Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 14/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 7 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la Modificación de Trazado, y Desafectación parcial, de la vía pecuaria denominada «Vereda de Baena a Cañete», en el tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba. VP @275/03.

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Examinado el Expediente de Modificación de Trazado, y Desafectación parcial, de la vía pecuaria «Vereda de Baena a Cañete», tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria «Vereda de Baena a Cañete», en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba, fue clasificada por la Orden Ministerial de fecha 7 de marzo de 1959, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 20 de marzo de 1959.

Segundo. A fecha de 23 de diciembre de 2003, el Ministerio de Fomento solicita la Modificación Parcial de Trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de Baena a Cañete» de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, en el tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, en la provincia de Córdoba.

Tercero. Mediante Resolución de 20 de diciembre de 2006, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se acordó iniciar el procedimiento administrativo de Modificación de Trazado, de la vía pecuaria «Vereda de Baena a Cañete», en el tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba.

Esta modificación de trazado está motivada por la construcción de la N-432, en el tramo de la variante de Baena, que afecta a un tramo de la citada vía pecuaria de 91,85 metros, dicho tramo se sustituye por dos carriles alternativos que partiendo desde la vía pecuaria cruzan la N-432 por un paso inferior. Dichos carriles tendrán una longitud de 410 metros, una anchura de 6 metros, y el paso será inferior tipo marco de dimensiones 7 X 5,50 metros.

Cumple esta modificación de trazado con los requisitos que establece el artículo 32 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, asegurando el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad y la continuidad de la vía pecuaria, de manera que sea posible el tránsito ganadero, y los demás usos compatibles y complementarios de que pueda ser objeto, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en sus artículos 16 y 17, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Andalucía, en sus artículos 54 a 58 inclusive.

Cuarto. Redactada la Propuesta de Modificación Parcial de Trazado, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 111, de fecha de 21 de junio de 2007.

A dicha proposición de modificación parcial de trazado no se han presentado alegaciones.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente procedimiento de modificación del trazado, en virtud de lo preceptuado en el artículo 37 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que el presente procedimiento de modificación del trazado se ha realizado conforme a la clasificación, y que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable de la modificación de trazado formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, con fecha 27 de agosto de 2007,

RESUELVO

Aprobar la Modificación de trazado, y desafectación parcial, de la vía pecuaria denominada «Vereda de Baena a Cañete», en el tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud resultante de la modificación del trazado: 410 metros lineales.

- Anchura resultante de la modificación del trazado: 6 metros lineales.

- Longitud desafectada y modificada: 91,85 metros lineales.

- Anchura desafectada y modificada: 20,89 metros lineales.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 7 de diciembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos.

Anexo a la Resolución de fecha 7 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba la Modificación de Trazado, y Desafectación parcial, de la vía pecuaria denominada «Vereda de Baena a Cañete», en el tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, en el tramo de la variante de Baena, en el término municipal de Baena, provincia de Córdoba

Relación de Coordenadas U.T.M., «Vereda de Baena a Cañete», en el tramo de unos 100 metros afectados por la construcción de la carretera N-432, en el tramo de la variante de Baena

Tramo desafectado y modificado:

Núm. Punto X (m) Y (m) Núm. Punto X (m) Y (m)
1D 384296,90 4165881,36 1I 384317,62 4165883,98
2D 384295,05 4165896,00 2I 384315,59 4165900,09
3D 384289,75 4165915,41 3I 384309,68 4165921,71
4D 384281,95 4165937,07 4I 384300,96 4165945,93
5D 384267,31 4165962,24 5I 384284,72 4165973,86

Tramo resultante de la modificación del trazado:

Núm. Punto X (m) Y (m) Núm. Punto X (m) Y (m)
1D 384296,90 4165881,36 1I 384297,66 4165875,34
2D 384283,62 4165877,57 2I 384285,41 4165871,84
3D 384262,84 4165870,54 3I 384264,76 4165864,86
4D 384238,54 4165862,38 4I 384240,29 4165856,64
5D 384206,65 4165853,66 5I 384208,00 4165847,81
6D 384179,38 4165848,52 6I 384180,25 4165842,58
7D 384142,24 4165844,62 7I 384142,66 4165838,63
8D 384126,00 4165844,04 8I 384123,94 4165837,96
9D 384117,02 4165851,43 9I 384111,93 4165847,85
10D 384107,01 4165879,61 10I 384100,62 4165879,67
11D 384111,61 4165891,86 11I 384106,91 4165896,41
12D 384141,23 4165904,20 12I 384138,92 4165909,74
13D 384178,91 4165919,98 13I 384176,60 4165925,52
14D 384213,20 4165934,30 14I 384210,89 4165939,84
15D 384250,08 4165949,71 15I 384247,12 4165954,97
16D 384267,31 4165962,24 16I 384263,68 4165967,02
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