez, con DNI núm. 30.947.671-K, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Antonio M. Martínez López, con DNI núm. 29.801.061-F, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Enrique Larive López, con DNI núm. 34.035.488-L, con una dotación de 6.010,12 euros.

- Don Onofre Miralles Martín, con DNI núm. 44.295.492-E, con una dotación de 12.020,24 euros.

- Don José David Triguero Florido, con DNI núm. 33.376.119-Z, con una dotación de 6.010,12 euros.

Asimismo, se proponen como suplentes a los siguientes solicitantes, en el orden que se indica:

1. Don Alberto Gabriel Salguero Hidalgo, con DNI núm. 74.675.945-M, con una dotación de 6.010 euros.

2. Doña Isabel M. Durán Muñoz, con DNI núm. 74.860.653-T, con una dotación de 6.010,12 euros.

3. Doña Esther Roquero Ortiz, con DNI núm. 74.821.508-R, con una dotación de 6.010,12 euros.

4. Don Felipe Serrano Estrella, con DNI núm. 77.338.599-H, con una dotación de 6.010,12 euros.

5. Don José Manuel Crespo Guerrero con DNI núm. 77.327.200-G, con una dotación de 6.010,12 euros.

Segundo. El abono de las ayudas se realizará en tres pagos:

1. El primer pago correspondiente al 40 por ciento del total de la beca, se realizará tras la aceptación de la beca por el beneficiario.

2. El segundo pago correspondiente al 35 por ciento del importe total, se ordenará a los seis meses de la aceptación, previa presentación de una memoria de actividades realizadas hasta la fecha, con el visto bueno de la persona responsable de la Dirección de la tesis.

3. El tercer y último pago, correspondiente al 25 por ciento restante, se ordenará tras la finalización de la tesis, y tras la acreditación de su presentación en el Registro General de la Universidad correspondiente, tras la conformidad de la dirección facultativa, una vez entregado el trabajo en lengua castellana y soporte de papel e informático a la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y presentada la documentación justificativa de los gastos.

Tercero. Los adjudicatarios de las becas, de conformidad con lo previsto en la base novena de la referida Orden, se comprometen a las siguientes actuaciones, sin perjuicio de las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en las letras a) a d) del artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

a) El compromiso de realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa avalado por el Director de la tesis.

b) Dar cuenta por escrito de la marcha de su trabajo, trimestralmente, al director facultativo nombrado por la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística. Una vez finalizada la tesis, en un plazo máximo de tres meses, los becarios presentarán la documentación a que se refiere el artículo 5 de la citada Orden de 29 de mayo de 2001, y correspondiente al tercer y último pago de la beca.

c) Los beneficiarios deberán facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, y la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, estatales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de esta Resolución.

Quinto. Los adjudicatarios deberán proceder a la aceptación de la beca en el plazo de quince días hábiles desde la notificación individual de esta Resolución, quedando sin efecto su selección en caso contrario.

Sexto. Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de septiembre de 2007.- La Directora General, M.ª Francisca Montiel Torres.

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