Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2010

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 27 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente que se cita, por el que se toma conocimiento de la Modificación núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León.

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Para general conocimiento se hace público el Anuncio de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, de 27 de enero de 2010, en relación con la Modificación núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 28 de enero de 2010, y con el número de registro 3971, se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- Toma de conocimiento de 27 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, referente al expediente CP-227/2001 sobre la Modificación núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido Instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

TOMA DE CONOCIMIENTO

En relación con el expediente que se tramita en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo a la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, le informo lo siguiente:

La CPOTU resolvió aprobar definitivamente la Modificación Puntual núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, de forma condicionada a la subsanación de las deficiencias señaladas en los resuelves expuestos en la Resolución de fecha 24 de septiembre de 2002.

En respuesta a dicho acuerdo, con fecha 11 de enero de 2010 tienen entrada en esta Delegación dos copias del documento técnico de subsanación, debidamente diligenciadas, y acuerdo plenario de aprobación definitiva de fecha de 30 de diciembre de 2009.

Analizada la documentación presentada por el técnico informante, se considera la documentación presentada suficiente al adecuarse a los condicionantes dictados por la Resolución de 24 de septiembre de 2002, quedando subsanada la Modificación Puntual núm. 4 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, y todo ello según lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en virtud de las atribuciones conferidas en los Decretos 77/1994, de 5 de abril, y 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo.

ANEXO II

DOCUMENTO DE SUBSANACIÓN DERIVADO DE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2002, SOBRE LA MODIFICACIÓN Núm. 4 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE ARROYOMOLINOS DE LEÓN (CP-227/2001)

1.º Objeto.

Se realiza el presente Documento de Subsanación para dar cumplimiento a la Resolución de la CPOTU de fecha 24 de Septiembre de 2002 sobre la Modificación 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Arroyomolinos de León.

2.º Antecedentes.

El Ayuntamiento de Arroyomolinos de León tomo la iniciativa de incorporar al suelo urbano una franja de terreno adosada a un vial de nueva construcción que conecta a dos viales existentes –Avda. de Extremadura y C/ San Sebastián–, ambos de titularidad municipal, para lo que redactó la Modificación 4 de las NSPM vigentes.

El expediente administrativo de Modificación fue remitido a la Delegación Provincial en Huelva de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Huelva la cual en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2002 adoptó el acuerdo de Aprobación Definitiva de forma condicionada a la subsanación de ciertas determinaciones.

3.º Contenido.

De acuerdo con el acuerdo por la CPOTU de Aprobación definitiva, de forma condicionada y en base al contenido del texto de la Resolución de 24 de septiembre de 2002:

A) Texto de la Resolución:

«En cuanto al contenido sustantivo de la Modificación propuesta se debe reseñar en primer lugar que la nueva vía, de titularidad municipal según consta en el certificado emitido por el Secretario Municipal, no cumple las dimensiones mínimas previstas por el artículo 42 de las Normas Subsidiarias de planeamiento, debiéndose prever su ampliación a 6 m. Además será necesario definir la sección tipo de la misma especificando la anchura de acerado y límite de la edificación en cumplimiento del artículo 43 de las Normas Subsidiarias, así como a lo previsto en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las personas con discapacidad en Andalucía, y el Decreto 72/1992, de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de las barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte en Andalucía.

Por otra parte entre los objetivos de la Modificación está el de posibilitar la realización de una serie de actividades compatibles con el uso residencial, si bien estas no se definen en la documentación.»

En el Estudio de Impacto Ambiental se menciona la necesidad de ocultar las medianeras de las viviendas colindantes a la zona, actualmente vistas. Este objetivo se podrá lograr con las futuras viviendas que se construyan en la zona, si bien se volvería a crear el efecto no deseado de medianeras vistas al paisaje si se construyeran en el borde exterior del núcleo urbano.

Se deberá incardinar la presente Modificación en la Normativa Urbanística vigente a los efectos de su publicación conforme a lo dispuesto en los artículos 70 de la Ley 7/1985, de 2 de agosto, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 33 del Decreto 77/1994, de 5 de abril.

B) Subsanacion:

1.º Respecto al cumplimiento del art. 42 de las NSPM (dimensiones mínimas), se redactan planos P-02 y P-03 con las especificaciones métricas en planta del vial proyectado adaptado a las dimensiones mínimas determinadas por el art. 42 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento.

2.º Respecto a la definición de Sección Tipo del vial, limite de la edificación y ancho de acerado, se redacta el plano P-04 con definición métrica de la sección tipo del vial proyectado, alineación de la edificación y ancho de acerado.

3.º Respecto a las determinaciones del art. 43 de las NSPM (accesibilidad).

De acuerdo con lo estipulado por el art. 43 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en vigor se aporta justificación del Decreto 72/1992, de 5 de mayo, sobre Normas Técnicas de Accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte en Andalucía.

4.º Respecto a las actividades compatibles con el uso residencial.

Las actividades compatibles con el uso residencial serán las definidas por el art. 83 de la Normativa Urbanística de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en vigor.

5.º Respecto al condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.

El documento de planeamiento que desarrolle la ordenación del área incorporada al suelo urbano observará la siguiente determinación:

Se adopta la solución de que todas las edificaciones ubicadas al oeste del nuevo vial evitarán presentar medianeras vistas al suelo no urbanizable (medianera trasera a fachada al vial), para lo cual el frente edificado del nuevo borde del suelo urbano tendrá tratamiento de fachada, en sintonía con lo determinado por el art. 86 de las NSPM vigentes.

6.º Respecto a la incardinación de la Modificación en la Normativa Urbanística.

La Modificación-4 no introduce alteraciones el texto Normativo de la NSPM vigente.

Los planos afectados por la Modificación-4 son los siguientes:

Plano 14.1. Delimitación y clases de suelo.

Plano 15.1. Usos y Actividades.

Estando manifestadas las modificaciones introducidas en los planos siguientes:

Plano 14.1. Modificado. Delimitación y clases de suelo.

Plano 15.1 Modificado. Usos y Actividades.

Huelva, 27 de enero de 2010.- El Delegado, Gabriel Cruz Santana.

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