Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 07/12/1984

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Planif., Ind. y Energ.

ACUERDO de 27 de noviembre de 1984, del Consejo de Gobierno por el que se autoriza al Consejero de Economía Planificación, Industria y Energía para la firma de convenios de construccíón o adaptación de talleres-escuelas artesanas municipales con los Ayuntanientos de la Comunidad Autónoma.

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Ante el evidente declive del sector artesano, fundamentalmente debido o la competencia de actividades industriales, que han ido sustituyendo paulatinamente a las productos netamente artesanales, resulta conveniente arbitrar, mediante actuaciones concretas, aquellas medidas que permitan asegurar y mantener la pervivencia de los oficios y núcleos artesanales que por su tradición o calidad singulares revistan un especial interés y resolver mediante una política de formación a largo plazo el mayor problema del artesanado, la falta de aprendices.

Por ello, atendiendo las disposiciones del Plan de Fomento de la Artesanía (R.D. 549/76, de 28 de febrero), la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía, estima necesario paner en marcha un Plan de Construcción o Adaptación de Talleres-Escuelas Artesanas Municipales en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, orientado principalmente a aquellos sectores y oficios artesanos que por su interés productivo y raigambre tradicional puedan suponer un factor de potenciación de la economía andaluza y contribuyan a recuperar y transmitir una destreza y unos conocimientos que están amenazados de desaparición.

En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de noviembre, ha adaptado el siguiente

A C U E R D O

Primero. Autorizar al Consejero de Economía, Planificación, Industria y Energía para suscribir con los Ayuntamientos que proceda, de la Comunidad Autónoma, Convenios de actuación conjunta, conforme al modelo que acompaña como Anexo al presente Acuerdo, tendentes a la ejecución de obras de construcción o adaptación de Talleres-Escuelas Artesanos Municipales, que serán financiados con cargo a los créditos correspondientes del Fondo de Compensación Interterritorial para 1984, dentra del denominado Plan de Fomento a la Artesanía.

Segundo. El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 1984

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JULIO RODRIGUEZ LOPEZ

Consejero de Economía, Planificación,

Industria y Energía

ANEXO

CONVENIO DE ACTUACION CONJUNTA ENTRE LA CONSEJERIA DE ECONOMIA, PLANIFICACION, INDUSTRIA Y ENERGIA Y EL AYUNTAMIENTO DE .......................................

En Sevilla, a ..de .....de

Reunidos:

De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Planificación, Industria y Energía de la Junta de Andalucía, Don Julío Rodríguez López, autorizado para suscribir este Convenio, según Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día ..........................

Y de otra, el Excma. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de . . ......................................................... debidamente autorizada por el Plena del mismo en sesión de ........ ...................................

En uso de las atribucianes que tienen conferidas ambas partes.

Exponen

1º. Que la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía tiene como uno de sus objetivos prioritarias el lograr una mayor participación del sector artesano andaluz en la estructura económica de la región.

2º. Que el Ayuntamiento de ..............................., coincidiendo con el objetivo anterior desea promocionar la artesanía y contribuir o recuperar los oficios artesanos al tiempo que impulsar las actividades artesanas tradicianales de la zona.

3º. Que dentro de sus respectivas competencias ambos coinciden en que existe la posibilidad de llevar a cabo un prayecto conjunto tendente a alcanzar el objetivo propuesto.

4º. Que dicho proyecto consiste en la creación de un Taller Municipal de Artesanía .......................................... por un importe de .......................................... que será financiado con recursos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial de acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Artesanía.

5º. Que el Proyecto correspondiente ha sido redactado, supervisado y aprobado por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de acuerdo con lo establecido en la vigente legislación de Contratos de las Corporaciones Locales.

Por todo ello, ambas partes, reconociéndose capacidad y campetencia suficiente para intervenir en este acto, proceden a formalizar el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes

CLAUSULAS

Primera. El proyecto objeto de este Convenio consistirá en la instalación de un Taller de Artesanía típica de la zona, que se ubicará en el término municipal de ......................................., siendo su importe total de ....................................

Segunda. Para la realización de este proyecto conjunto, el Ayuntamiento de .................................................

se compromete, según acuerdo del Pleno del mismo de fecha ..a (Casa de adaptación) La aportación de un local de su propiedad situado en la Plaza o Calle ................................... de dicha localidad, dotado de los servicios de agua, alcantarillado e instalación eléctrica.

(Casa de construcción) La aportación de terreno suficiente de su propiedad para realizar en él la construcción del edificio e instalaciones necesorias, en su caso, según proyecto.

Tercera. El Ayuntamiento manifiesta que el citado ............. (local o terreno) está libre de cargas y situada en zona industrial por lo que la construcción o adaptación del mencionado Taller se realizará de acuerdo con lo previsto en lo ordenación urbanística del municipio.

Cuarta. La Junta de Andalucía, aportará la cantidad de ........ valor total del proyecto de creación del Taller Municipal de Artesanía .

Quinta. El Ayuntamiento se compromete a ejecutar el referido proyecto antes de .......................................... bien por el sistema de Administración directa, bien por adjudicación a una empresa constructura legalmente capacitada, debiendo optar en este caso por una de las tres primeras formas de adjudicación previstas en el artículo 115 del Texto Articulado parcial de la Ley 41/1975 aprobado por Real Decreto 3046/1977, de 6 de octubre, y los disposiciones sobre el particular contenidos en el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales y de modo supletorio en la Ley de Contratos del Estado, con objeto de que queden garantizadas la publicidad y libre concurrencia de ofertas.

Sexta. La financiación de ejecución del proyecto por parte de la Junta de Andalucía se ajustará en su importe al presupuesto aprobado.

No obstante, el abono de las cantidades correspondientes se verá afectado en su caso, por la baja que se produzca en la adjudicación de la obra si se contratase con una empresa, o por la deducción del porcentaje correspondiente a beneficio industrial si el Ayuntamiento optase por realizarla por Administración directa.

Los fondos se harán efectivos al Ayuntamiento del modo siguiente:

El 25% de los fondos se pondrá a disposición del Ayuntamiento una vez firmado el presente Convenio y el resto hasta completar el importe total del presupuesta de la obra, en virtud de certificación por el valor de la obra ejucutada, una vez presentada la 1º certificación que acredite la ejecución del 25% anticipado.

Séptima. La Junta nombrará un Técnico que supervisará y controlará la ejecución de la obra en todas sus fases, dando igualmente conformidad a las certificaciones de obras expedidas.

Octava. El Ayuntamiento se compromete o la ejecución de ...... ......................................................... (la obra o adaptación) objeto del presente Convenio en los términos que establece el Plan de Empleo Rural, regulado por el Real Decreto

513/84 de 29 de febrero, obligándose, si se trata de la ejecución de obra por Administración directa, o emplear el 75% del personal no cualificado de trabajadores eventuales agrarios, en situación de desempleo, que se encuentren inscritos en la correspondiente Oficina de Empleo. En defecto de los anteriores, la selección se hará entre trabajadores en paro del medio rural que no reciban ningún tipo de prestaciones. Si se ejecuta en régimen de contratación, al menos el 60% de los trabajadores contratados lo serán de entre los eventuales agrarios en desempleo.

Novena. Una vez ejecutado el proyecto y encontrada conforme por el Técnico de la Junta, se levantará acta de recepción, procediéndose a la liquidación carrespondiente, incorporóndose la obra realizada al patrimania del Ayuntamiento de ..,

que se compromete a sufragar las gastos de mantenimiento que ocasione su utilización así como a su administración, a través de una Comisión Municipal constituida al efecto.

Décima. En lugar bien visible se colocará un cartel en el que se haga constar la colabaración de la Junta de Andalucía en el proyecto.

Undécimo. El destino del Taller a que se refiere la cláusula 1ª del presente Convenio no podrá modificarse salvo acuerdo adoptodo conjunto y expresamente por ambas partes.

Duodécima. El Ayuntamiento de ........................... proporcionará a la Consejería de Economía Planificación Industria y Energía la información que se le solicite en relación con la actividad, índice de producción y demás datos relacianados con la utilización del Taller objeto de este Convenio.

Decimotercera. El Ayuntamiento se compromete a la realización periódica de cursos de formación y perfeccionamiento, así como a prestar su colaboración en materia de divulgación y promoción artesana a la Junta de Andalucía.

Decimocuorta. Leído por las partes y en prueba de conformidad con lo expresado en el presente Convenio lo firman y rubrican en el lu- gar y fecha que lo encabeza.

El Consejero de Economía, Planificación,

Industria y Energía

El Alcalde

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