Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

Anuncio de 14 de octubre de 2009, del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, de bases para la selección de diversas plazas vacantes.

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Resolución de 13 de octubre de 2009 de la Alcaldesa-Presidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga.

Convocatoria y bases que han de regir, en el marco de consolidación de empleo temporal, para la provisión como funcionario de carrera de diversas plazas vacantes en la plantilla de personal de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga, incorporadas a las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los años 2001, 2002 y 2004.

BASES GENERALES

1. Normas generales.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, como funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición libre, de las plazas vacantes en la plantilla del personal funcionario de esta Gerencia Municipal de Urbanismo incorporadas a las Ofertas de Empleo Público correspondientes a los años 2001 (BOE núm. 239, de fecha 5.10.2001); 2002 (BOE núm. 128, de fecha 29.5.2002 modificada BOE núm. 162, de fecha 8.7.02); 2004 (BOE núm. 152, de fecha 24.6.2004); y en la denominación, turno, encuadre y anexos específicos, que a continuación se relacionan:

DENOMINACIÓN GRUPO NÚM.
VACANTES
TURNO ANEXO
Libre R. Discapacitados
ESCALA DE ADMÓN. GENERAL
Subescala Técnica
Técnico Admón. Gral. A1 1 0 1
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL
Subescala Técnica
Clase Técnico Superior
Arquitecto Superior A1 1 0 2
Clase Técnico Medio
Arquitecto Técnico A2 2 0 3
Ingeniero Téc.Obras Públicas A2 1 0 4
Clase Técnico Auxiliar
Técnico en Proyectos,
Construcciones y Obras Civiles C1 1 0 5

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación las bases de la presente convocatoria, y en lo no previsto en ellas, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 17 de junio; el R.D. 364/95, de 10 de marzo; Decreto 2/2002, de 9 de enero, de la Junta de Andalucía; la Ley 30/92, de 26 de noviembre y Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre Empleo Público de Discapacitados y normativa que la desarrolla.

Los aspirantes seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidad establecido por la normativa vigente.

1.3. Requisitos.

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes que se presenten por el sistema de turno libre deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

II. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

III. Estar en posesión del título indicado en los anexos específicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

IV. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

V. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

B) Todos los requisitos a los que se refiere la base 1.3 deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. Procedimiento de selección.

Fase de oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas cada una de ellas, siendo una sola la correcta, correspondiente a los temarios de las respectivas bases.

El número de preguntas y duración del ejercicio será fijado por el Órgano de Selección.

La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos que se alcanzará con la respuesta correcta de la mitad de las preguntas planteadas. No puntuarán negativamente las respuestas erróneas y/o las preguntas no contestadas. La puntuación será la que resulte proporcional al número de respuestas acertadas. El ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

Segundo ejercicio:

Para los Grupos A, B y C, y consistirá en la presentación oral, defensa y debate durante un plazo máximo de 10 minutos, de una Memoria elaborada por el aspirante que versará sobre las tareas, cometidos y funciones de la plaza convocada, su incardinación en el Área donde esté encuadrada, sobre su conocimiento, aptitud y dominio de los mecanismos necesarios para desempeñar las funciones habituales de la misma. El ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

La Memoria será presentada por escrito con la antelación necesaria para su análisis por el Órgano de Selección, en el plazo señalado por este.

Para los Grupos D y E el ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico adecuado a la plaza a la que se aspira, a elegir de entre dos propuestos por el Órgano de Selección sobre el apartado de Materias Específicas del temario y relacionado con las funciones propias de la plaza a que se opta.

Los aspirantes podrán utilizar textos legales no comentados a criterio del órgano de selección en función del tipo de ejercicio planteado.

La calificación de este ejercicio se determinará hallando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Órgano de Selección, con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

La puntuación de la fase de oposición será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, siendo la puntuación máxima a obtener en la fase de oposición de 20 puntos.

Fase de concurso.

A) Experiencia profesional (sólo se tendrán en cuenta meses completos): Se computarán los servicios prestados hasta el día en que se inicie el plazo para la presentación de instancias.

1. Por cada mes de servicio prestado en esta Administración Local, en plaza y/o puesto igual al convocado, 0,15 puntos.

2. Por cada mes de servicio prestado en cualquier otra Administración Pública o en la empresa privada en plaza y/o puesto igual al convocado, 0,04 puntos.

En ningún caso se valorará los servicios prestados en plaza igual a la convocada en comisión de servicio o funciones de superior categoría.

A efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos de los apartados precedentes (A.1 y A.2) por servicios prestados durante el mismo período de tiempo, valorándose proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (A) será de 8,00 puntos.

Los servicios prestados en la Administración se acreditarán con certificado del Organismo correspondiente y los prestados en empresa privada se acreditarán a través del contrato de trabajo visado por el SAE e Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social, o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria.

No se computarán en ningún caso los servicios prestados como funcionario de empleo.

B) Formación.

Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas organizados por la Administración Pública u Organismos de ella dependiente, u otras Entidades Públicas o Privadas en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales, con contenidos relacionados con las plazas objetos de la convocatoria, debidamente acreditados:

De menos de 10 horas lectivas o de 1 día de duración: 0,15 puntos.
De 10 a 20 horas lectivas o hasta 3 días de duración: 0,25 puntos.
De 21 a 50 horas lectivas o hasta 7 días de duración: 0,35 puntos.
De 51 a 80 horas lectivas o hasta 10 días de duración: 0,40 puntos.
De 81 a 150 horas lectivas o hasta 20 días de duración: 0,45 puntos.
De 151 a 250 horas lectivas o hasta 30 días de duración: 0,50 puntos.
De más de 250 horas lectivas o más de 30 días de duración: 0,55 puntos.

En las plazas de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico de Obras Públicas y Técnico en Proyectos, Construcciones y Obras Civiles, independientemente a los puntos que correspondan al aspirante según la tabla anterior, se puntuará con los siguientes puntos cada prueba que se haya superado en un procedimiento selectivo realizado en la Administración Pública para un puesto igual o similar al convocado:

1. Arquitecto Técnico: 1,5 puntos.

2. Ingeniero Técnico de Obras Públicas: 0,5 puntos.

3. Técnico en Proyectos, Construcciones y Obras Civiles: 3 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (B) será de 6,4 puntos.

C) Otros méritos.

Por cada premio obtenido en concursos patrocinados o promovidos por las Administraciones Públicas o entidades privadas en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada impartición de curso homologado por la Administración Pública en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada impartición de seminario homologado por la Administración Pública en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada impartición de conferencia homologada por la Administración Pública en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada impartición de jornada en congreso homologado por la Administración Pública en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada trabajo evaluado favorablemente por la Administración Pública en materia relacionada con el puesto a que se opta: 0,25.

Por cada Jefatura desempeñada en la administración Pública en puesto en que se desarrolla materia igual o similar al puesto a que se opta: 0,25.

Por cada cargo directivo desempeñado en la empresa privada en puesto en que se desarrolla materia igual o similar a la del puesto a que se opta: 0,25.

Los referidos méritos serán acreditados mediante certificación de la entidad/empresa organizadora del curso/concurso/documento/conferencia/empresa en la que se haya ejercido el cargo en cuestión y Administración en las que se hayan desempeñado las jefaturas antedichas.

El cumplimiento de cada una de las cuestiones anteriores se puntuará con 0,25 puntos, siendo la puntuación máxima a obtener en este apartado (C) de 1,6 puntos.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del baremo anterior, siendo la puntuación máxima a obtener en la fase de concurso de 16,00 puntos.

Entrevista curricular.

Tendrá carácter obligatorio y una duración máxima de 10 minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante y su adecuación y relación con las funciones y cometidos propios de la plaza a la que se opta.

La calificación de la entrevista se determinará hallando la media de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Órgano de Selección, con un máximo de 2 puntos.

La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concursos, oposición, y entrevista curricular (máximo 38 puntos).

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación obtenida por la suma de las fases de concurso y de la oposición.

2.º Mayor puntuación en la fase de oposición.

3.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

4.º Mayor puntuación en servicios prestados en la Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez Málaga.

5.º Mayor puntuación en servicios prestados en Administración Local.

6.º Mayor puntuación en servicios prestados en Administración Pública.

7.º Mayor puntuación en servicios prestados en Empresa privada.

8.º Por el orden alfabético establecido en la correspondiente convocatoria para la actuación de los aspirantes en aquellas pruebas que no pueden realizarse de forma conjunta.

2. Desarrollo de los ejercicios.

2.1. El orden de intervención será el alfabético, comenzando por el aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «L», de conformidad con la Resolución de 23 de febrero de 2009, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen y que se celebren durante el año.

2.2. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el Tablón de Anuncios de esta Gerencia de Urbanismo y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

2.3. En los ejercicios que no sean leídos públicamente se adoptarán medidas tendentes a impedir que se conozca la identidad de los autores del mismo hasta la total corrección.

2.4. En cualquier momento los Órganos de Selección podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad, por lo que deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quiénes no comparezcan.

2.6. Los programas que rigen estas pruebas selectivas son los que figuran para cada categoría en los correspondiente Anexos.

2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimientos del Órgano de Selección que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.

2.8. El Órgano de Selección adoptará acuerdo haciendo pública la plantilla con las respuestas correctas y los interesados podrán formular en el plazo de 3 días hábiles las alegaciones sobre el cuestionario que estimen oportunas, debiendo resolverlas el Órgano de Selección en idéntico plazo, considerándose definitivo el acuerdo adoptado.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes indicando que se reúnen todos los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se presentarán dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En ellas se indicará necesariamente la plaza a la que se opta.

Se presentarán, a ser posible, en el impreso que facilitará esta Gerencia de Urbanismo, acompañadas de fotocopia del DNI y de la titulación exigida.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de esta Gerencia de Urbanismo o, asimismo, en la forma establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse de oficio o a petición del interesado en cualquier momento.

3.4. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo al que aspira.

3.5. Los méritos a considerar en la fase de concurso serán los debidamente alegados, acreditados y aportados por el aspirante hasta el último día de admisión de solicitudes de la respectiva convocatoria, siendo de su exclusiva responsabilidad la adecuada alegación y justificación de los méritos, sin que en ningún caso, una vez expirado el plazo referido, pueda aportar documentación complementaria que acredite extremos no explicitados o no justificados en el plazo previsto, limitándose el tribunal a valorar exclusivamente la documentación aportada por el interesado en el plazo establecido para la presentación de solicitudes y documentación.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio, así como la composición nominativa del Órgano de Selección.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

4.3. Transcurrido el plazo antes referido, las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la resolución que dicte la Sra. Alcaldesa-Presidenta declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos que se publicará en el Tablón de Anuncios de esta Entidad.

4.4. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

4.5. En el supuesto de que por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

5. Órgano de selección.

5.1. El Órgano de Selección estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Funcionario de carrera o experto designado por la Sra. Alcaldesa.

Vocales:

Tres funcionarios de carrera o expertos designados por la Sra. Alcaldesa.

Un funcionario de carrera de la Junta de Andalucía designado por la Consejería de Gobernación.

Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Todos los integrantes del Órgano de Selección actuarán con voz y voto, excepto el Secretario que sólo tendrá de voz.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

5.2. Los Órganos de Selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas.

5.3. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de el Presidente, el Secretario y de la mitad, al menos, de los vocales, titulares o suplentes indistintamente. En caso de empate al adoptar un acuerdo, decidirá el voto de calidad de presidente.

En caso de ausencia accidental del Presidente y/o el Secretario serán sustituidos conforme a lo dispuesto en los artículos 23.2 y 25.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.4. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la Sra. Alcaldesa, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.5. El Sr. Presidente del Órgano de Selección podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.6. El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.7. Los miembros del Órgano de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8. Los miembros del Órgano de Selección percibirán las dietas y asistencias establecidas por la legislación vigente. El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Los asesores-especialistas y el personal administrativo que realicen sus funciones en el proceso selectivo serán retribuidos en la misma cuantía que los vocales del Órgano de Selección.

5.9. Por la Presidencia se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya. Este personal estará adscrito a dicho Órgano de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.10. Las resoluciones de los Órganos de Selección vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92. Contra las resoluciones y actos del Órgano de Selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso administrativo ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente.

5.11. El Órgano de Selección queda facultado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.

6. Lista de aprobados, presentación de documentos y contratación.

6.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en el tablón de Anuncios de la Gerencia de Urbanismo.

6.2. En el plazo de veinte días hábiles los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en el Departamento de Personal la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

6.3. Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser contratado y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ésas y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

8. Reclamaciones.

Los interesados/as podrán interponer reclamación en el plazo de 3 días hábiles, ante el Órgano de Selección sobre cualquier decisión o acuerdo que les afecte, incluidas las calificaciones otorgadas, y este deberá resolver en idéntico plazo la reclamación, adquiriendo la decisión adoptada carácter definitivo.

Contra dicha Resolución definitiva los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de 1 mes, ante la Ilma. Sra. Alcaldesa. Dicho recurso podrá plantearse directamente a dicho Órgano en el plazo señalado, sin necesidad de reclamación previa ante el Órgano de Selección.

9. Recurso.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO 1

CONVOCATORIA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

1. Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Técnico de Administración General, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnico, perteneciente al Grupo A1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición y entrevista curricular, correspondiente a la OEP del año 2001.

2. Requisitos específicos: Titulación de Licenciado en derecho, en administración y dirección de empresas, en Ciencias Políticas, en ciencias económicas o empresariales, Intendente Mercantil o actuario o titulaciones declaradas legalmente equivalentes.

3. Temario:

A) Materias comunes:

1. La Constitución Española de 1978: Características Generales. Estructura y principios que la informan. La reforma constitucional.

2. Derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española. El sistema de garantías de las libertades y derechos fundamentales. Supresión de los derechos y libertades.

3. La Corona: Las funciones constitucionales del Jefe del Estado. Sucesión y Regencia. El Refrendo.

4. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento.

5. El Poder Ejecutivo. Designación, remoción y responsabilidad del Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del Gobierno.

6. El Poder Judicial: principios constitucionales. Organización de la Administración de Justicia en España. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias. El Tribunal Supremo.

7. El Tribunal Constitucional: organización y competencias. El Defensor del Pueblo.

8. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias.

9. La Comunidad Autónoma Andaluza: Organización y Competencias. Estructura y Disposiciones Generales del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

10. El régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica. Relaciones entre entes territoriales.

11. La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Administración Autonómica. Administración Local.

12. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

13. El concepto del derecho administrativo. Procedimiento administrativo general. Características.

14. La relación jurídico-administrativa. Nacimiento. Modificación. Extinción. Contenido de la relación.

15. Las Haciendas locales. Recursos de los Municipios.

16. Tributos propios de los Municipios. Impuestos. Tasas. Contribuciones Especiales.

17. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El principio de igualdad en el empleo público.

18. El personal al servicio de las Entidades Locales: Concepto y clases. Organización de la función pública local.

B) Materias específicas.

1. El municipio. El término municipal. La población municipal: consideración especial de vecino.

2. La potestad reglamentaria en la esfera local: Ordenanzas, Reglamentos y Bandos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

3. Organización municipal: órganos necesarios y complementarios. El alcalde: atribuciones. Moción de censura y cuestión de confianza. Los tenientes de Alcalde. Los Concejales Delegados.

4. Órganos de gobierno de los municipios de Régimen común: El Pleno. Composición. Funciones. La Junta de Gobierno Local. Comisiones Informativas.

5. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Clases de sesiones. Requisitos y procedimientos de constitución y celebración. Clases y forma de los acuerdos. Actas y certificaciones.

6. Notificación y publicación de acuerdos y actos locales. Actos que ponen fin a la vía administrativa. Régimen de impugnación de actos y acuerdos locales.

7. Las formas de acción administrativa con especial incidencia en la esfera local: fomento, policía y servicio público.

8. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Dominio público local. Bienes comunales y patrimoniales.

9. Competencia de los órganos de las Administraciones Públicas. Creación de órganos administrativos. Delegación de competencias. Avocación. Encomienda de gestión. Delegación de firma. Suplencias. Comunicaciones entre órganos.

10. Los interesados. Concepto. Capacidad de obrar. Representación. Pluralidad de interesados. Abstención y recusación.

11. Normas generales aplicables a la actividad de las Administraciones públicas. Derechos de los ciudadanos. Lengua de los procedimientos. Derechos de acceso a Archivos y Registros. Comparecencia de los ciudadanos.

12. Obligación de resolver. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud de interesado. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Incorporación de medios técnicos. Validez y eficacia de documentos y copias.

13. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.

14. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad. Efectos. Notificación. Práctica de la notificación. Publicación.

15. Nulidad y anulabilidad. Conversión de actos viciados. Convalidación.

16. Iniciación del procedimiento administrativo. Clases de iniciación. Acumulación. Subsanación y mejora de la solicitud.

17. Ordenación del procedimiento administrativo. Impulso y celeridad. cumplimiento de trámites. Cuestiones incidentales.

18. Instrucción del procedimiento. Actos de instrucción. Alegaciones. Prueba. Práctica de la prueba. Informes, petición y evacuación.

19. La participación de los interesados en el procedimiento administrativo. Trámite de audiencia. Actuación de los interesados. Información pública.

20. Finalización del procedimiento administrativo. Terminación convencional. Desistimiento y renuncia. Caducidad, requisitos y efectos.

21. La ejecución del acto administrativo. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.

22. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revisión de disposiciones y actos nulos. Declaración de lesividad de actos anulables. Suspensión. Límites de la revisión.

23. Los recursos administrativos. Principios generales. Objeto y clases. El recurso extraordinario de revisión. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición, el recurso extraordinario de revisión.

24. Las reclamaciones previas a la vía judicial civil. Iniciación. Instrucción. Resolución.

25. Las reclamaciones previas a la vida judicial laboral. Tramitación.

26. La potestad sancionadora. Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías.

27. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Principios de la responsabilidad. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas. Indemnización. Procedimiento abreviado. Responsabilidad de derecho privado.

28. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Exigencia de responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Responsabilidad penal.

29. El Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Derechos y deberes de los empleados públicos.

30. Situaciones administrativas del personal al servicio de la Administración Local. Régimen disciplinario.

31. Reglamento de Organización Interno y Estructura Administrativa del Ayuntamiento de Vélez-Málaga. El personal de la Gerencia de Urbanismo de Vélez-Málaga. Estructura de la Gerencia de Urbanismo.

32. Licencia de apertura de locales o establecimientos. Tramitación de solicitudes y documentos necesarios. Ordenanza Municipal de Apertura de establecimientos donde se ejerzan actividades clasificadas de Vélez-Málaga.

33. Instrumentos de prevención y control ambiental en La Ley 7/07, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Especial referencia a la calificación ambiental: Actividad sujetas. Procedimiento de calificación ambiental.

34. Actividades inocuas en el término municipal de Vélez-Málaga. Límites de carácter general. Tramitación municipal de licencias de apertura para actividades inocuas.

35. Cambios de titularidad, modificaciones de la actividad y modificaciones del establecimiento. Requisitos y procedimiento.

36. La regulación de las hojas de queja y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarios en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ella.

37. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA): Los instrumentos de ordenación urbanística. Planeamiento general y planeamiento de desarrollo.

38. Competencias para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento.

39. Efectos de la aprobación del planeamiento. Vigencia e innovación de los mismos. Información pública y publicidad.

40. Los actos preparatorios de la elaboración y aprobación de los instrumentos de planeamiento. Los Avances.

41. El Plan General Municipal de Ordenación. Contenido y Ámbito territorial. Otros instrumentos de planeamiento general.

42. Los Planes de Sectorización. Función y concepto. Contenido. Dialéctica Plan de Sectorización-Plan General.

43. Los Planes Parciales de Ordenación. Concepto y función. Determinaciones. Ámbito territorial.

44. Los Planes Especiales. Concepto y función. Determinaciones. Ámbito territorial. Dialéctica Plan Especial-Plan General.

45. Los Estudios de Detalle. Estudio Jurisprudencial del contenido de los Estudios de Detalle. Los Catálogos.

46. Otros instrumentos de ordenación urbanística: Normativas directoras para la ordenación urbanística y Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.

47. La Ordenanza Municipal de Tramitación de los Proyectos de Urbanización de Vélez-Málaga. Procedimiento de aprobación. Las adaptaciones de detalle.

48. Los Convenios Urbanísticos de planeamiento y de gestión. Tramitación y principios reguladores de los mismos.

49. El régimen urbanístico del suelo. La clasificación del suelo en el Real Decreto Legislativo 2/2008 y en la LOUA. Derechos y deberes de los propietarios de cada clase de suelo.

50. Actuaciones de interés público en suelo no urbanizable. Aprobación de los Proyectos de Actuación. Ordenanza municipal reguladora de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable.

51. La ejecución de los instrumentos de planeamiento. Contenido y desarrollo de la actividad administrativa de ejecución. Presupuestos.

52. Los gastos de urbanización. La conservación de las urbanizaciones. Entidades Urbanísticas de Conservación.

53. La actuación por unidades de ejecución. Características, requisitos y delimitación.

54. Sistemas de actuación. Elección y establecimiento. Sustitución del sistema.

55. El sistema de compensación. Características. Iniciativa para el establecimiento. Objeto. Procedimiento y efectos. La Junta de Compensación.

56. El sistema de cooperación. Características. Aplicación sustitutoria. Liquidación de la actuación.

57. El sistema de expropiación. Características. Relación de propietarios y descripción de bienes y derechos. Justiprecio y pago en especie.

58. La ejecución de las dotaciones. Formas de obtención del suelo. Ocupación y expropiación de los terrenos destinados a dotaciones.

59. Las licencias urbanísticas. Actos sujetos a licencia urbanística municipal. Actos promovidos por Administraciones Públicas.

60. Competencia para el otorgamiento de las licencias urbanísticas. Procedimiento de otorgamiento. Eficacia temporal y caducidad de la licencia. Normativa urbanística sobre actos de intervención de la actividad de los particulares en el PGOU de Vélez-Málaga.

61. Requisitos comunes y especiales para la concesión de licencias de acuerdo con el PGOU de Vélez-Málaga. Particularidades de las licencias de obra menor. Efectos legales del otorgamiento de la licencia por silencio administrativo. La edificación y urbanización simultáneas. Requisitos.

62. La inspección urbanística. Contenido y efectos. Naturaleza, funciones y alcance de la inspección.

63. La protección de la legalidad urbanística. El restablecimiento del orden jurídico perturbado. Plazo para el ejercicio de la potestad de protección.

64. Los actos en curso de ejecución sin licencia o contraviniendo sus condiciones. Medidas cautelares de suspensión. Consecuencias de la inobservancia de las mismas.

65. Relación entre las actuaciones de protección de la legalidad y el procedimiento sancionador. Requerimiento de legalización y procedimiento sancionador.

66. Restablecimiento del orden jurídico perturbado. Procedencia de la medida de reposición de la realidad física alterada.

67. Las infracciones urbanísticas. Consecuencias legales. Sujetos responsables. Clases de infracciones.

68. El deber de conservación y rehabilitación. Inspección periódica. Órdenes de ejecución.

69. La declaración de ruina. Situación legal de ruina urbanística. Especialidades de la ruina física inminente.

70. La Adaptación del Plan General de Vélez-Málaga a la LOUA: Contenido y alcance. Especial referencia al Decreto 11/2008, de 22 de enero, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

71. El Plan Especial de Protección del Centro Histórico de Vélez-Málaga: ámbito, aplicación, vigencia y revisión.

72. La Gerencia Municipal de Urbanismo de Vélez-Málaga. Naturaleza administrativa. Estatutos. Naturaleza, fines y competencias.

ANEXO 2

CONVOCATORIA DE ARQUITECTO SUPERIOR

1. Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Arquitecto, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Superior, perteneciente al Grupo A1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición y entrevista curricular, correspondiente a la OEP del año 2002.

2. Requisitos específicos: Titulación de Arquitecto o equivalente.

3. Temario:

A) Materias comunes.

1. Principios Generales y estructura de la Constitución Española de 1978.

2 .Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las funciones del rey. Sucesión, regencia y tutela. El refrendo.

4. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

5. Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales.

6. La Ley. Clases de Leyes.

7. El Administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos en la administración.

8. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.

9. La responsabilidad de la Administración.

10. Estructura de la Administración Local: Entidades Locales Territoriales y otras Entidades Locales.

11. Organización y competencias municipales.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. Personal al servicio de Entidad Local. La función pública local.

14. Organización y selección del personal al servicio de la administración pública.

15. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario.

16. Incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones públicas.

17. Situaciones administrativas del personal al servicio de la administración pública.

18. Tributos propios de los municipios. Impuestos, tasas y contribuciones especiales.

B) Materias específicas.

19. Antecedentes históricos del planeamiento general de Vélez-Málaga.

20. Disposiciones de carácter general en el suelo urbano del municipio de Vélez-Málaga.

21. Tipos de unidades de ejecución en el suelo urbano no consolidado de Vélez-Málaga.

22. Áreas de reparto en el suelo urbano y urbanizable recogidas en PGOU/96.

23. Disposiciones de carácter general sobre el ámbito, vigencia y revisión del Plan General.

24. Suelo urbanizable sectorizado del municipio de Vélez-Málaga. Disposiciones de carácter general.

25. Suelo urbanizable no sectorizado del municipio de Vélez-Málaga. Disposiciones de carácter general.

26. Suelo no urbanizable del municipio de Vélez-Málaga. Disposiciones de carácter general.

27. Determinaciones sobre el planeamiento de desarrollo en el Plan General de Vélez-Málaga.

28. Disposiciones de carácter general respecto a la ejecución del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, en el Plan General de Vélez-Málaga.

29. Tipos de licencias en el Plan General. Procedimiento y tramitación.

30. Clasificación y categorización del suelo en el Plan General de Vélez-Málaga.

31. Regulación de los usos en el Plan General de Vélez-Málaga.

32. Áreas de reparto definidas en la Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU/96.

33. Sistemas de espacios libres y equipamientos en el Plan General de Vélez-Málaga.

34. Regulación del suelo urbanizable sectorizado en el Plan General de Vélez-Málaga.

35. Regulación del suelo urbanizable no sectorizado en el Plan General de Vélez-Málaga.

36. Regulación del suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

37. Aprovechamiento medio, aprovechamiento objetivo y aprovechamiento subjetivo en el Plan General de Vélez-Málaga.

38. Coeficientes de ponderación en el Plan General de Vélez-Málaga.

39. Determinaciones en el Plan General de Vélez-Málaga, para el aumento de densidades en unidades de ejecución y sectores.

40. Condiciones bajo las que se regula la edificación conjunta de parcelas en la tipología de viviendas unifamiliares adosadas.

41. Naturaleza, objeto y objetivos generales del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

42. Sistemas de Asentamientos, comunicaciones y transportes en el término municipal de Vélez-Málaga dimanante del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

43. Determinaciones para la ordenación y compatibilización de usos del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

44. Zonas de relevancia Territorial del término municipal de Vélez-Málaga al amparo del Plan de Ordenación del Territorio de la costa del Sol Oriental-Axarquía.

45. Disposiciones y determinaciones generales de los Planes Generales regulados en el Reglamento de Planeamiento.

46. Determinaciones particulares en suelo urbano urbanizable y no urbanizable, atendiendo a lo regulado en el RPU.

47. Disposiciones generales y determinaciones de los Planes Parciales de Ordenación regulados en el Reglamento de Planeamiento.

48. Documentación de los Planes Parciales de Ordenación regulados en el Reglamento de Planeamiento.

49. Contenidos de las ordenanzas de los Planes Parciales de Ordenación regulados en el RPU.

50. Disposiciones generales y determinaciones de los estudios de detalle regulados en el Reglamento de Planeamiento.

51. Disposiciones generales y determinaciones de los proyectos de urbanización regulados en el Reglamento de Planeamiento.

52. Disposiciones generales y determinaciones de los planes especiales regulados en el Reglamento de Planeamiento.

53. Reservas de suelo para dotaciones en planes parciales de ordenación según el RPU.

54. Bases y criterios básicos de utilización del suelo.

55. Régimen de valoraciones urbanísticas.

56. Agentes de la edificación en el proceso de la edificación.

57. Responsabilidades y garantías en el proceso edificatorio.

58. Regulación de los aspectos esenciales del proceso edificatorio, exigencias técnicas y administrativas.

59. Bases de ordenación, aplicación y desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

60. Referentes territoriales determinantes del modelo andaluz del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

61. Planes y programas con incidencia urbana. El Programa andaluz de ciudades en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

62. Centros Regionales, redes de ciudades medias y redes de asentamientos en áreas rurales.

63. Orientación y control de los procesos de urbanización y calidad urbana.

64. Zonificación. El dominio territorial litoral en Andalucía.

65. Identificación, tipología y organización funcional de las unidades territoriales.

66. Órganos y funciones de la política territorial.

67. Política territorial y entidades locales.

68. Programa de desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

69. La ordenación urbanística y sus instrumentos en Andalucía.

70. Generalidades y conceptos de los instrumentos de planeamiento general.

71. Generalidades y conceptos de los instrumentos de planeamiento de desarrollo.

72. Contenido documental de los instrumentos de planeamiento.

73. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión urbanísticas.

74. Concepto, objeto y aprobación de las ordenanzas municipales de edificación y urbanización.

75. Competencias, tramitación, aprobación y efectos de la misma en los instrumentos de planeamiento.

76. La clasificación y categorización del suelo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

77. El régimen del suelo no urbanizable en la Comunidad autónoma de Andalucía.

78. El régimen del suelo urbanizable en la Comunidad autónoma de Andalucía.

79. El régimen del suelo urbano en la Comunidad autónoma de Andalucía.

80. Concepto y significado de área de reparto.

81. Convenios urbanísticos de planeamiento y gestión.

82. Concepto y aprobación de los proyectos de urbanización.

83. Concepto y régimen de la reparcelación.

84. Reparcelación económica, voluntaria y forzosa.

85. Características, delimitación y sistemas de actuación de las Unidades de Ejecución.

86. Entidades urbanísticas Colaboradoras.

87. El sistema de actuación por compensación.

88. El sistema de actuación por cooperación.

89. El sistema de actuación por expropiación.

90. Documentación, tramitación e informe sobre los instrumentos de planeamiento urbanístico en la Ley del Comercio Interior de Andalucía.

ANEXO 3

CONVOCATORIA DE ARQUITECTO TÉCNICO

1. Objeto de la convocatoria es la provisión de dos plazas de Arquitecto Técnico, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Medio, perteneciente al Grupo A2, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición y entrevista curricular, correspondiente a las OEP de los años 2001 y 2004.

2. Requisitos específicos: Titulación de Arquitecto Técnico o equivalente.

3. Temario:

A) Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales y estructura.

2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

4. Organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.

6. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

7. La responsabilidad de la Administración.

8. Organización y competencias municipales y provinciales.

9. Personal al servicio de Entidad Local. La función pública local.

10. Organización y selección del personal al servicio de la administración pública.

11. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación.

12. Situaciones administrativas del personal al servicio de la administración pública.

B) Materias específicas.

13. Los instrumentos de la ordenación urbanística en el marco andaluz.

14. Concepto, objeto y aprobación de las ordenanzas municipales de edificación y urbanización.

15. Las actuaciones de interés público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable.

16. La clasificación y categorización del suelo en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

17. El régimen del suelo no urbanizable en la Comunidad autónoma de Andalucía.

18. El régimen del suelo urbanizable y urbano en la Comunidad autónoma de Andalucía.

19. Las parcelaciones.

20. Las licencias urbanísticas.

21. Actos de Intervención en actividades específicas de los particulares en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

22. Regulación específica de usos y medidas de protección vigentes en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

23. Sistema Viario y de espacios libres. Normativa específica de urbanización en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

24. Ordenanzas aplicables en el Centro Histórico de Vélez-Málaga. Condiciones generales, Edificios y espacios protegidos.

25. Condiciones particulares de edificación en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

26. Protección y difusión del Patrimonio en el Centro Histórico de Vélez-Málaga.

27. Tipos de unidades de ejecución en el suelo urbano no consolidado de Vélez-Málaga.

28. Disposiciones de carácter general sobre el ámbito, vigencia y revisión del Plan General.

29. Disposiciones de carácter general en el suelo urbano del municipio de Vélez-Málaga.

30. Disposiciones de carácter general en el suelo urbanizable sectorizado del municipio de Vélez-Málaga.

31. Disposiciones de carácter general en el suelo urbanizable no sectorizado del municipio de Vélez-Málaga.

32. Disposiciones de carácter general en el suelo no urbanizable del municipio de Vélez-Málaga.

33. Desarrollo de los sistemas generales en el Plan General de Vélez-Málaga.

34. Planeamiento de desarrollo en el Plan General de Vélez-Málaga.

35. Disposiciones de carácter general respecto a la ejecución del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, en el Plan General de Vélez-Málaga.

36. Licencia de obras, deber y plazo de solicitud, carácter reglado de las mismas. Procedimiento y caducidad.

37. Licencia de 1.ª ocupación.

38. Licencia de apertura de actividades inocuas y calificadas. Procedimiento y tramitación.

39. Otros tipos de licencias en el Plan General.

40. Clasificación y categorización del suelo en el Plan General de Vélez-Málaga.

41. Regulación de los usos en el Plan General de Vélez-Málaga.

42. Medidas singulares de protección en el Plan General de Vélez-Málaga.

43. El sistema viario en el Plan General de Vélez-Málaga.

44. El sistema de transporte público en el Plan General de Vélez-Málaga.

45. Sistema portuario y aeroportuario en el Plan General de Vélez-Málaga.

46. Sistemas de espacios libres y equipamientos en el Plan General de Vélez-Málaga.

47. Protección y servidumbres de los sistemas generales en el Plan General de Vélez -Málaga.

48. Sistema de equipamiento comunitario en el Plan General de Vélez-Málaga.

49. Ordenanzas de la edificación: definiciones de carácter general del Plan General de Vélez-Málaga.

50. Ordenanza particular de aplicación al uso residencial en el Plan General de Vélez-Málaga.

51. Ordenanza particular de aplicación al uso industrial en el Plan General de Vélez-Málaga.

52. Ordenanza particular de aplicación al uso comercial en el Plan General de Vélez-Málaga.

53. Ordenanza particular de aplicación al uso hotelero en el Plan General de Vélez-Málaga.

54. Determinaciones complementarias para el desarrollo de las alineaciones y rasantes del Plan General de Vélez-Málaga.

55. Disposiciones generales y condiciones de uso del suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

56. Condiciones generales y condiciones particulares de edificación del suelo no urbanizable en el Plan General de Vélez-Málaga.

57. Normas particulares para el suelo no urbanizable de Protección Especial en el Plan General de Vélez-Málaga.

58. Determinaciones vigentes en los edificios e instalaciones Fuera de ordenación.

59. Normativa reguladora de la supresión de barreras arquitectónicas.

60. Normativa reguladora de las condiciones de protección contra incendios.

ANEXO 4

CONVOCATORIA DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS

1. Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnico Medio, perteneciente al Grupo A2, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición y entrevista curricular, correspondiente a la OEP del año 2001.

2. Requisitos específicos: Titulación de Ingeniero técnico de Obras Públicas o equivalente.

3. Temario:

A) Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Generales.

2. Derechos y Deberes fundamentales en la Constitución Española.

3. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Constitución y Competencias de las Comunidades. Estatuto de Autonomía.

4. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Organización y Competencias. Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y Disposiciones Generales.

5. El Régimen Local Español: Principios Constitucionales. Regulación Jurídica.

6. El Municipio: Concepto y Elementos. El término Municipal. La población y el empadronamiento.

7. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.

8. El Acto Administrativo: Concepto, Clases y Elementos. Términos y plazos. Requisitos. Validez. Eficacia. Notificación y publicación.

9. El procedimiento Administrativo local. Las fases del Procedimiento Administrativo: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Registro de entradas y salidas de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

10. Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales. Régimen de sesiones y Acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

11. Las Haciendas Locales. Clasificación de los Ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

12. Los presupuesto de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Principios generales de ejecución del presupuesto. Modificaciones presupuestarias: los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de crédito y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.

B) Materias específicas.

1. Las figuras del planeamiento en la legislación andaluza y española. Concepto y clases de planes. Su naturaleza jurídica y tipologías.

2. Los Planes de Sectorización. Finalidad. Contenido. Ámbito de Aplicación. Competencias para su aprobación y formulación.

3. Los Planes Parciales de Ordenación. Finalidad. Contenido. Ámbitos de aplicación. Competencias para su aprobación y formulación.

4. El suelo Urbano. Definición. Régimen. Tipos de suelo urbano. Condiciones de solar.

5. El suelo Urbanizable. Definición. Régimen. Obras e instalaciones en suelo urbanizable.

6. Los Proyectos ordinarios de dotación de infraestructuras. Finalidad, contenido y tramitación.

7. El sistema de cooperación. Justificación de su aplicación. El protagonismo de la Administración. El proyecto de reparcelación.

8. El sistema de compensación. Constitución y facultades de la Junta. La intervención de la Administración.

9. La Reparcelaciones. Actuación por Unidades de Ejecución. Areas de Reparto y Aprovechamiento.

10. Ejecución de las dotaciones. Formas de obtención del suelo. Ocupación y expropiaciones. Obtención del suelo dotacional.

11. La Normativa de urbanización del PGOU de Vélez-Málaga. Definiciones y disposiciones generales. Determinaciones sobre el espacio viario, las áreas libres, las infraestructuras básicas y energía eléctrica. Disposiciones finales.

12. Obras de Urbanización. Proyectos de Urbanización. Ejecución. Conservación. Recepción. Gastos de Urbanización.

13. Ordenanza de redacción de proyectos de urbanización del Ayuntamiento de Vélez-Málaga. Memoria, anejos preceptivos. Pliegos de condiciones. Planos. Presupuesto.

14. Las Licencias Urbanísticas. Actos sujetos a licencia urbanística. Actos promovidos por las Administraciones públicas. Inspección Urbanística. Naturaleza.

15. Ordenanza reguladora de accesibilidad en el municipio de Vélez-Málaga. Elementos de urbanización. Accesibilidad en los transportes.

16. Abastecimiento de agua a poblaciones. Conceptos generales y elementos. Dotaciones. Situaciones en el municipio de Vélez-Málaga.

17. Procedimientos generales de tratamiento de las aguas potables: Plocloración, aireación, clasificación, desinfección, absorción y tratamientos de fangos.

18. La distribución de aguas: criterios. Redes ramificadas y redes malladas. Descripción, ventajas e inconvenientes. Cálculo de las redes; exposición de métodos de cálculos y pasos a seguir. Referencias a aplicaciones informáticas.

19. Reglamento de vigilancia sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano de Andalucía (Decreto 70/09).

20. Diseño, tipología y elementos integrantes de las redes de agua potable, riego e incendios.

21. Saneamiento de poblaciones: principios generales, sistemas de evacuación, evacuación de caudales a evacuar. Tipos de secciones, estudio comparativo.

22. Diseño, tipología y elementos integrantes de las redes de saneamiento y pluviales.

23. Redes de alcantarillado. Factores a considerar en las distintas fases de proyecto. Diseño y exposición de métodos de cálculo y pasos a seguir. Instalaciones complementarias en los alcantarillados. Pozos de registro e inspección, sumideros, aliviaderos de crecida, cámaras de descarga. Estaciones de elevación y sifones. Acometidas domiciliarias.

24. Depuración de aguas residuales. Objetivos. Conceptos generales y elementos. Tipos y fases. Principales cadenas del proceso de depuración. El rendimiento de la depuración. Reutilización de las aguas urbanas.

25. Los fangos procedentes de la depuración de aguas residuales: características y aprovechamiento. El Plan de Saneamiento Integral de la Costa del Sol-Axarquía, relativo al municipio de Vélez-Málaga.

26. Los residuos y basuras urbanas. Plantas de transferencia. Plantas de tratamientos y reciclaje. Situaciones de los residuos sólidos en el municipio de Vélez-Málaga.

27. Barreras arquitectónicas. Normas de accesibilidad para minusválidos en vías públicas, parques y jardines. Puentes y pasos elevados para vías urbanas.

28. Firmes flexibles en vías urbanas. Normativa. Proyecto. Tipos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

29. Firmes rígidos en vías urbanas. Normativa. Proyecto. Tipos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

30. Áreas peatonales. Criterios de diseño para el proyecto. Tipos de pavimentos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

31. Elementos de trazado en viales en planta. Alineaciones rectas y curvas circulares. Curvas de transición. Transición del peralte. Sobreancho en las curvas y transición al mismo. Trazado en alzado. Elementos. Acuerdos verticales.

32. Elementos y diseño de las infraestructuras que componen la sección transversal del vial: redes de media y baja tensión, red de gas, red de telecomunicaciones, red de alumbrado público.

33. Secciones transversales de calzadas y aceras. El problema de la implantación de servicios bajo rasante. Su coordinación.

34. Intersecciones. Definición y funcionamiento. Clasificación. Criterios de proyectos. La glorieta en zona urbana. Propuestas de implantación de glorietas en el PGOU de Vélez-Málaga.

35. Datos para el proyecto de un enlace. Tipos. Criterios de proyecto. Elementos.

36. Ejecución e inspección de las obras de urbanización. Cadencia de ejecución. El control de calidad de las urbanizaciones. Programas de control de calidad.

37. Jerarquía y clasificación funcional de las vías urbanas.

38. La bicicleta como medio de transporte urbano. El diseño de las infraestructuras ciclistas.

39. Estudios geológicos y geotécnicos en obras de urbanización: descripción, objeto y características geotécnicas.

40. Los suelos de Vélez-Málaga. Descripción de formaciones geológicas y características geotécnicas.

41. Señalización vertical, marcas viales, señales de balizamiento.

42. Los contratos administrativos en la esfera local. Clases. La selección del contratista en base a la ley de contratos del Sector Público.

43. Régimen jurídico de los contratos locales de obras. Acta de replanteo previa al inicio de los trabajos. El comienzo de las obras. Riesgo y ventura. Revisión de precios. Responsabilidades de las partes. Cumplimiento del contrato de obras.

44. Los proyectos de obras. Su autorización. Anteproyectos. Estructuras de un proyecto de obra pública. Formalización. Aprobación. La tramitación de proyectos de obras en la Administración Local.

45. Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales y Parpticulares. Las normas técnicas y los pliegos de prescripciones técnicas del proyecto: estructura y contenido.

46. El replanteo. La dirección de obra. Régimen de relaciones con el contratista. Certificaciones. Modificaciones de obras y proyectos reformados. Comprobación de las obras y Certificación final de obra.

47. Suspensión de las obras. Resolución del contrato. Recepción y comprobación de la obra. Conservación durante el período de garantía.

48. Las empresas consultoras. Su personalidad para contratar con la Administración. Los contratos de Servicios.

49. Seguridad y salud en el sector de las obras públicas. Normativa vigente. Estudios de seguridad y salud en las obras de construcción: objeto y contenido. Planes de seguridad y salud en el trabajo.

ANEXO 5

CONVOCATORIA DE TÉCNICO EN PROYECTOS, CONSTRUCCIONES Y OBRAS CIVILES

1. Objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de Técnico en Proyectos, Construcciones y Obras Civiles, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Auxiliar, perteneciente al Grupo C1, en régimen funcionarial, por el sistema de concurso-oposición y entrevista curricular, correspondiente a la OEP del año 2001.

2. Requisitos específicos: Titulación de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción o equivalente.

3. Temario:

A) Materias comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y Estructura.

2. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles. Regulación Constitucional. Garantía y Suspensión de los Derechos y Libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización Territorial del Estado.

4. Estatuto de Autonomía: Estructura y Principios Generales.

5. Régimen Local. El Municipio. Funcionamiento órganos necesarios entes locales territoriales.

6. El Derecho Administrativo General. El Acto Administrativo.

7. El Derecho Administrativo General. El Procedimiento Administrativo.

8. Los Presupuestos de las Entidades Locales: Elaboración y Aprobación.

B) Materias específicas.

9. Los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Finalidad. Contenido. Ámbito de Aplicación. Competencias para su Formulación y Aprobación.

10. El PGOU de Vélez-Málaga. Objetivos, Directrices y Estrategias de Desarrollo Propuestas.

11. Disposiciones de Carácter General de la Ejecución del Plan General.

12. Regulación de Usos en el PGOU de Vélez-Málaga. Clasificación.

13. Regulación del Uso de Vivienda en el PGOU de Vélez-Málaga.

14. Regulación del Uso de Aparcamiento en el PGOU de Vélez-Málaga.

15. Normativa General de Urbanización en el PGOU de Vélez-Málaga. Determinaciones sobre el Espacio Viario.

16. Regulación del Suelo Urbano: Determinaciones Generales del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Definición y Ámbito. Zonas.

17. Regulación del Suelo Urbano: Ordenanzas de la Edificación en el PGOU de Vélez-Málaga. Definiciones de Carácter General.

18. Regulación del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Zona de Ordenación en Manzana Cerrada.

19. Regulación del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Zona de Vivienda Unifamiliar Aislada.

20. Regulación del Suelo Urbano en el PGOU de Vélez-Málaga. Zona de Vivienda Unifamiliar Adosada.

21. Normativa Complementaria para el Desarrollo de las Alineaciones y Rasantes del PGOU de Vélez-Málaga.

22. Regulación del Suelo Urbanizable Sectorizado. Determinaciones Generales.

23. Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Instrumentos de Planeamiento.

24. Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Régimen Urbanístico del Suelo: Clasificación del Suelo.

25. Planeamiento. Plan Parcial de Ordenación: Documentación Gráfica Básica. Escalas y Detalles para su representación.

26. Descripción y Representación de un Proyecto Arquitectónico: Documentación Gráfica necesaria. Escalas y Detalles para su representación.

27. Descripción y Representación de un Proyecto de Urbanización: Documentación Gráfica necesaria. Escalas y Detalles para su representación.

28. Representación del Terreno: Altimetría. Curvas Directoras. Línea de Máxima Pendiente.

29. Perfiles Longitudinales: Proceso de Construcción. Empleo de los mismos. Escalas. Perfiles Transversales. Representación. Cubicación.

30. Taludes: Clasificación. Cubicación. Empleo.

31. Curvas de Unión de las Alineaciones Horizontales: Representación. Datos. Acuerdos de Rasantes. Tipos. Cálculo.

32. Conceptos acerca de los Sistemas de Información Geográfica (SIG) Ventajas comparativas de un SIG frente a esquemas de tipo CAD.

33. Diseño Asistido por Ordenador: Clases de Archivos. Configuración y Generalidades.

34. Curvas Geométricas. Tipos. Construcción.

35. Secciones Cónicas. Tipos. Construcción.

36. Arcos y Molduras. Tipos. Construcción.

37. Sistemas de Representación. Perspectivas. Tipos.

38. Sistema de Planos Acotados. Elementos.

39. Diseño Asistido por Ordenador. Autocad: Variables de Sistema. Variables de acotación. Uso de Ficheros Script. Personalización de Menús. Personalización de Teclado.

40. Diseño Asistido por Ordenador. Autocad. Modelo Espacio. Espacio Papel. Ventanas Múltiples. Configuración. Bloques: Clases. Definiciones. Inserción Matricial. Bloques en Disco. Descomposición. Redefinición. Atributos. Referencias Externas: Enlace y Desenlace.

Vélez-Málaga, 14 de octubre de 2009.- El Concejal Delegado de Urbanismo, P.D. (Decreto núm. 5552/08, de 29 de octubre de 2008), Salvador Marín Fernández.

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