Fundaciones. Solicitud de inscripción de delegación de facultades y apoderamientos

Información general

Título formal:

Fundaciones. Solicitud de inscripción de delegación de facultades y apoderamientos

Código:
11690
Organismo:
Justicia, Administración Local y Función Pública
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
07/05/2018

Descripción

El Patronato podrá delegar sus facultades en uno o más de sus miembros. Igualmente, el Patronato podrá otorgar y revocar poderes generales y especiales, salvo que los Estatutos dispongan lo contrario. En ambos casos, se deben respetar las limitaciones establecidas en el artículo 20 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tanto las delegaciones permanentes como los apoderamientos, que no sean para pleitos, así como sus revocaciones, deberán ser inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

  1. Salvo prohibición expresa de los Estatutos, el Patronato podrá delegar sus facultades en uno o más de sus miembros, con funciones y responsabilidades mancomunadas o solidarias, según se determine. No serán delegables, en ningún caso, los siguientes actos:
    1. La aprobación de las cuentas y del plan de actuación
    2. La modificación de los Estatutos
    3. La fusión, extinción o liquidación de la fundación.
    4. Los actos de constitución de otra persona jurídica, los de participación o venta de participaciones en otras personas jurídicas cuyo importe supere el veinte por ciento del activo de la fundación, el aumento o la disminución de la dotación, y también los de fusión, de escisión, de cesión global de todos o de parte de los activos y los pasivos, o los de disolución de sociedades u otras personas jurídicas.
    5. Todos aquellos otros actos que requieran la autorización del Protectorado.

2. Igualmente, el Patronato podrá otorgar y revocar poderes generales y especiales, salvo que los Estatutos dispongan lo contrario.

3. Tanto las delegaciones permanentes como los apoderamientos, que no sean para pleitos, así como sus revocaciones, deberán ser inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

4.Si la delegación de facultades se va a realizar a un órgano colegiado dependiente del Patronato, deberá preverse en los Estatutos la existencia de dicho órgano, su composición y funciones.

5.El otorgamiento de poderes generales o especiales acordado por el Patronato a favor de los órganos a los que se refiere el artículo 14 (otros órganos de la fundación) o de terceras personas, se realizará, en todo caso, respetando las funciones atribuidas al Patronato como órgano de gobierno y representación de la fundación. Dicho extremo deberá constar expresamente en el documento en que se formalice el apoderamiento. En todo caso se tendrán por no puestas aquellas facultades o cláusulas del poder contrarias a las funciones legalmente atribuidas al Patronato.

6. La inscripción del acuerdo del Patronato relativo a la delegación de facultades o al nombramiento de apoderados generales, así como su revocación, en uno o varios patronos, no se practicará en tanto no conste la aceptación expresa de las mismas.

 

Documentación

El apoderamiento y la delegación de facultades deberá elevarse a escritura pública y presentarse, junto con la solicitud, al menos copia simple ante el Registro de Fundaciones de Andalucía.

La copia autorizada en papel se requiere en el caso de que necesiten se devuelva la misma diligenciada con el sello del Registro de Fundaciones, pues al efecto de tramitar el expediente es suficiente con una copia simple, la cual se conservará en el Registro de Fundaciones en el expediente de la fundación.

Cuando la delegación de facultades o apoderamientos se realicen en otros órganos colegiados, para proceder a la inscripción se aportará acta certificada de la constitución de tales órganos.

Plazo de Inicio

  • dos meses desde la fecha de adopción el acuerdo por el órgano de gobierno de la fundación

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. desde la entrada en el órgano competente
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

PROTECTORADO Y REGISTRO DE FUNDACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

(https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166070.html)

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, cuya dirección es Plaza de la Gavidia, nº 10, 41071 - Sevilla, y cuyo correo electrónico es dg.justiciajuvenil.cjalfp@juntadeandalucia.es.

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección, Plaza Nueva, 4, 41071 Sevilla, o en el correo electrónico dpd.cjalfp@juntadeandalucia.es .

 

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para:

  • Ejercicio de las funciones del Protectorado de Fundaciones de Andalucía, con el fin de velar por el correcto ejercicio del derecho de fundación y por la legalidad de la constitución y funcionamiento de las fundaciones

  • La llevanza y gestión del Registro de Fundaciones de Andalucía, y tiene por objeto la inscripción de las Fundaciones, así como la inscripción, constancia y depósito de los actos, negocios jurídicos y documentos relativos a las mismas.

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

conferidos al responsable del tratamiento (Artículo 6.1.e del RGPD), recogida en:

  • Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía

  • Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero

  • Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre

 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

A otras Administraciones, Organismos Públicos y terceros que lo soliciten, en los términos establecidos por las leyes. En este sentido, el Registro de Fundaciones de Andalucía es público para todos quienes tengan interés en conocer su contenido, de acuerdo y con las limitaciones establecidas en el artículo 4 de su Reglamento de organización y funcionamiento.

No se prevé transferir datos personales a terceros países ni a organizaciones internacionales.

 

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Es de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Los datos aportados se conservarán de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la Administración, y se conservarán con fines de investigación histórica o fines estadísticos de acuerdo con la normativa vigente.

 

 

¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Los datos que se tratan son los propios que proporciona la persona, y son los siguientes:

  • Características personales: DNI, nombre, apellidos, dirección, teléfono.

  • Datos académicos y de formación.

  • Información Comercial: Datos económicos y profesionales.

  • Económicos, financieros y de seguros: datos bancarios, para actos relacionados con la dotación y patrimonio fundacional.

     

No se prevé el tratamiento de categorías especiales de datos.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 22/06/2018 Se ha modificado en este trámite: Modo de solicitud

  • Última actualización: 17/01/2024
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