Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 19/08/1982

1. Disposiciones generales

Presidencia

Decreto 38/1982, de 4 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Economía, Industria y Energía.

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Determinada la composición y distribución de Consejerías, por el Decreto

34/1982, de 27 de julio, y en tanto se cumplen las previsiones establecidas en el artículo 36 del Estatuto de Autonomía, resulta necesario definir la estructura de los Organos Directivos de la Consejería de Economía, Industria y Energía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de agosto de 1982,

DISPONGO:

Artículo primero.- Uno. La Consejería de Economía, Industria y Energía, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos directivos:

- Vicoconsejero.

- Secretaría General Técnica.

- Dirección General de Planificación e Inversiones Públicas.

- Dirección General de Política Financiera.

- Dirección General de Industria, Energía y Promoción Industrial.

Dos. El Instituto de Promoción Industrial de Andalucía, creado por Decreto

14/1981, de 30 de marzo, se adscribe a la Consejería de Economía, Industria y Energía, como Organismo Autónomo.

Artículo Segundo.- El Consejero estará directamente asistido por una Secretaría Particular, al frente de la cual podrá designarse un titular, con categoría de Jefe de Servicio.

Artículo tercero.- Uno. La Consejería de Economía, Industria y Energía asume las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Industria y Energía por Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, anteriormente asignadas a la Consejería de Industria y Energía.

Disposición Derogatoria.- Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en el presente Decreto.

No obstante, los órganos creados por el Decreto 28/1982, de 2 de abril, quedan integrados en la Dirección General de Industria, Energía y Promoción Industrial, con las competencias asignadas en el Decreto 46/1981, de 3 de agosto.

Disposición Final.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de agosto de 1982.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JULIO RODRIGUEZ LOPEZ

Consejero de Economía, Industria y Energía

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