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La persistencia de las condiciones climatológicas de los últimos anos, determinantes de la actual situación de sequía y consiguientes dificultades en algunas zonas para el abastecimiento da las poblaciones y otros usos, motivaron la Ley 6/1983 de 29 de Junio sobre "medidas excepcionales para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos escasos a consecuencia de la prolongada sequía", y cuyo artículo 3 crea una Comisión presidida por el Gobernador Civil de la provincia en que radique la sede de la Confederación Hidrográfica, y de la que forman parte, entre otros, un representante de cada una de las Comunidades Autónomas, integrantes del ámbito territorial de la Confederación.
En cumplimiento de la expresada Ley, y a propuesta del Consejero de Política Territorial e Infraestructura, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su sesión de 20 de Julio de 1983
DISPONGO
Artículo único. Los representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las Comisiones creadas por Ley 6/1983 de 29 de Junio en el ámbito de las Confederaciones Hidrográficas radicadas en territorio andaluz, son los que a continuación se expresan:
- Confederaci6n Hidrográfica del Guadiana: D. Cesáreo Saiz Jiménez.
- Confederaci6n Hidrográfica del Guadalquivir: D. Luis Errazquin Caracuel
- Confederaci6n Hidrográfica del Sur: D. Germán García Rosales.
- Confederaci6n Hidrográfica del Segura: D. Manuel Falces ces López.
Sevilla, 20 de Julio de 1983
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Política Territorial
e Infraestructura
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