Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 06/12/1983

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

DECRETO 243/1983, de 23 de noviembre, por el que se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca las competencias transferidas por la Administración Central en materia de denominaciones de origen y viticultura y enología.

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El Real Decreto 2766/1983, de 5 de octubre, transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias y funciones así como servicios, instituciones, bienes, derechos y obligaciones y medios personales y presupuestarios en materia de denominaciones de origen y viticultura y enología, con efectividad a partir del 1 de julio de 1983.

El Decreto 144/1982, de 3 de noviembre de estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, en su artículo séptimo, atribuye a la Dirección General de Política Agroalimentaria y Agricultura Asociativa las funciones transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Denominaciones de Origen por el Real Decreto 698/1979 de 13 de febrero y en Viticultura y Enología por el Real Decreto 2917/1979, de 7 de diciembre. Esta referencia debe entenderse hecha al Real Decreto 2766/1983, de 5 de octubre, que los deroga y sustituye en las materias citadas.

En el mismo sentido, el artículo 42 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, dispone que corresponden a los Directores Generales, en el ámbito de la Administración Autonómica, las funciones que la legislación vigente atribuye a los cargos de igual denominación en la Administración del Estado.

En consecuencia y en virtud de las competencias que otorga el apartado 4º del artículo 16 de la Ley 6/1983, de 4 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de noviembre de 1983,

DISPONGO:

Artículo único. Se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca las competencias transferidas a la Junta de Andalucía, en materia de Denominaciones de Origen y Viticultura y Enología, por Real Decreto

2766/1983, de 5 de octubre.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectividad a partir del 1 de julio de 1983.

Sevilla, 23 de noviembre de 1983

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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