Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 28/11/1984

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Planif., Ind. y Energ.

ORDEN de 22 de noviembre de 1984, por la que se desarrolla el Decreto 292/1984, de 6 de noviembre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía.

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Establecida por Decreto 292/84, de 6 de noviembre, la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía a nivel de Jefatura de Servicio se hace necesario, para su eficaz funcionamiento de las mismas, su desarrollo a niveles de Jefaturas de Sección y Negociado.

En consecuencia, en uso de las facultades que tengo conferidas en virtud de la Disposición Final Segunda del referido Decreto 292/1984 de 6 de noviembre, previo informe de la Consejería de Hacienda y aprobación de la Presidencia,

D I S P O N G O

Artículo 1º. Viceconsejería. La Viceconsejería de Economía, Planificación, Industria y Energía, se estructura en las siguientes unidades:

1. Intervención Delegada.

1.1. Sección Fiscal.

1.1.1. Negociado.

1.2. Sección de Contabilidad.

1.2.1. Negociado.

2. Inspección General de Servicios

2.1. Sección de Inspección de Administración y Personal. 2.1.1. Negociado.

2.2. Sección de Inspección Técnica.

2.2.1. Negociado.

3. Servicio de Seguimiento de Relaciones con la Comunidad Económica Europea.

3.1. Sección de Análisis.

3.1.1. Negociado 1º.

3.1.2. Negociado 2º.

3.2. Sección de Documentación.

3.2.1. Negociado 1º.

3.2.2. Negociado 2º.

Artículo 2º. Secretaría General Técnica. La Secretaría General Técnica queda estructurada en las siguientes unidades

1. Secretario General Técnico adjunto.

2. Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria.

2.1. Sección de Gestión Económica y Habilitación. 2.1.1. Negociado de Gestión Económica de Servicios Centrales. 2.1.2. Negociado de Gestión Económica de Servicios Periféricos 2.1.3. Negociado de Nóminas.

2.1.4. Negociado de Cuentas y Gastos a

2.2. Sección de Presupuestos y Contabilidad. 2.2.1. Negociado de Presupuestos.

2.2.2. Negociado de Contabilidad.

3.1. Servicio de Personal y Administración General.

3.1. Sección de Personal.

3.1.1. Negociado 1º de Personal.

3.1.2. Negociado 2º de Personal.

3.1.3. Negociado de Seguros Sociales.

3.2. Sección de Administración General.

3.2.1. Negociado de Contratación.

3.2.2. Negociado de Regímen Interior.

3.2.3. Negociado de Registro.

3.2.4. Negociado de Documentación y Archivo

3.3. Sección de Informática.

3.3.1. Negociado 1º.

3.3.2. Negociado 2º.

4. Servicio de Legislación y Recursos.

4.1. Sección de Legislación.

4.1.1. Negociado de Informes.

4.1.2. Negociado de Disposiciones.

4.2. Sección de Recursos.

4.2.1. Negociado 1º

4.2.2. Negociado 2º

Artículo 3º. Oficina de Planificación. La Oficina de Planificación queda estructurada en las siguientes unidades

1. Servicio de Planificación y Estudios.

1.1. Sección de Planificación.

1.1.1. Negociado 1º

1.1.2. Negociado 2º

1.2. Sección de Estudios.

1.2.1. Negociado 1º.

1.2.2. Negociado 2º.

1.3. Sección de Publicaciones.

1.3.1. Negociado 1º.

1.3.2. Negociado 2º.

2. Servicio de Programación y Financiación de Inversiones Públicas.

2.1. Sección de Programación de Inversiones Autónomas.

2.1.1. Negociado 1º.

2.1.2. Negociado 2º

2.2. Sección de Programación de Inversiones Coordinadas. 2.2.1. Negociado 1º.

2.2.2. Negociado 2º.

3. Servicio de Seguimiento y Evaluación de Inversiones Públicas.

3.1. Sección de Seguimiento de Inversiones Autónomas.

3.1.1. Negociado 1º.

3.1.2. Negociado 2º.

3.2. Sección de Seguimiento de Inversiones Coordinadas. 3.2.1. Negociado 1º.

3.2.2. Negociado 2º.

4. Servicio de Estadística.

4.1. Sección de Coordinación Estadística.

4.1.1. Negociado 1º.

4.1.2. Negociado 2º.

4.2. Sección de Estadística Económica.

4.2.1. Negociado 1º.

4.2.2. Negociado 2º.

Artículo 4º. Dirección General de Política Financiera. La Dirección General de Política Financiera queda estructurada en las siguientes unidades:

1. Servicio de Entidades Financieras.

1.1. Sección de Cajas de Ahorros.

1.1.1. Negociado de Seguimiento de Operaciones.

1.1.2. Negociado de Registro y Autorizaciones.

1.2. Sección de Cajas Rurales y Otras Entidades Financieras. 1.2.1. Negociado de Cajas Rurales.

1.2.2. Negociado de Otras Entidades Financieras

2. Servicio de Financiación y Análisis Financiero.

2.1. Sección de Financiación.

2.1.1. Negociado de Financiación Interior y Exterior:

2.1.2. Negociado de Mercado de Valores y Agentes Mediadores.

2.2. Sección de Análisis Financiero.

2.2.1. Negociado de Análisis Financiero.

2.2.2. Negociado de Seguimiento y Control Financiero.

3. Servicio de Inspección de Entidades Financieras.

3. 1. Sección de Inspección de Cajas de Ahorros.

3.1.1. Negociado de Análisis Contable de Cajas de Ahorros.

3.2. Sección de Inspección de Cajas Rurales y de Otras Entidades Financieras.

3.2.1. Negociado de Análisis Contable de Cajas Rurales.

Artículo 5º. Dirección General de Cooperación Financiera con los Entes Locales. La Dirección General de Cooperación Financiera con los Entes Locales queda estructurada en las siguientes unidades

1. Servicio de Coordinación y Planificación de Inversiones.

1.1. Sección de Estudios y Análisis Económicos de Corporaciones Locales.

1.1.1. Negociado de Análisis Económico de Cooperaciones Locales. 1.1.2. Negociado Promoción de nuevos Servicios Financieros.

1.2. Sección de Coordinación y Planificación.

1.2.1. Negociado de Planes Económicos Plurisectoriales. 1.2.2. Negociado de Relaciones Institucionales.

1.3. Sección de Asesoramiento Económico y Financiero a Entes Locales 1.3.1. Negociado de Asesoramiento Económico.

1.3.2. Negociado de Apoyos Institucionales.

2. Servicio de Cooperación con los Entes Locales.

2.1. Sección de Cooperación y Tutela Económico Financiera. 2.1.1. Negociado de Cooperación Financiera con Entes Locales. 2.1.2. Negociado de Tutela Financiera.

2.2. Sección de Promoción Económico Financiera.

2.2.1. Negociado de Promoción Recaudatoria.

2.2.2. Negociado de Promoción de Actividades Financieras.

2.3. Sección de Precios.

2.3.1. Negociado de Tramitación de Expedientes.

2.3.2. Negociado de Secretaría de la Comisión de Precios.

Artículo 6º. Dirección General de Industria, Energía y Minas. La Dirección General de Industria, Energía y Minas queda estructurada en las siguientes unidades:

1. Servicio de Industria.

1.1. Sección de Estadística, Registro y Reglamento Industrial. 1.1.1. Negociado de Estadística y Registro Industrial.

1.1.2. Negociado de Reglamentación Industrial.

1.2. Sección de Tecnología y Medio Ambiente Industrial. 1.2.1. Negociado de Tecnología Industrial.

1.2.2. Negociado de Medio Ambiente Industrial.

2. Servicio de Energía.

2.1. Sección de Promoción y Planificación Energética.

2.1.1. Negociado de Promoción Energética.

2.1.2. Negociado de Planificación Energética.

2.2. Sección de Instalaciones Eléctricas.

2.2.1. Negociado de Producción, Transportes y Distribución de Energía Eléctrica.

2.2.2. Negociado de Seguridad de Instalaciones Eléctricas.

2.3. Sección de Combustible Líquidos y Gaseosos.

2.3.1. Negociado de Combustibles Líquidos.

2.3.2. Negociado de Combustible Gaseosos.

3. Servicio de Minas.

3.1. Sección de Planificación Minera.

3.1.1. Negociado de Hidrología.

3.1.2. Negociado de Estudios y Reglamentos Mineros.

3.2. Sección de Explotación e Investigación Minera.

3.2.1. Negociado de Aprovechamiento de Industrias Mineras. 3.2.2. Negociado de Seguridad Minera.

4. Servicio de Reindustrialización y Promoción Industrial.

4.1. Sección de Promoción Industrial y Artesanía.

4.1.1. Negociado de Estudios para la Promoción Industrial. 4.1.2. Negociado de Artesanía.

4.2. Sección de Reindustrialización.

4.2.1. Negociado de Información y Asesoramiento.

4.2.2. Negociado de Innovación y Desarrollo Científico-Técnico.

DISPOSICION FINAL

Queda derogada la Orden de 25 de marzo de 1983, sobre desarrollo de estructura orgánica de esta Consejería, y cualquier otra norma de igual rango que se oponga a lo establecido en la presente Orden.

Sevilla, 22 de noviembre de 1984

JULIO RODRIGUEZ LOPEZ

Consejero de Economía, Planificación,

Industria y Energía

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