Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 62/2010, de 16 de marzo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento de Majadaiglesia, en el término municipal de El Guijo (Córdoba).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9, apartado séptimo, los órganos competentes para resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. El yacimiento de Majadaiglesia, en El Guijo (Córdoba), se caracteriza por su amplia y rica secuencia arqueológica. Tradicionalmente este asentamiento se identifica con la ciudad romana de Solia de la que se conserva sobre todo un número importante de estructuras hidráulicas como una natatio, un acueducto, varias cisternas, un pozo, etc. De la fase más tardía del yacimiento se cuenta con la presencia de un vestigio excepcional, una pila bautismal de inmersión que se localiza en la ermita de Nuestra Señora de las Cruces como testigo de los orígenes paleocristianos de dicho edificio.

Se trata de un yacimiento imprescindible para el estudio de la época romana, tardorromana y los inicios de la Edad Media, fundamental en los cambios de creencias religiosas en estos últimos períodos documentados en la provincia de Córdoba, sobre todo en la comarca de Los Pedroches.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 22 de abril de 2009 (publicada en el BOJA número 102, de 29 de mayo de 2009) incoó procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, del yacimiento arqueológico de Majadaiglesia, en El Guijo (Córdoba), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 115, de 17 de junio de 2009), y de audiencia al Ayuntamiento de El Guijo así como a la Confederación Hidrográfica del Guadiana y al Ministerio de Fomento.

Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba, en sesión 13/09, de 23 de septiembre de 2009, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento de Majadaiglesia, en el término municipal de El Guijo (Córdoba), que se describe en el Anexo.

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, y en relación con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de marzo de 2010,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, el yacimiento de Majadaiglesia, en el término municipal de El Guijo (Córdoba), cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Inscribir como Bienes de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, los bienes muebles que se relacionan y describen en el Anexo al presente Decreto.

Tercero. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Cuarto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Quinto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de marzo de 2010

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ROSARIO TORRES RUIZ

Consejera de Cultura

ANEXO

I. Denominación

Principal: Yacimiento de Majadaiglesia.

Secundaria: Virgen de las Cruces, Tres Cruces, El Soto.

II. Localización

Provincia: Córdoba.

Municipio: El Guijo.

III. Descripción del Bien

El yacimiento de Majadaiglesia se sitúa en la comarca de Los Pedroches, en el término municipal de El Guijo, en un valle formado por el arroyo de Santa María en su confluencia con el arroyo del Figueral, donde se localiza un cerro amesetado de escasa altura en el que se localiza actualmente el cortijo de Majadaiglesia, el cual ha dado nombre al lugar.

En cuanto a las investigaciones realizadas, las primeras excavaciones arqueológicas parecen remontarse a los años 30 del siglo XX, y posteriormente se desarrollaron en las décadas de los 70 y 80. Por otra parte, recientemente se ha realizado una labor de limpieza, abarcando además trabajos de inventariado y de registro que han ayudado a tener un mayor conocimiento del yacimiento.

En líneas generales la secuencia de este asentamiento es muy amplia, dado que se ha encontrado material paleolítico, neolítico, de la Edad del Bronce e ibérico, destacando el período romano, especialmente tardorromano. Para la mayoría de los investigadores aquí se encontraría la antigua ciudad romana de Solia. Por último se ha detectado una fase medieval representada mediante un centro religioso.

En principio en este yacimiento se observan dos sectores diferenciados: el primero de ellos, ubicado en torno al cortijo de Majadaiglesia, cuenta con la presencia de numerosas estructuras hidráulicas así como una línea de muralla, mientras que el segundo se adscribe al área de la ermita de Nuestra Señora de las Cruces donde se han localizado una necrópolis y un baptisterio paleocristiano.

Comenzando por el ámbito del cerro de Majadaiglesia, en este se documentó una triple línea defensiva perteneciente a un recinto amurallado de amplia cronología, desde época protohistórica hasta el medievo. Actualmente se observan algunos muros y un pequeño contrafuerte en la ladera sur, compuestos de tramos de obra de mampostería irregular sin trabazón, aunque de este asentamiento se conocen por bibliografía restos de viviendas de planta rectangular y de dimensiones variables.

Sin embargo, este espacio cercano al cortijo citado destaca por la proliferación de estructuras relacionadas con el agua, de gran variedad tipológica y funcional. De este modo se reconoce en la explanada lateral occidental una cisterna de grandes dimensiones realizada mediante opus caementicium, en cuyos paramentos se observan unos orificios cuyo uso no se puede determinar todavía. Por su tipología debió usarse para el almacenamiento de agua, pero en principio estaría descubierta. Junto a la misma, se sitúa otra estructura rectangular de la que no se ha podido documentar la totalidad de su perímetro, siendo difícil deducir su relación con la cisterna anexa.

Partiendo de la cima del cerro se localiza una construcción subterránea abovedada interpretada como acueducto que discurre hacia la confluencia de los dos arroyos que bordean dicho cerro. Junto al arranque de este acueducto se ubica un pozo, con brocal de mampostería y una profundidad de más de seis metros.

Por otro lado y siguiendo con estas estructuras hidráulicas, a media ladera se reconocen otros restos de opus caementicium de gran entidad que permanecen en su mayor parte soterrados y cuya función aún no ha podido determinarse, aunque se observa alguna bóveda. Junto a estos se conservan dos grandes estructuras, una de ellas una cisterna, de la misma fábrica y aún por excavar.

Continuando el descenso de la ladera se localiza un canal en dirección este-oeste que en la actualidad tiene al descubierto más de once metros de longitud y aún mantiene parte del revestimiento de opus signinum en sus paredes y algo del arranque de la bóveda que debió cubrirlo. Junto a este se levanta un horno que algunos investigadores relacionan con la cisterna abovedada descrita anteriormente.

A continuación y en nivel algo más bajo se encuentra una natatio que fue descubierta en las últimas intervenciones; dicha estructura presenta una planta cuadrangular edificada con muros de opus caementicium. Mantiene en muy buen estado de conservación el opus signinum que la recubre y el cordón hidráulico que bordea todo el perímetro del fondo. También se conservan en ella dos peculiares escaleras en forma de abanico, construidas a base de ladrillo y argamasa, así como el canal de desagüe. De la natatio parten una serie de muros que definen una sucesión de estancias, cuya función debió de estar ligada a la estructura termal.

Coronando el cerro y como centro de todas las construcciones descritas se localiza el cortijo de Majadaiglesia. Por su situación, junto al hecho de tener vestigios arqueológicos tanto en sus inmediaciones como en el mismo edificio, éste se debió de construir sobre estructuras arqueológicas previas. Se trata de una construcción de grandes dimensiones estructurada en torno a dos patios, uno de ingreso con usos residenciales y otro lateral dedicado más a las labores ganaderas. El patio de ingreso presenta una estructura con un pórtico de carácter popular con arcos sobre pilastras, y cubierta de rollizos y cañas. En el lateral derecho de dicho patio principal se encuentra una estancia con un gran horno de obra en la que se encuentra embutido un sillar de granito que contiene la inscripción «ORCIA», que podría identificarse con el nombre de PORCIA, relacionado posiblemente con la población tardorromana que habitó el lugar. Esta inscripción está adornada con tres arcos de circunferencias concéntricas.

El otro gran sector en el que se distribuyen los restos arqueológicos se corresponde con la ermita de Nuestra Señora de las Cruces. En este caso se trata de una zona de llanura, donde se han documentado, grosso modo, una necrópolis romana y tardorromana al norte, y un baptisterio paleocristiano. Dicha ermita tiene su origen en una anterior edificación de tipo religioso, ya que en ella preexiste como elemento principal una pila bautismal de inmersión, con forma cruciforme, localizada justo bajo la cota actual del pavimento de la sacristía. Está construida en piedra y cuenta con un recrecido de ladrillo.

La ermita ha sido muy reformada a lo largo de los siglos; así la techumbre actual es una bóveda de yeso con grandes lunetos, dejando los arcos perpiaños resaltados a modo de fajones. Las naves laterales también han sido reformadas, al igual que la capilla mayor, la cual ha sido adosada a la primitiva construcción. Junto a ella y a la derecha de la nave se encuentra la sacristía de planta rectangular y cubierta moderna. La portada está formada por un arco de medio punto flanqueado por pilastras toscanas y está precedida por un pórtico, sobre el que se levanta una espadaña de un solo cuerpo. Al exterior, presenta un pórtico sobre columnas con arcos carpaneles; éstas tienen por basas y capiteles unas piezas de traza troncopiramidales parecidas a cimacios.

En la ermita se hallaron también dos inscripciones funerarias romanas. Una de ellas está reutilizada en el umbral de entrada, la cual data de los siglos III o IV d.n.e., y se podría corresponder con PORTIV(s)/ RIGVS (ca/r)VS SVIS (an/n) LXXX (s)/ E.S.T.T. La otra inscripción, actualmente empotrada en una de las paredes de la sacristía y colocada al revés, y por lo tanto de difícil lectura, podría transcribirse como SEXT (…) ANVS/ PRAE (…) DE MODESTUS, datada en el siglo VI d.n.e.

Otro elemento arqueológico que forma parte de dicho edificio es un capitel de granito gris que se encuentra adosado a la fachada principal. Además en la explanada delantera de la ermita se localizan un capitel y un fragmento de fuste de columna con basa de época tardorromana, realizados en piedra granítica y sin apenas tratamiento decorativo. En los alrededores del santuario se encuentra numeroso material cerámico, zona en la que se documentó mediante una actividad arqueológica una necrópolis tardorromana, lugar de procedencia de los diversos epígrafes registrados.

IV. Delimitación de la Zona Arqueológica

La delimitación de la Zona Arqueológica se ha basado en los restos arqueológicos existentes tanto en superficie como en el subsuelo, detectados a lo largo de las diversas intervenciones realizadas. El Bien queda delimitado mediante un área poligonal, siendo sus lados los límites del mismo y teniendo como vértices las coordenadas UTM que constan en el expediente de protección. Dadas las características del Bien no se considera necesaria la delimitación de un entorno de protección.

La delimitación afecta a todos los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos comprendidos dentro de dicho polígono. Entre los elementos afectados por la delimitación del Bien se encuentra la carretera denominada CO-7100. Sin perjuicio de la observancia de las normas de protección establecidas, en el tramo de dicha vía que discurre por el yacimiento, quedan sometidas al régimen de comunicación previa las obras y actuaciones en materia de carreteras relativas a su conservación y mantenimiento, siempre que no impliquen afección al subsuelo.

Las parcelas afectadas son las siguientes:

Polígono 3:

Totalmente: 5, 7 y 9007.

Parcialmente: 6, 8, 9001 y 9003.

La cartografía base utilizada ha sido la planimetría catastral rústica vectorial de la Dirección General del Catastro, Ministerio de Economía y Hacienda, 2005, sobre Ortofotografía Digital de Andalucía del Instituto de Cartografía de Andalucía, 2007.

V. Bienes Muebles

Los Bienes Muebles que se indican a continuación constituyen parte esencial del yacimiento aunque actualmente se ubican en el Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba y en el Museo de Historia Local de Villanueva de Córdoba.

1. Fragmento de tablero correspondiente a un ara o altar, con relieve de la diosa Démeter y otras figuras. Material: mármol blanco con vetas grises. Técnica: esculpido, cincelado y pulimentado. Dimensiones: altura 72 cm, anchura 75 cm, grosor 16,5 cm. Cronología: siglo III d.n.e. Bajo Imperio Romano. Ubicación: Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba.

2. Fragmento de «Epistylium» o arquitrabe epigrafiado de carácter funerario. Material: caliza gris. Técnica: cincelado, alisado, esculpido y desbastado. Cronología: siglo II d.n.e. Alto Imperio Romano. Depósito: Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba.

3. Fragmento de coronamiento de ara funeraria epigrafiada. Conserva la mitad del pulvino izquierdo decorado con una rosa de cinco pétalos. Material: mármol blanco. Técnica: cincelado, esculpido y desbastado. Cronología: mitad del siglo I. Alto Imperio Romano. Depósito: Museo Arqueológico y Etnológico de Córdoba.

4. Fragmento de capitel de orden corintio. Material: alabastro. Cronología: romana. Depósito: Museo Histórico Local de Villanueva de Córdoba.

5. Fragmento de escultura sedente, tipo togado. Material: mármol blanco. Cronología: romana. Depósito: Museo Histórico Local de Villanueva de Córdoba.

VI. Delimitación gráfica

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