Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 24/05/1983

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Transportes

Orden de 27 de por la que se desarrolla el Decreto 129/1982 de 13 de Octubre sobre la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes.

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El Decreto 129/82 de 13 de Octubre, por el que se establece la Estructura de la Consejería a niveles orgánicos superiores, faculta en su art. 13 a esta Consejería a dictar las normas que procedan para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

En su virtud, previo informe de las Consejerías de Presidencia y Hacienda.

D I S P O N G O

Artículo 1º- La Secretaria General Técnica queda estructurada en la siguiente forma:

1.- SERVICIO DE ADMINISTRACION INTERIOR Y ASUNTOS GENERALES

1.1. Sección de Administración Económica

1.1.1. Negociado de Presupuestos y Créditos

1.1.2. Negociado de Contabilidad

1.1.3. Negociado de Habilitación y Pagaduría

1.1. Sección de Régimen Interior

1.2.1. Negociado de Registro General y Archivo

1.2.2. Negociado de Suministros

1.3. Sección de Personal y Asuntos Generales

1.3.1. Negociado de Personal y Asuntos Diversos

1.3.2. Negociado de Actas y Reuniones

2.- SERVICIO DE LEGISLACION, RECURSOS Y ESTUDIOS

2.1. Sección de Legislación y Recursos

2.1 1. Negociado de Informes y Tramitación de Disposiciones

2.1.2. Negociado de Tramitación de Recursos

2.2. Sección de Estudios e Informes

2.2.1. Negociado de Estadísticas y Publicaciones

2.2 2. Negociado de Documentación e Informes

2.2.3. Negociado de Informática.

Artículo 2º.- La Dirección General de Ordenación y Promoción del Turismo se estructura en las siguientes unidades:

1.- SERVICIO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES TURISTICAS

1.1. Sección de Hostelería

1.1.1. Negociado de Hostelería

1.1.2. Negociado de Restauración

1.2. Sección de Agencias de Viajes y Actividades Diversas

1.2.1. Negociado de Agencias de Viajes

1 2 2. Negociado de Actividades Diversas

1.3. Sección de Inspección y Expedientes

1.3.1. Negociado de Inspección

1.3.2. Negociado de Expedientes

2.- SERVICIO DE PROMOCION DEL TURISMO

2.1. Sección de Comercialización

2.1.1. Negociado de Información y Ediciones Turísticas

2.1.2. Negociado de Ferias, Congresos y Exposiciones

2 1.3. Negociado de otras Actividades Turísticas

2.2. Sección de Promoción del Turismo

2.2.1. Negociado del Consejo Andaluz de Turismo

2.2 2. Negociado de Entes de promoción Turística

2.3. Sección de Control y Supervisión

2.3.1. Negociado de Gestión

3.- SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA TURISTICA

3.1. Sección de Ordenación y Planificación Turística

3.1.1. Negociado de Ordenación de la Oferta

3.1.2. Negociado de Territorios, Centros y Zonas

3.1.3. Negociado de Patrimonio Turístico

3.2. Sección Técnica

3.2.1. Negociado de Proyectos

3.2.2. Negociado de Financiación

Artículo 3º- La Dirección General de Comercio queda estructurada en la siguiente forma:

1.- SERVICIO DE FOMENTO DEL COMERCIO

1.1. Sección de Promoción del Comercio

1.1.1. Negociado de Estructuras Comerciales

1.1.2. Negociado de Productos Andaluces

1.2. Sección de Desarrollo del Comercio

1 2.1. Negociado de Equipamientos Comerciales de Carácter Social

1.2.2. Negociado de Comercio Cooperativo y Asociados

1.2.3. Negociado de Comercio Individual

1.2.4. Negociado de Comercio Sectorial

1.3. Sección de Formación Comercial

1.3.1. Negociado de Cursos y Estudios

1.3.2. Negociado de Nuevos Métodos de Comercialización

2.- SERVICIO DE COMERCIO INTERIOR

2.1. Sección de Cámaras de Comercio, Ferias e Instituciones

2 1 1. Negociado de Cámaras de Comercio

2.1.2. Negociado de Ferias y Mercados

2.1.3. Negociado de Instituciones Comerciales

2.2. Sección de Planificación y Coordinación

2.2.1. Negociado de Coordinación Territorial

2.2.2. Negociado de Estadística

2.3. Sección de Ordenación del Comercio

2.3.1. Negociado de Control Comercial

2.3.2. Negociado de Precios

Artículo 4º.- La Dirección General de Transportes se estructura en las siguientes unidades:

1.- SERVICIO DE TRANSPORTES TERRESTRES

1.1. Sección de Viajeros

1.1 1. Negociado de Concesiones y modificaciones de Servicios Regulares

1.1.2. Negociado de Servicios Discrecionales y Autotaxis

1.1.3. Negociado de transportes Especializados

1.2. Sección de Mercancías

1.2.1. Negociado de Relaciones con Transportistas y Centros de Información y Distribución de Cargas.

1.2 2. Negociado de Autorizaciones de Servicios Públicos

1.2.3. Negociado de Autorizaciones de Servicios Privados y otros

1.3. Sección de Asuntos Generales del Transporte

1.3.1. Negociado de Tasas y Fianzas

1.3.2. Negociado de Expedientes

1.3.3. Negociado de Control y Evaluación Económica

2.- SERVICIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE

2.1. Sección de Estudios y Proyectos

2.1.1. Negociado de Promoción y Supervisión de Estudios Técnicos

2.1.2. Negociado del Consejo de Transportes de Andalucía

2.1.3. Negociado de Promoción e Información de los transportes Colectivos

2.1.4. Negociado de Inspección y Sanciones

2.2. Sección de Infraestructura y Elementos del transporte

2.2.1. Negociado del ferrocarril Metropolitano

2.2.2. Negociado de Terminales de Transporte

2.2.3. Negociado de Material Móvil y Básculas

2.3. Sección de Transporte Urbano y Otros Modos

2.3.1. Negociado de Coordinación y Delimitación del Transporte Urbano

2.3.2. Negociado de Transporte Férreo, Aéreo y Marítimo

2.3.3. Negociado de Transporte por Cable

Artículo 5º.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.J.A.

Sevilla, 27 de Abril de 1983

JUAN MANUEL CASTILLO MANZANO

Consejero de Turismo Comercio y Transporte

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