Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 05/11/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Corrección de errores al Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria. (BOJA núm. 139, de 16.7.2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Advertidos errores en el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

1. Disposición derogatoria única. 1.c).

Donde dice:

«c) Los Títulos II y III del Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, y la Orden de la Consejería de Educación de 18 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos».

Debe decir:

«c) Los Títulos II y III del Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, sin perjuicio de su aplicación en las residencias escolares y en los centros específicos de educación permanente de personas adultas en tanto no dispongan de normativa específica, y la Orden de la Consejería de Educación de 18 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos».

2. Artículo 82.1.g) del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria.

Donde dice:

«g) Departamentos de coordinación didáctica que se determinen y, en su caso, departamento de actividades complementarias y extraescolares, hasta un total de once en el supuesto de que el instituto imparta la educación secundaria obligatoria o de quince, si también imparte enseñanzas de bachillerato».

Debe decir:

«g) Departamentos de coordinación didáctica que se determinen y, en su caso, departamento de actividades complementarias y extraescolares, hasta un total de once en el supuesto de que el instituto imparta la educación secundaria obligatoria o de quince si imparte enseñanzas de bachillerato».

Sevilla, 26 de octubre de 2010.

Descargar PDF