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CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2015
JUNTA DE ANDALUCÍA. MEMORIA
•
Cooperar con los órganos análogos de ámbito autonómico, estatal y europeo.
•
Realizar estudios sobre los diversos aspectos del sistema audiovisual.
•
Ejercer labores de mediación entre las instituciones, los agentes del sistema audio-
visual y la sociedad; así como, en su caso, arbitrales de acuerdo con la normativa
vigente.
•
Acordar convenios de colaboración con los organismos de control de los medios audio-
visuales creados por las restantes Comunidades Autónomas y a nivel estatal.
•
Vigilar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de creación del Consejo Audiovisual
Andaluz y en la normativa en materia de programación de contenidos audiovisuales y
emisión de publicidad, incluidos el patrocinio y la televenta.
•
Aquellas otras que por ley le vengan atribuidas.
Son órganos del Consejo Audiovisual de Andalucía:
•
Presidencia.
•
Consejeros.
•
Secretaría General, que consta de tres áreas: de contenidos, jurídica y de organización.
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Gabinete de Presidencia.
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Gabinete de Comunicación.
Consejo de
Transparencia y
Protección de Datos
Corresponde al Consejo de Transparencia y Protección de datos:
•
Velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia pública, tanto en lo que se
refiere a publicidad activa como a la defensa y salvaguarda del derecho de acceso a la
información pública.
•
En materia de protección de datos, velar por el cumplimiento de la normativa de pro-
tección de datos, garantizando el ejercicio de los derechos reconocidos por la misma.
•
El consejo ejercerá las funciones en materia de transparencia y de protección de datos
atribuidas por el Capítulo II del Título IV de la Ley 1/2014, de 24 de junio.
Son órganos del Consejo de Transparencia y Protección de datos:
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La Dirección del Consejo (en adelante la Dirección), órgano de carácter unipersonal.
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La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos (en adelante la
Comisión Consultiva).
A la Dirección se adscriben las diversas áreas y unidades administrativas que se incluyan
en la relación de puestos de trabajo, y que tienen asignadas la gestión de las competen-
cias de la misma, de la que dependen orgánica y funcionalmente. Su estructura básica,
que se podrá ampliar, se compondrá al menos de las siguientes áreas y unidades: