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El Decreto 14/1982, de 22 de febrero, creó la Comisión de Urbanismo de Andalucía como órgano superior de carácter consultivo en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio en Andalucía.
Constituido el Gobierno de la Comunidad Autónoma se hace preciso adecuar en el tiempo y a las nuevas estructuras de las Consejerías cuanto se contiene en el Decreto referenciado. Transitoriamente, y a fin de evitar demoras en la resolución de expedientes, que se generarían de no arbitrarse medidas que cubran la no constitución y falta de funcionamiento del órgano aludido, se hace preciso dejar en suspenso determinados artículos de la vigente normativa hasta tanto se lleve a efecto la constitución de la totalidad de los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía.
En su virtud, y a propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial e Infraestructura, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de septiembre de 1982.
DISPONGO
Art. 1º Queda suspendida la vigencia del artículo 3 del Decreto 14/82, de
22 de febrero, del apartado segundo del artículo 7 del Decreto 19/81, de 20 de abril, y los preceptos concordantes con ambos en lo que se refiere a la emisión de informes de la Comisión de Urbanismo de Andalucía.
Art. 2º El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de septiembre de 1982.
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Política Territorial
e Infraestructura
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