Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 13/03/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 21 de febrero de 1985, sobre modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella referente a la ampliación del Plan Parcial "Playas Españolas".

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Examinado el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella para la modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella referente a la ampliación del Plan Parcial "Playas Españolas", aprobado provisionalmente el día 16 de marzo de 1984, elevado a esta Consejería a los efectos de los arts. 35, 40 y 49 de la Ley del Suelo.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de

9 de abril, los reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de urbanismo por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía. Vistos los informes de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Málaga, de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo de esta Consejería y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con lo establecido en el art. 35 de la Ley del Suelo y a propuesta del Director General de Urbanismo,

HE RESUELTO:

Primero. Suspender la aprobación definitiva de la Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana referente a la ampliación del Plan Parcial "Playas Españolas".

Y ello, por cuanto la citada Modificación se basa en las determinaciones urbanísticas adoptadas en el documento de Revisión del Plan General de Ordenación urbana, aprobado inicialmente en agosto de 1983 y actualmente sometido a nueva consideración por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella no siendo posible, en consecuencia, garantizar la adecuación de las determinaciones que ahora se adoptan al nuevo planeamiento. El Excmo. Ayuntamiento de Marbella garantizará la adecuación de las determinaciones de la Modificación de Elementos con las que apruebe próximamente en el proceso de formulación de la Revisión del Plan General, elevando entonces nuevamente el expediente a resolución definitiva, de acuerdo con lo previsto en el art. 132.3 del Reglamento de Planeamiento.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en el de la Junta de Andalucía a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Excmo. Ayuntamiento de Marbella y a los interesados. Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa cabe Recurso de Reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el Contencioso-Administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 21 de febrero de 1985

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

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