La adquisición de una vivienda representa una de las inversiones económicas de mayor envergadura realizada por el usuario a lo largo de su vida. A ello hay que añadir que existen sectores de población tales como jóvenes, familias monoparentales, víctimas de violencia de género y mayores que se encuentran en grupos sociales con especial dificultad para acceder a una vivienda y para los que el alquiler puede ser una buena alternativa.
Es aquella que cumple las condiciones de uso, destino, calidad, precio de venta o alquiler y en su caso superficie y diseño, establecidas con carácter general o en cada uno de los programas en los planes andaluces y estatales de vivienda y suelo, y sean calificadas como tales por el Ayuntamiento correspondiente. Con carácter general se destinarán a vivienda habitual y permanente de unidades familiares cuyos ingresos no superen 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). No obstante cada uno de los programas establecerá las limitaciones para su acceso y régimen legal, así como las ayudas que puedan obtenerse.
VENTAJAS DE LA VIVIENDA PROTEGIDA EN RÉGIMEN DE ALQUILER
Permite el acceso a una vivienda con un menor esfuerzo económico, de tal forma que los ciudadanos con menos recursos económicos se ven claramente favorecidos.
Se destina, como máximo, ¼ de los ingresos familiares a la renta de la vivienda gracias a las ayudas.
Facilita el acceso a la propiedad gracias a las viviendas protegidas en régimen de alquiler con opción a compra.
Una vez que se desea hacer uso de la opción a compra, parte de las rentas del alquiler ya pagadas con anterioridad se tienen en cuenta para adquirir dicha vivienda.
Para solicitar una vivienda protegida en alquiler debes inscribirte en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de la localidad donde desees residir.
Las viviendas protegidas se adjudican por el promotor, previa selección realizada por el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida correspondiente, de conformidad con la Orden de 1 de julio de 2009, por la que se regula la selección de los adjudicatarios de viviendas protegidas a través de los Registros Públicos Municipales de Viviendas Protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.