Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 10/05/2022

1. Disposiciones generales

Universidades

Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para cubrir los gastos bancarios de las Asociaciones de Estudiantes y Alumni de la Universidad de Granada.

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Primero. Beneficiarios.

Podrán concurrir las asociaciones de estudiantes universitarios inscritas y actualizadas en el Registro de Asociaciones del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad a la fecha de cierre del plazo de la presentación de solicitudes.

No podrán participar en la presente convocatoria, aquellas asociaciones que se encuentren requeridas de justificación de las subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad, bien por no haberlas justificado o porque la justificación sea insuficiente.

No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas Asociaciones que se encuentren en causa de suspensión temporal, o que no hayan actualizado los datos básicos para su mantenimiento en el Registro.

Segundo. Objeto.

Esta convocatoria persigue fomentar el movimiento asociativo, facilitando el apoyo económico necesario para que las asociaciones puedan desarrollar sus actividades con las garantías suficientes en lo relativo a su actividad administrativa y bancaria, así como facilitar la auditoria de sus cuentas.

El objeto de la convocatoria es la financiación de los gastos fijos relacionados con cuotas de mantenimiento y comisiones bancarias de las cuentas a nombre de dichas asociaciones para el año 2022, así como las cuotas derivadas de usos de TPV/Datáfono.

Tercero. Cuantía.

El presupuesto total es de 5.000 euros, con cargo a la Cuenta Orgánica del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad 30.24.85.0000, ejercicio económico 2022, Cuenta Funcional 422D6, partida presupuestaria de Ayudas a Asociaciones Estudiantiles (480.03)

El importe a subvencionar será de 150 euros por asociación.

Estas ayudas serán incompatibles con cualquier otro tipo de ayuda para financiar estos gastos.

Las solicitudes se baremarán en función de los ingresos obtenidos por las asociaciones en la liquidación anual de cuentas del año 2021, otorgándose la ayuda a todas las asociaciones solicitantes que cumplan los requisitos, hasta cubrir la cuantía total de la ayuda. Para el cómputo de los ingresos no se tendrán en cuenta las ayudas públicas recibidas para la ejecución de proyectos.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

La convocatoria permanecerá abierta desde el día siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Diario Oficial hasta las 9:00 horas del 11 de mayo de 2022.

Quinto. Otros datos.

Las asociaciones interesadas deberán presentar una solicitud en modelo oficial adjunto a esta convocatoria (Anexo I). La solicitud y documentación exigidas se presentarán, dentro del plazo fijado en esta convocatoria, en el Registro Electrónico de la Universidad de Granada o en cualquiera de sus Registros, General o Auxiliares, dirigidas al Secretariado de Información, Participación y Asociacionismo Estudiantil, que será el órgano instructor del proceso.

Los proyectos serán valorados por la Comisión de Evaluación de Proyectos de Asociaciones Universitarias, creada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2020.

Una vez publicada la resolución definitiva, las asociaciones deberán aceptar la ayuda correspondiente para la realización de los proyectos, debiendo comprometerse a la realización de los mismos con la cuantía concedida.

Las asociaciones deberán justificar los gastos que vayan a cargo de las subvenciones otorgadas por el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad con la presentación de un certificado de los movimientos bancarios del año económico 2022, así como el certificado de titularidad de cuenta bancaria.

Granada, 4 de mayo de 2022.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

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