Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 11/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 28 de mayo de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 791/2011.

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NIG: 4109144S20110009484.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Construcciones Baysal 2008, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 791/2011 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Baysal 2008, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 29.2.2012 del tenor literal siguiente:

Autos 791/11

En la ciudad de Sevilla, a 29 de febrero de 2012.

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

El Sr. don Juan Félix Luque Gálvez, Juez sustituto de los Juzgados de la Ciudad de Sevilla y Magistrado accidental del de lo Social núm. Cuatro de los de esta capital y su provincia, ha venido en dictar la presente:

SENTENCIA núm. 59/2012

Visto lo actuado en los autos de Juicio seguidos ante este Juzgado bajo el número 791/2011, siendo partes, de una y como demandante Fundación Laboral de la Construcción representada por la Letrada doña Olga Alonso Ramírez, y de otra y como demandada la empresa Construcciones Basysal 2008, S.L., que no compareció al acto del juicio pese a haber sido citada en legal forma, versando el litigio sobre Reclamación de Cantidad

FALLO

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Fundación Laboral de la Construcción contra la Empresa Construcciones Basysal 2008, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de cuatrocientos sesenta y tres euros con cincuenta y siete céntimos (463,57 €).

Notifíquese la presente resolución a los partes, previniéndolas de que la misma es firme y haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia firmemente juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación. Dada, leída y promulgada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez que la dictó, estando éste celebrando audiencia pública en el día de la fecha. De lo que yo el Secretario doy fe en el lugar y fecha ut supra.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Baysal 2008, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiocho de mayo de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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