Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 17/04/2008

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Consejería de Medio Ambiente.

Anuncio de 19 de marzo de 2008, de la Delegación Provincial de Granada, de Notificación de Inicio del deslinde, Expte.MO/00077/2007, del monte Monte del Pueblo de La Zubia, Código GR-30012-CAY.

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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público para el conocimiento de los interesados que se relacionan, a los que no ha sido posible notificar personalmente en cuanto se desconoce dónde efectuar ésta, el siguiente acto administrativo.

Núm. expte. MO/00077/2007.

La Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 36 de la ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los arts. 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias que le vienen atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura general básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 14 de enero de 2008, ha acordado el inicio del deslinde, Expte. MO/00077/2007, del monte "Monte del Pueblo de La Zubia" cuya parte dispositiva es la siguiente:

"1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del monte Monte del Pueblo de La Zubia, Código de la Junta de Andalucía GR-30012-CAY propiedad de Ayuntamiento de La Zubia y sito en el término municipal Zubia (La), provincia de Granada, relativo a zona limítrofe con casco urbano del municipio de La Zubia.

2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el art. 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente".

Dado que sus intereses pudieran resultar afectados, se hace público por este medio a fin de instruirles sobre el inico del presente expediente de conformidad con lo establecido en el art. 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra este acto de trámite que no impide continuar el procedimiento, no cabe interponer recurso en vía administrativa pudiéndose oponerse al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (art. 107 y ss. de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, en esta Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en C/ Marqués de la Ensenada, núm. 1. 18004, Granada, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.

Granada, 19 de marzo de 2008.- La Delegada, Marina Martín Jiménez.

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