Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 15/07/2016

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 12 de julio de 2016, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la creación de ficheros de datos de carácter personal.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00095303.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín del Estado o Diario Oficial correspondiente. La Universidad de Granada, como entidad con personalidad jurídica, está incluida, respecto a los ficheros de datos de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

Los ficheros que se crean por la presente Resolución cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En su virtud, y de conformidad con los preceptos de las mencionadas normas, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la creación de ficheros de datos de carácter personal de la Universidad de Granada que se relacionan en Anexo.

Segundo. Medidas de seguridad.

Los ficheros que por la presente Resolución se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero. Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.

Los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal de los ficheros de titularidad de la Universidad de Granada que son objeto de modificación en virtud de la presente Resolución se ejercerán ante la Secretaría General de la Universidad de Granada, Avda. del Hospicio, s/n. Hospital Real. Granada.

Cuarto. Publicación.

De conformidad con las atribuciones que le confieren a este Rectorado la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, y los Estatutos de la Universidad de Granada, se ordena que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Inscripción de la creación de ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

La creación de los ficheros relacionados en esta Resolución será notificada a la Agencia Española de Protección de Datos por la Universidad de Granada, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia.

Sexto. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 12 de julio de 2016.- La Rectora, M.ª Pilar Aranda Ramírez.

ANEXO

1. Identificación y finalidad del fichero.

Nombre del fichero: Registro contable de facturas.

Descripción de la finalidad: Anotación de las facturas recibidas en la Universidad de Granada, bien mediante recepción automática desde el servicio FACe –Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado–, bien mediante recepción automática desde el servicio PORFA –Portal de Facturas de la Universidad de Granada– o por captura de determinados datos de la factura en papel; validación por la oficina contable de las facturas recibidas; distribución a los responsables de las Unidades Proponentes para tramitar, si procede, el procedimiento de conformidad con la entrega del bien o la prestación del servicio realizada por quien expidió la factura y proceder al resto de actuaciones relativas al expediente de reconocimiento de la obligación y control de la morosidad en el pago de las facturas.

Usos previstos: Gestión contable, fiscal y administrativa.

2. Origen y procedencia de los datos.

Origen: El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: vía electrónica.

3. Tipos de datos, estructura y organización del fichero.

Datos de carácter identificativos: NIF/DNI/pasaporte, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma, firma electrónica.

Datos especialmente protegidos: no procede

Otros tipos de datos tipificados: Transacciones de bienes y servicios; económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento: Automatizado.

4. Cesiones previstas: Hacienda Pública y Administración Tributaria; Tribunal de Cuentas o equivalente autonómico; otros órganos de la Comunidad Autónoma; bancos, cajas de ahorros y cajas rurales.

5. Transferencias internacionales de datos previstas: No procede.

6. Órgano responsable del fichero: Universidad de Granada. Gerencia.

7. Servicio o Unidad ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General, Avda. del Hospicio, s/n. Hospital Real. Granada.

8. Medidas de seguridad: Nivel básico

9. Encargado del tratamiento: No procede.

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