Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 16/11/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Consumo

RESOLUCION de 4 de noviembre de 1985, del Secretario General Técnico, por la que se crea el Registro de Contratistas de la RASSSA.

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El auge que viene alcanzando la contratación administrativa dentro de la RASSSA, como consecuencia de su peculiar configuración, al existir numerosos órganos de contratación independientes, determina la proliferación de convocatorias públicas de licitación, tanto por los Servicios Centrales de esta Red Asistencial, como por Direcciones Provinciales e Instituciones Sanitarias integrantes de la misma.

Dada la habitualidad de los mismos licitadores a estas convocatorias públicas, se viene ocasionando a éstos un notable perjuicio al obligarles a presentar, para cada convocatoria a la que concurran, la misma documentación de carácter personal, por lo que precisan disponer de varios ejemplares de cada documento, lo que a veces no es fácil de conseguir.

Con el fin de proporcionales las mayores facilidades y evitarles cuantos gastos y molestias sea posible, y al objeto de reducir, al mismo tiempo la duración de las sesiones que se hayan de celebrar para la apertura de sobres de documentación personal, tras haberse emitido informe favorable por el Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia, se hace aconsejable la creación del Registro de Contratistas de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía. Por todo ello, y en uso de las facultades que se me confieren por el Decreto 25/1985, de 5 de febrero,

RESUELVO:

Primero. Crear el Registro de Contratistas de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, en el que podrán inscribirse los licitadores que vayan a concurrir a adjudicaciones de contratos administrativos de esta Red Asistencial.

Segundo. Para la inscripción en el citado Registro será requisito imprescindible la presentación en forma de la documentación que figura en los Anexos que acompañan a la presente Resolución.

Tercero. Los posibles contratistas podrán optar por la inscripción en el Registro o bien, concurrir a la licitación presentando la documentación exigida por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares correspondientes.

Cuarto. En aquellas modalidades de contratación administrativa para las que se exija estar en posesión de clasificación suficiente y adecuada, se hará constar expresamente en la hoja de Registro correspondiente al contratista inscrito, la fecha de caducidad de la clasificación.

Quinto. El Registro creado por la presente Resolución será independiente del Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Industria y Energía y del de Empresas Consultoras o de Servicios del Ministerio de Hacienda, previsto en el Real Decreto 609/1982, de 12 de febrero, no sustituyéndolos en ningún caso.

Sexto. El ámbito de la presente Resolución quedará limitado a aquellos contratos administrativos que vayan a celebrar los órganos e instituciones integradas en la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 1985.- El Secretario General Técnico, Norberto Sanfrutos Velázquez.

ANEXO I

Documentación que debe acompañarse a la solicitud por los contratistas de obras para ser incluidos en el Registro de Documentación Personal de Contratista de la RASSSA.

1. Clasificación suficiente y no caducada, expedida por el Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Industria y Energía, que habilita para contratar obras del Grupo ............, Subgrupo ........., Categoría .......... de la Orden de 28 de marzo de 1968 (BOE n. 78 de

30 de marzo; corrección de errores en BOE n.93, de 17 de abril).

2. Documento acreditativo de la personalidad del contratista que será, el Documento Nacional de Identidad, si se trata de empresario individual, o si se trata de persono jurídica, escritura de constitución o modificación de la misma, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se vaya a concurrir ante los Organos de Contratación de la RASSSA, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de una sociedad. En todo caso bastanteado por el Gabinete de Jurídico de la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía.

4. Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s que vayan a actuar en las distintas fases de contratación en que participen.

5. Documento de calificación empresarial, cuya implantación ha sido aprobada, para el sector de la construcción, por Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 3 de agosto de 1979.

6. Escrito de compromiso del representante legal del contratista, con poder suficiente bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, o el empresario individual en su caso, en el sentido de que comunicarán al Servicio de Gestión de Obras e Instalaciones de la RASSSA tan pronto como se produzca cualquier modificación en los extremos antes referidos, acompañando al mencionado escrito el Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s firmante/s.

Nota: De todos los documentos anteriores deberá presentarse originales o copias legalizadas notarialmente.

ANEXO II

Documentación que debe acompañarse a la solicitud por los empresarios de suministros para ser incluidos en el registro de documentación personal de contratista de la RASSSA.

1. Documento acreditativo de la personalidad del contratista que será, el Documento Nacional de Identidad, si se trata de persono física, o si la empresa fuera persona jurídica, escritura de constitución o modificación de la misma, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

2. Cuando el suministrador no vaya a actuar en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se vaya a concurrir ante los Organos de Contratación de la RASSSA debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de una sociedad. En todo caso bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

3. Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s que vayan a actuar en las distintas fases de contratación en que participen.

4. Escrito de compromiso del representante legal del contratista, con poder suficiente bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, o el empresario individual en su caso, en el sentido de que comunicarán al Servicio de Gestión de Obras e Instalaciones de la RASSSA tan pronto como se produzca cualquier modificación en los extremos antes referidos, acompañando al mencionado escrito el Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s firmante/s.

Nota: De todos los documentos anteriores deberán presentarse originales o copias legalizadas notarialmente.

ANEXO III

Documentación que debe de acompañarse a la solicitud por los contratistas de asistencia técnica para ser incluidos en el registro de documentación personal de contratista de la RASSSA.

1. Certificado que acredite poseer la clasificación adecuada al objeto de las contrataciones a las que pretenda aspirar, en la forma prevista en el RD 609/1982, de 12 de febrero.

2. Documento acreditativo de la personalidad del contratista que será, el Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona física, o si la empresa fuera persona jurídica, escritura de constitución o modificación de la misma, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se vaya a concurrir ante los Organos de Contratación de la RASSSA, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de una sociedad. En todo caso bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

4. Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s que vayan a actuar en las distintas fases de la contratación en que participen.

5. Escrito de compromiso del Representante legal del contratista con poder suficiente bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, o el empresario individual, en su caso, en el sentido de que comunicarán al Servicio de Gestión de Obras e Instalaciones de la RASSSA tan pronto como se produzca cualquier modificación en los extremos antes referidos, acompañando al mencionado escrito el Documento Nacional de Identidad de la/s persona/s firmante/s.

Nota: De todos los documentos anteriores deberán presentarse originales o copias legalizadas notarialmente.

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