Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 23/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 12 de enero de 2009, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Cádiz (Expte. núm. 029/2008/SIM).

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos de las mismas es privativo de ellas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 2 de diciembre de 2008, y teniendo en cuenta lo establecido en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz la inscripción en el referido Registro del escudo y bandera municipal, que ostenta de forma tradicional en virtud de uso o costumbre, tal y como se justifica mediante estudio histórico y certificación de su vigencia.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la mencionada Ley, se procede a su descripción:

- Escudo: En el centro la figura de Hércules revestido con la piel de un león, flanqueado por otros dos que el héroe agarra por las melenas, con una columna a cada lado portando la inscripción: «Non plus ultra», y en la bordura, esta otra inscripción: «Hercules Fundator Gadium Dominatorque». Se remata en su parte superior con una corona de tipo ducal.

- Bandera: Rectangular, de color rojo carmesí y con el escudo municipal en el centro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo y la bandera del municipio de Cádiz en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de enero de 2009.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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