Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 12/12/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 4 de diciembre de 2012, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Málaga, por la que se delega la competencia sobre la resolución de los procedimientos de inscripción, modificación, suspensión o cancelación en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía y sobre la aprobación del Plan de Gestión de Residuos Ganaderos en las personas titulares de la Dirección de las Oficinas Comarcales Agrarias de la provincia.

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El artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía podrán delegar, mediante resolución motivada, el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros de la misma Administración, del mismo rango o inferior. En idéntico sentido el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, regula la figura jurídica de la delegación de competencias disponiendo que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

El artículo 102 de la referida Ley 9/2007 dispone que la delegación de competencias será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación. Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Mediante Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, se establece, en sus artículos 6.3, 9 y 10, respectivamente, que corresponde a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de ganadería proceder a resolver y notificar las resoluciones de los expedientes de inscripción, modificación, suspensión o cancelación en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía. El mismo cuerpo legal establece la misma titularidad de la competencia para la aprobación de los Planes de Gestión de Subproductos Ganaderos (artículo 3.3.K.B).

Por ello, para la agilización en la tramitación de los procedimientos relativos al Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía y en cumplimiento de los principios de eficacia, desconcentración funcional y proximidad a la ciudadanía, principios generales que rigen las actuaciones de las Administraciones Públicas regulados en el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 3 de la Administración de la Junta de Andalucía, se considera conveniente acordar la delegación de la competencia para dictar la resolución de los expedientes de inscripción, modificación, suspensión o cancelación en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía y para la aprobación de los Planes de Gestión de Subproductos Ganaderos que regula el Decreto 14/2006, de 18 de enero, en las personas titulares de la Dirección de las Oficinas Comarcales Agrarias de la provincia de Málaga, establecidas por el Decreto 4/1996, de 9 de enero.

Si bien es cierto que alguna de estas competencias ya fueron objeto de delegación mediante Resolución de 20 de junio de 2006, del Delegado Provincial de Agricultura y Pesca de Málaga (BOJA de 7 de julio), con ánimo clarificador, aquellas facultades ya delegadas se recogen expresamente en esta Resolución, al tiempo que se añaden otras nuevas a fin de alcanzar mayores cotas de agilización y eficiencia en la actuación administrativa.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

resuelvo

Delegar la competencia para dictar resolución de los procedimientos de inscripción, modificación, suspensión o cancelación en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía y para aprobar los Planes de Gestión de Subproductos Ganaderos en las personas titulares de la Dirección de las Oficinas Comarcales Agrarias de la provincia de Málaga.

Dejar sin efecto la anterior delegación de competencias efectuada por Resolución de 20 de junio de 2006, del Delegado Provincial de Agricultura y Pesca de Málaga (BOJA núm. 130, de 7 de julio de 2006).

Málaga, 4 de diciembre de 2012.- El Delegado, Javier Carnero Sierra.

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