Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 12/11/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 10 de julio de 1985, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva, sobre la aprobación inicial del Plan Especial de protección del Medio Físico y Catálogo de espacios y bienes protegidos de la provincia.

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La Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva, en sesión celebrada el día 10 de julio de 1985, adoptó, entre otros, por unanimidad de los asistentes, el siguiente acuerdo:

Dar cuenta del expediente que se tramita por la Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva en base a la delegación del Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía para la aprobación del Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Huelva, cuya redacción ha sido llevada a cabo por la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial de la Junta de Andalucía, habiendo sido elaborado el proyecto por el equipo de Estudios, Proyectos y Planificación SA, y una vez efectuada la exposición previa del Avance de los trabajos y habiéndose tenido en cuenta las sugerencias presentadas, a partir de la cual se han determinado los criterios definitivos y soluciones generales que se pretenden presidan este expediente, se formula la siguiente resolución:

1. Aprobar, con carácter inicial el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Huelva.

2. Someter el expediente a información pública por plazo de dos meses, mediante la publicación de anuncios en los Boletines oficiales de la Junta de Andalucía (BOJA) y de la provincia (BOP), y tablón de anuncios de la Delegación de la Consejería y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a efectos de que puedan formularse alegaciones al mismo, y tras esta fase abrir otro período de igual duración para dar audiencia a las Corporaciones locales a cuyo territorio afecta, entendiéndose oportuna, asimismo, la remisión del presente Plan y Catálogo a los Organismos que resultaren afectados, para su informe.

3. Determinar expresamente como áreas del territorio objeto del Planeamiento que quedan afectadas por la suspensión en el otorgamiento de licencias, de todos los actos relacionados en el artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística a excepción de los contemplados en los números 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12, y 14, las correspondientes a los suelos clasificados como no urbanizables por los planeamientos Urbanísticos municipales vigentes, o clasificados como tales por aplicación de los criterios enunciados en el art. 81 de la Ley del Suelo, al estar afectadas por nuevas determinaciones de planeamiento que puedan suponer modificación de régimen urbanístico existente, con excepción de los clasificados como tales en los Planes Generales de Almonte, Huelva y Palos de la Frontera, Aljaraque y Villanueva de los Castillejos, dado que en los mismos se contienen determinaciones de protección general en la línea de las propuestas en el presente Plan, quedando limitada la suspensión en estos puestos a aquellas áreas incluidas en el Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos. Esta suspensión, que deberá ser publicada, tendrá en general una duración de dos años contados a partir de la publicación del presente acuerdo, con independencia de los supuestos particulares que concurran en cada municipio, en función de la tramitación de su propio Planeamiento municipal. No obstante, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento, criterio que será también de aplicación para los acuerdos a adoptar por la Comisión Provincial de Urbanismo en relación con los expedientes sometidos al trámite de los artículos 85, 86 y 43.3 de la Ley del Suelo y 44 y 45 del Reglamento de Gestión Urbanística.

4. Facultar al Sr. Delegado de la Consejería de Política Territorial de la Junta de Andalucía, Vicepresidente de la Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva, para dictar las disposiciones necesarias en orden a la ejecución de estos acuerdos; en este sentido se procederá a efectuar la anotación preventiva en el Registro de Bienes Catalogables de esta Comisión Provincial de urbanismo (aprobado en sesión de

24.10.1984), y de aquellos bienes catalogados que son objeto de protección en este Plan.

Huelva, 3 de octubre de 1985.- El Delegado Provincial, Diego Romero Dominguez.

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