Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 10/07/1984

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Consumo

DECRETO 181/1984, de 19 de junio, por el que se crea la Comisión Ejecutiva para la Conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América.

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El artículo 7 del Decreto del Presidente 60/1984, de 20 de marzo, sobre reasignación de competencias a determinadas Consejerías de la Junta de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura el ejercicio de las competencias que correspondan a la Junta de Andalucía en relación con la conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América, de 16 de marzo, de la Comisión Andaluza de los actos Conmemorativos del V Centenario del Descubrimiento de América, que preveía el desarrollo normativo del propio Decreto.

Dada la conveniencia de que exista un órgano encargado de la planificación y ejecución de las actividades específicas de dicho tipo o celebrar en Andalucía en virtud de las disposiciones antes citados, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de junio de 1984,

DISPONGO:

Artículo 1. Por el presente Decreto se crea la Comisión Ejecutiva para la Conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América como órgano de planificación y ejecución de las actividades de carácter específico que para celebrarla se realicen en Andalucía.

Artículo 2. La Comisión Ejecutiva estará integrada por los siguientes miembros:

a) El Viceconsejero de la Consejería de Cultura, representante de la Junta de Andalucía en la Comisión Andaluza para la Conmemaración del V Centenario del Descubrimiento de América, que asumirá su Presidencia.

b) El Viceconsejero de la Consejería de Política Territarial de la Junta de Andalucía, que asumirá su Vicepresidencia.

c) Un representante de las personalidades Andaluzas relevantes del mundo de la cultura nombradas por la Presidencia de la Junta de Andalucía para formar parte del Pleno de la Comisión Andaluza de las Actos Conmemorativos del V Centenario del Descubrimiento de América, elegido por las mismas.

d) Las personas expertos, en número de cuatro, propuestas por la Permanente de la Comisión Andaluza, formen parte, o no, de la citada Comisión.

e) Actuará como Secretario con voz y sin voto, el funcionario de la Consejería que designe el titular de la misma.

Artículo 3. La Comisión Ejecutiva realizará la selección y ejecución de aquellas propuestas que, con criterio técnico y operativo, considere conveniente llevar a cabo para la más eficaz y mejor celebración del V Centenario del Descubrimiento de América.

Artículo 4. La Comisión Ejecutiva desarrollará sus funciones coma órgano complementario del Pleno y la Permanente de la Comisión Andaluza a la que dará traslado periódico, para el oportuno conocimiento y asunción, de sus estudios, decisiones y actucciones.

Artículo 5. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de junio de 1984

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

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