Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de enero de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte, de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 132/2006. (PD. 892/2008).

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NIG: 4109142C20060003979.

Procedimiento: Verbal-Desah. F. Pago (N) 132/2006. Negociado: 1.

Sobre: Verbal (Desahucio).

Procuradora: Sra. Macarena Peña Camino.

Contra: Doña Carmen Herrero García.

edicto

cédula de Notificación

En el procedimiento Verbal-Desah. F. Pago (N) 132/2006-1.º seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Veinte, de Sevilla a instancia de Emvisesa contra doña Carmen Herrero García sobre Verbal (Desahucio), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm.

En Sevilla, a nueve de junio de dos mil seis.

El Sr. don Francisco Javier Sánchez Colinet, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veinte, de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Verbal-Desah. F. Pago (N) 132/2006 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Emvisesa con Procuradora doña Macarena Peña Camino192 y Letrado don/doña; y de otra como demandada doña Carmen Herrero García con Procurador/a don/doña y Letrado/a don/doña, sobre Verbal (Desahucio), y,

fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Macarena Peña Camino en nombre y representación de Emvisesa, contra doña Carmen Herrero García, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la parte demandada de la finca, sita en C/ Tipuana, 3, de Sevilla, condenando a la demandada a su desalojo con apercibimiento de ser lanzada a su costa si no lo verifica en el término de Ley; asimismo, le condeno al pago de la cantidad de 3.308,96 euros en concepto del as rentas, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, primas de seguros y gastos de devolución devengados por la entidad de crédito por impago de los recibos por los períodos mensuales expresados, más las cantidades que sean adeudadas por la misma desde la fecha de la presente demanda hasta su desalojo, más los intereses legales y costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Carmen Herrero García extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de enero de dos mil siete.- El/La Secretario.

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