Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 13/09/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de junio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, dimanante de procedimiento verbal núm. 884/2010. (PP. 2205/2012).

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NIG: 2906942C20100006387.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 884/2010. Negociado: 01.

De: Alberto González Castillo.

Procuradora: Sra. M.ª Manuela Puche Rodríguez-Acosta.

Letrado: Sr. Ricardo Fernández-Palacios Martínez.

Contra: Navagredos 3 S.A. y AXA.

Procuradora: Sra. M.ª Graciela García-Valdecasas Villén.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 132/12

En Marbella, a 26 de junio de 2012.

Don Gonzalo Ónega Coladas-Guzmán, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, ha visto los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 884 del año 2010, a instancia de don Alberto González Castillo, representado por la procuradora doña Manuela Puche Rodríguez-Acosta y asistido del letrado don Ricardo Fernández-Palacios Martínez, contra la mercantil Navagredos 3, S.A., declarada en rebeldía, y la entidad aseguradora AXA, representada por la Procuradora doña Graciela García-Valdecasas Villén y asistida de letrado, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Manuela Puche Rodríguez-Acosta, en nombre y representación de don Alberto González Castillo, contra las mercantiles Navagredos 3, S.A., y AXA, y, en su virtud, condenar a las codemandadas al pago en forma solidaria de la suma de cuatro mil doce euros con cuarenta y cuatro céntimos (4.012,44 euros), más los intereses legales de tal cantidad en la forma prevista en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, con imposición a la parte demandada de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de Apelación dentro de los 20 días siguientes a aquel en que se notifique.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2995, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo dispone manda y firma don Gonzalo Ónega Coladas-Guzmán, Magistrado-Juez del Juzgado de primera Instancia número Cuatro de Marbella.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Navagredos 3, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Marbella, a veintiocho de junio de dos mil doce.- El/La Secretario.

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